Medidas para racionalizar los consumos energéticos

Dos reales decretos, publicados ayer en el Boletín Oficial del Estado, son el marco donde se recogen las medidas energéticas adoptadas por el Consejo de Ministros del pasado viernes y con las que el Gobierno espera racionalizar el consumo de energía.

El primero de ellos, fija los precios diferenciales para los excesos de consumo de ciertos productos petrolíferos y se establecen medidas de control de rendimientos energéticos en industrias.- Los suministros de fuel-oil y gasóleo tipo C, para calefacciones en edificios y usos domésticos, que excedan del 90 por 100 de la media del año anter...

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Dos reales decretos, publicados ayer en el Boletín Oficial del Estado, son el marco donde se recogen las medidas energéticas adoptadas por el Consejo de Ministros del pasado viernes y con las que el Gobierno espera racionalizar el consumo de energía.

El primero de ellos, fija los precios diferenciales para los excesos de consumo de ciertos productos petrolíferos y se establecen medidas de control de rendimientos energéticos en industrias.- Los suministros de fuel-oil y gasóleo tipo C, para calefacciones en edificios y usos domésticos, que excedan del 90 por 100 de la media del año anterior, sufrirán un recargo del 50 por 100 sobre el precio vigente para cada tipo de combustible. La medida no será de aplicación para centros hospitalarios y asistenciales.

- Los suministros de fuel-oil y gasóleo tipo C, para usos industriales, que excedan del 95 por 100 de la media del año anterior, sufrirán un recargo del 50 por 100 para cada una de las calidades.

- Se limita exclusivamente el uso del gasóleo tipo B para motores de combustión interna, prohibiéndose su utilización como combustible de calderas, a excepción de los usos agrarios.

- Las instalaciones industriales existentes, cuyo proceso productivo requiera un consumo energético equivalente o superior a 10.000 toneladas al año de fuel-oil, presentarán en el plazo de cuatro meses un estudio sobre el consumo y propuestas de mejoras para el ahorro energético.

Energía eléctrica

El segundo real decreto del Ministerio de Industria tiene como objetivo moderar el consumo de energía, limitando el uso de la misma y fomentando el de energía alternativa. Su aplicación comenzará el 1 de noviembre próximo y finalizará el 31 de diciembre de 1977.- En las tarifas A-2 y B-1, a partir de los consumos que excedan del segundo bloque, se aplicará un recargo de 0,50 pesetas por kilovatio-hora.

- En la tarifa C-1, tanto para usos domésticos, cómo de carácter industrial se aplicará un recargo de 0,30 pesetas por kilovatio-hora, a partir de los consumos que excedan del primer bloque.

- En las tarifas C-2, D-1, D-2, D-3, E-1 y E-2, a partir de los consumos superiores al 95 por 100 de la media del año pasado, se aplicará un recargo del 50 por 100.

- Quedarán exentos de estas medidas los incluidos en las tarifas A-0, A- 1 y A-3, que representan algo más de la mitad de los usuarios domésticos, así como los abonados de las tarifas B-2, alumbrado público, y E-3, distribuidores de energía. Por último, también quedan exceptuados los suministros destinados a usos agrarios acogidos a las tarifas C-1,C-2,13-1,D-2 y D-3.

- Las empresas eléctricas de la Península y Baleares, pondrán a disposición de la Oficina de Compensación de la Energía Eléctrica (Ofico) las cantidades que facturen y recauden, cuyo importe, se destinará exclusivamente al pago de las compensaciones para sobrecosto de los combustibles utilizados para la producción de energía eléctrica.

El Ministerio de Industria, a través del INI, promoverá el aprovechamiento de la energía solar y geotérmica.

Las instalaciones industriales existentes, cuyo proceso productivo requiera un consumo energético equivalente o superior a 40 millones de kilovatios-hora al año, deberán presentar en un plazo de cuatro meses un estudio sobre los sistemas de utilización de la energía y propuesta de mejoras para reducir consumos.

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