El TSJ mantiene la suspensión cautelar de las oposiciones de enfermería

El tribunal desestima el recurso de la Generalitat que pedía continuar con el segundo ejercicio

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha desestimado el recurso interpuesto por la Generalitat contra la decisión de suspender cautelarmente la segunda prueba de las oposiciones de enfermería OPE 2007. La decisión, adoptada a través de un auto de 4 de febrero, no es firme y en su contra cabe la interposición de un recurso de casación ante el Tribunal Supremo en el plazo de diez días, según la resolución facilitada por el TSJCV.

El conflicto parte de la demanda planteada por una opositante que no estaba de acuerdo con la decisión del tribunal calificador de ...

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El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha desestimado el recurso interpuesto por la Generalitat contra la decisión de suspender cautelarmente la segunda prueba de las oposiciones de enfermería OPE 2007. La decisión, adoptada a través de un auto de 4 de febrero, no es firme y en su contra cabe la interposición de un recurso de casación ante el Tribunal Supremo en el plazo de diez días, según la resolución facilitada por el TSJCV.

El conflicto parte de la demanda planteada por una opositante que no estaba de acuerdo con la decisión del tribunal calificador de reducir el número de respuestas necesarias para aprobar de 28 a 25. Esta modificación se debió a que el número de aprobados con 28 preguntas correctas era menor al número de plazas disponibles, 372 aprobados para 500 plazas. La demandante se sintió agraviada porque la reducción de las exigencias supuso que aprobara un número mayor de personas. En su demanda, solicitaba que se suspendiera la prueba a la espera de que se resolviera el conflicto y el TSJ estimó su petición. Ahora los juzgados mantienen la medida y desestiman la reclamación de la Consejería de Sanidad para que las pruebas continuasen.

El Tribunal reitera su argumento de que "el posible perjuicio que pudiera derivar de dejarse sin efecto la suspensión y, en su día, estimarse el recurso puede ser, como se dijo en el Auto recurrido [por la Generalitat], de muy difícil reparación". De esta manera, el TSJ explica que la suspensión "asegura la preservación efectiva del juicio de legalidad" y "el interés público del proceso selectivo" evitando así "un perjuicio irreparable o de difícil reparación". Contra esta resolución cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo en el plazo de 10 días.

El pasado día 3 de febrero cientos de enfermeros de la Comunidad Valenciana aprobados tras el cambio de criterio, se unieron a la causa como codemandados para conocer el expediente y apoyar a la Generalitat en su pretensión de continuar con las pruebas selectivas.

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