El conflicto judicial por las 30 piernas varadas desde hace un año en el aeropuerto de Santiago de Chile
El material cadavérico, comprado en Estados Unidos para utilizarse en un centro educativo de profesionales de la salud, no puede ingresar porque la normativa solo se refiere a las donaciones en esta materia
En septiembre de 2024 aterrizó en el aeropuerto de Santiago de Chile un avión de carga con 30 piernas humanas provenientes de Estados Unidos. Un año después, continúan en las bodegas del terminal aéreo. El Centro de Entrenamiento Médico Quirúrgico SpA (CEMQ), dedicado a la formación y perfeccionamiento de profesionales del ámbito de la salud, compró e importó el material cadavérico para utilizarlos en sus cursos. La subsecretaría de Salud Pública frenó su ingreso al país sudamericano debido a que los restos humanos utilizados para fines de docencia e investigación, según la normativa vigente, sólo pueden ser donados.
El CEMQ interpuso un recurso de amparo económico contra la subsecretaría, argumentando, entre otras cuestiones, que la decisión administrativa afecta su derecho a desarrollar una actividad lícita. La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso y el caso, dado a conocer el fin de semana por El Mercurio, escaló hasta la Corte Suprema, donde está pendiente el fallo.
Cuando el agente aduanero Manuel Fernández estaba realizando los trámites para el ingreso de los cargamentos con material biológico cayó en cuenta que la Secretaría Regional Ministerial (Seremi) de Salud había bloqueado el proceso. El Centro de Entrenamiento Médico Quirúrgico pidió explicaciones porque, según relatan a EL PAÍS, comenzaron a operar en mayo de 2024 y en ese período realizaron “un embarque que ingresó sin problemas”. Detallan que las piezas se traen de Estados Unidos “bajo estrictos protocolos sanitarios y regulatorios”. Cada una viene catalogada, “con autorizaciones de los familiares del donante e, incluso, una vez utilizadas para un fin específico (científico o académico) son devueltas”.
Sobre los motivos del bloqueo en la Aduana, la subsecretaría de Salud Pública les respondió a través de una carta, citando un artículo del Código Sanitario, que las personas pueden dejar por escrito su voluntad de donar su cadáver o parte de él para que sean utilizados en el ámbito educativo y de investigación: “No se advierte en la normativa vigente la posibilidad de importar muestras de cadáveres para fines educacionales”, rezaba el escrito.
“Nuestra regulación promueve un sistema basado en la donación altruista, realizada en el territorio nacional”, señalan a EL PAÍS desde la subsecretaría de Salud Pública, “asegurando un equilibrio entre el respeto a las personas y el beneficio para la docencia y la investigación. En este caso puntual, la gestión no se ajusta a este marco”. Respecto de que anteriormente sí hayan podido ingresar material cadavérico desde el extranjero, han apuntado que el procedimiento “no estaba siendo aplicado adecuadamente”.
Tras el bloqueo a los cargamentos de las 30 piernas comenzó el conflicto judicial. El CEMQ interpuso en octubre de 2024 un recurso de amparo económico alegando que se pretende establecer “una restricción (prohibición, a fin de cuentas) allí donde no existe un precepto legal restrictivo” y que, con el bloqueo en la aduana no se está respetando el derecho a “desarrollar cualquiera actividad económica” bajo las normas legales que la regulen. Dos meses después, en diciembre, la Corte de Apelaciones rechazó de forma unánime el recurso argumentando que la legislación “no regula, en absoluto, la posibilidad de internar al país cadáveres o restos humanos para ser aplicados a fines de docencia o investigación científica”, que la adquisición sólo puede ser efectuada a título gratuito, “de tal manera que no permite ninguna clase de gestión comercial en el procedimiento”, y que el acto administrativo que emitió la subsecretaría no impide el derecho a desarrollar cualquier actividad económica lícita.
En Chile existe una escasez de material cadavérico en las facultades de medicina para la formación de los futuros profesionales y de quienes cursan talleres para perfeccionar las técnicas. Hay 37 escuelas de medicina y hace 15 años eran 26. Un estudio de la Universidad Austral realizado en 2019 analizó la realidad de los laboratorios de 12 universidades chilenas, donde todos los establecimientos dijeron disponer de material cadavérico para la enseñanza, pero sólo tres poseían un stock que les permitía realizar íntegramente los pasos prácticos. Los demás complementaban el curso con modelos anatómicos y, en menor medida, con algún tipo de software de anatomía.
Consultadas sobre dónde obtenían el material cadavérico, sólo tres universidades indicaron que a través de protocolos de donación de cadáveres y las otras nueve con algún tipo de protocolo que no funcionaba bien “debido a escasos donantes u organización deficiente”, por ende la procedencia en muchos casos es desconocida, debido a su antigüedad. Frente a esta problemática, cuatro establecimientos reconocieron la adquisición de material cadavérico en el extranjero.
La tasa de donación de órganos en Chile es de 10,2 por millón de habitantes, en un país con una población de unos 19 millones. El cadáver puede utilizarse para fines educativos si la persona lo dejó así estipulado, o si nadie reclama el cuerpo en un centro asistencial dentro de las 24 horas desde su muerte o en el Servicio Médico Legal durante los tres días posteriores al deceso.
El CEMQ emitió este lunes un comunicado en que aseguraba que Chile, a diferencia de otros países, no cuenta con un Programa nacional de nonación de cuerpos para la educación e Investigación, por lo que “la importación se ha transformado en un mecanismo esencial” para asegurar estándares de calidad en la formación profesional, y le solicitó a las autoridades que revisaran la normativa vigente para establecer un “marco regulatorio moderno”. Desde la subsecretaría de Salud Pública sostienen a EL PAÍS que están abiertos a “evaluar” modificaciones, en la medida que respondan a un “diagnóstico fundado” y a “necesidades reales” del ámbito académico y científico, además de realizarse bajo el marco legal.