Aumentan las exenciones del impuesto de lujo

La adquisición de automóviles usados cuya potencia fiscal no rebase los nueve caballos quedará exenta del impuesto de lujo, según una orden del Ministerio de Hacienda, publicada ayer en el Boletín Oficial del Estado, por la que se da una nueva redacción a determinados artículos del texto refundido del Impuesto sobre el Lujo. La transmisión de automóviles usados de potencia físcalsuperiora la indicada quedará exenta de dicho impuesto en las primeras 190.000 pesetas de su base imponible, siempre que hayan transcurrido más de dos años desde su matriculación en España.Por otra parte, quedan...

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La adquisición de automóviles usados cuya potencia fiscal no rebase los nueve caballos quedará exenta del impuesto de lujo, según una orden del Ministerio de Hacienda, publicada ayer en el Boletín Oficial del Estado, por la que se da una nueva redacción a determinados artículos del texto refundido del Impuesto sobre el Lujo. La transmisión de automóviles usados de potencia físcalsuperiora la indicada quedará exenta de dicho impuesto en las primeras 190.000 pesetas de su base imponible, siempre que hayan transcurrido más de dos años desde su matriculación en España.Por otra parte, quedan incorporados a la exención del impuesto numerosos artículos y utensilios para la práctica de determinados deportes, incluidas las prendas de vestir confeccionadas específicamente para la práctica de tales deportes.

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