Juicio contra once mujeres acusadas de practicar o someterse a abortos

El próximo día 26 de octubre once mujeres van a ser juzgadas en la sala dos de la Audiencia Provincial de Vizcaya, acusadas de haber practicado abortos dos de ellas y de haberse sometido a los mismos las restantes. El juicio, según explicaron ayer en conferencia de prensa algunos de los abogados de las procesadas -Antonio Pericas, Mercedes Agúndez y Ernesto Martínez de la Hidalga- va a rebasar los límites meramente judiciales para convertirse en una reivindicación en favor de la despenalización del aborto, tipificado en la actual legislación con penas de seis meses hasta seis años de prisión m...

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El próximo día 26 de octubre once mujeres van a ser juzgadas en la sala dos de la Audiencia Provincial de Vizcaya, acusadas de haber practicado abortos dos de ellas y de haberse sometido a los mismos las restantes. El juicio, según explicaron ayer en conferencia de prensa algunos de los abogados de las procesadas -Antonio Pericas, Mercedes Agúndez y Ernesto Martínez de la Hidalga- va a rebasar los límites meramente judiciales para convertirse en una reivindicación en favor de la despenalización del aborto, tipificado en la actual legislación con penas de seis meses hasta seis años de prisión menor.

Los abogados encargados del caso van a pedir la absolución total de sus defendidas en base a tres supuestos que harán constar ante el juez: el primero de ellos consiste en solicitar la desaparición del aborto como delito tipificado en el Código Penal por considerar que el Estado debe garantizar la planificación familiar poniendo al alcance de cualquier persona todos los medios científicos y técnicos con los que se cuenta hoy en día, entre ellos la interrupción voluntaria del embarazo.La segunda tesis de la defensa interesa directamente a la situación personal de las afectadas: «El ineludible estado de necesidad en que se encontraban y la agresión de una ley opresiva.» Estas palabras se traducen en una situación económica casi desesperada, en la escasa salud de algunas de las mujeres y en problemas personales muy delicados, en otros casos. La mayoría estaban casadas y tenían varios hijos cuando decidieron abortar. Sólo dos permanecían solteras: una de ellas en «adulterio obligado», ante la inexistencia de una ley del divorcio, ya que convivía con un hombre casado, y la otra, una menor de edad, con el novio en la mili, que en principio se asustó y quiso abortar, pero a última hora se casó y tuvo el niño. Sin embargo, a esta mujer le piden la misma pena por la intención que si hubiera cometido el delito.

A algunas de ellas les negaron repetidas veces los anticonceptivos y, ya en circunstancias extremas, visitaron a «esa mujer del barrio que me han dicho que me va a solucionar el problema». Tres mil pesetas más o menos, un par de horas y otra vez a hacer frente a la vida cotidiana: sobrevivir con el salario de sus maridos -obreros todos de la zona Industrial de Basauri-, cuidar a los niños y continuar pagando como sea las letras del piso y los muebles.

Un buen día, en 1976, tres o cuatro años después de que hubiesen abortado, la policía se presentó en sus casas y fueron conducidas a comisaría. Nadie sabe muy bien, ni siquiera los abogados, cómo consiguieron dar con estas mujeres. Al parecer, alguien denunció a la que practicaba los abortos, ésta dio el nombre de algunas personas a las que había atendido y de esta manera nueve de ellas fueron encarceladas durante tres días. El fiscal pide sesenta años de cárcel para la mujer a la que se le imputa haber realizado las interrupciones del embarazo, y para su hija, una menor de edad que, según testimonio de los abogados, no hacía otra cosa que sostener la palangana y ofrecer leche con aspirinas a las mujeres, solicita 55 años de prisión, aunque uno de ellos es por haber abortado ella misma. También comparecerá ante el juez el día 26 un hombre que indujo a una de las mujeres a que abortase y le facilitó el dinero,

El último alegato de la defensa estará basado en lo que los abogados califican como «desigualdad de hecho ante la ley», pues consideran que el origen social de clase determina el proceso posterior, ya que este mismo hecho, el aborto, lo han practicado en el extranjero numerosas personas mejor dotadas económicamente, sin que hayan tenido que comparecer ante los tribunales.

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