Opinión

Culpable mientras no se pruebe lo contrario

¿Cómo puede un juez ver, sin tener pruebas, que el acusado era consciente de la comisión de un delito de rebelión?

Concentración ante las puertas del Departamento de Economía, el pasado 20 de septiembre. Albert Garcia

El Tribunal Supremo dice en su auto del 5 de enero que no ve en Oriol Junqueras (más de 60 días en prisión provisional) suficientes indicios de que no abandonará la vía unilateral de independencia y de que respetará la Constitución. Trato de imaginarme, sin ser un especialista en la materia (por eso me lo imagino) qué indicios pueden necesitar los magistrados que redactaron el auto para decidir la libertad o la prolongación de la encarcelamiento de Junqueras.

Veamos un ejemplo: Supongamos que yo no tengo indicios de que mi vecino, que una vez hizo uso de un incivismo acústico que casi q...

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El Tribunal Supremo dice en su auto del 5 de enero que no ve en Oriol Junqueras (más de 60 días en prisión provisional) suficientes indicios de que no abandonará la vía unilateral de independencia y de que respetará la Constitución. Trato de imaginarme, sin ser un especialista en la materia (por eso me lo imagino) qué indicios pueden necesitar los magistrados que redactaron el auto para decidir la libertad o la prolongación de la encarcelamiento de Junqueras.

Veamos un ejemplo: Supongamos que yo no tengo indicios de que mi vecino, que una vez hizo uso de un incivismo acústico que casi quiebra mis nervios, no vuelva a repetir su mal comportamiento. Como no tengo indicios suficientes (luego habría que analizar cuáles serían esos indicios tan decisivos) de que no vuelva a ocurrir, lo denuncio. Pues ahí estoy creando un trastorno innecesario, en mi vida y sobre todo en la vida del pobre vecino, que a lo mejor, cuando dijo que no volvería hacerlo, decía la verdad.

Volvamos al auto: se reconoce que a los políticos presos, en mi opinión por motivos políticos, no se les puede acusar de haber sido ellos mismos autores de actos violentos, pero sí se los acusa de ser conscientes de que al incitar a esas manifestaciones estaban asumiendo que se produjeran (o mejor dicho, que se pudieran producir) esos enfrentamientos violentos. ¿Cómo puede un juez ver, sin tener pruebas, que el acusado era consciente de la comisión de un delito (de sedición y rebelión)? Se da la circunstancia de que yo andaba por allí, el 20 de septiembre. A mí no me convocó nadie. Andaba por allí porque es por donde suelo andar por las mañanas, cuando bajo desde mi querido Guinardó hasta las Ramblas camino del mar. Cuando esta situación comenzó a judicializarse, recordé que el día de autos me fui a tomar un cortado mientras esperaba a ver cómo finalizaba la razia financiera decretada unilateralmente por el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro. Estuve allí hasta la hora de la comida. Comí en un restaurante cercano y regresé a la paulatina concentración de gente frente al Departamento de Economía de la Generalitat.

Lo que me llamó poderosamente la atención fue que en el restaurante, a unos escasos ciento cincuenta metros a la redonda, nadie hacia caso de lo que estaba ocurriendo casi ante sus narices. Los comentarios tenían que ver, hasta donde pude escuchar, con los gastos del colegio y de una herencia repentina que comenzaba a agrietar hasta una entonces feliz relación fraternal. A los comensales que no escuchaba, los observaba mover las manos, consultar sus móviles, charlar como si no tuvieran la obligación de regresar a sus puestos de trabajo. La concentración que progresaba en cantidad de asistentes a muy pocos metros suyos, me pareció que no les quitaba el sueño. No vi en esos rostros ninguna inquietud, que no fuera la cotidiana de estar al tanto de su transcurrir en la tierra. Y sin embargo, insólitamente, esos magistrados lo visualizaron todo en contra de los políticos catalanes. Pensé que si esos señores tan respetables, hubieran estado por los aledaños de lo acontecido aquel 20 de septiembre, hubieran visto in situ lo mismo que vi yo: una masa de gente llamada a concentrarse y protestar, pero nada que nos hiciera recordar las escenas del Acorazado Potemkin. Y a escasos metros, la gente corriente entregada a sus quehaceres y preocupaciones cotidianos, lejos, muy lejos de percibir la toma del Palacio de Invierno. Y por cierto, tendrán que poner mucho cuidado los dirigentes sindicales, a partir de ahora, cuando convoquen una manifestación, no sea que se les meta en la cárcel por sedición.

En el auto del magistrado Pablo Llarena del 5 de diciembre de 2017 se dejaba abierta una próxima excarcelación de Oriol Junqueras, Joaquim Forn y de Jordi Sánchez y Jordi Cuixart, una vez hubieran dejado claro el abandono total de su pertinaz vocación unilaterista. Llamaba la atención también en este escrito, las dudas albergadas por el magistrado. Tendría, el que esto escribe, que estar en la cabeza de este hombre para entender de qué dudas se habla, suponiendo que una duda en materia judicial pueda instrumentarse como prueba contra un acusado. Recordé: “Le daré un consejo, no se meta usted en política”. ¿Les suena?

Esto que relato, ocurrió. Pero no debió ocurrir, si el más incompetente presidente de la Generalitat que nunca tuvo esta honorable institución, no se hubiera amilanado ante los aislados insultos de botifler

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J. Ernesto Ayala-Dip es crítico literario.

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