El Sergas tendrá que pagar 91.000 euros por una asistencia deficitaria

Un juzgado condena al servicio a indemnizar a la familia de un paciente que falleció tras acudir en tres ocasiones a urgencias

Un juzgado de Santiago ha condenado al Sergas a indemnizar con 91.000 euros a la familia de un paciente que falleció de un infarto tras acudir hasta en tres ocasiones a urgencias del Hospital Clínico. Contra esta sentencia, no obstante, cabe la posibilidad de interponer recurso.

Según ha informado el Defensor del Paciente, que se ha encargado de la tramitación de la denuncia, la sentencia recoge que el hombre, un vecino de Silleda de 66 años, recibió una "asistencia sanitaria deficitaria", en la que "no se utilizaron todos los recursos diagnósticos posibles". Tal y como recoge el escrit...

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Un juzgado de Santiago ha condenado al Sergas a indemnizar con 91.000 euros a la familia de un paciente que falleció de un infarto tras acudir hasta en tres ocasiones a urgencias del Hospital Clínico. Contra esta sentencia, no obstante, cabe la posibilidad de interponer recurso.

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Según ha informado el Defensor del Paciente, que se ha encargado de la tramitación de la denuncia, la sentencia recoge que el hombre, un vecino de Silleda de 66 años, recibió una "asistencia sanitaria deficitaria", en la que "no se utilizaron todos los recursos diagnósticos posibles". Tal y como recoge el escrito de la asociación, el paciente presentaba "signos de afección cardiaca", aunque el diagnóstico se orientó "hacia una posible patología de origen digestivo", por lo que fue dado de alta "sin tratamiento específico alguno".

De hecho, el paciente sólo fue valorado por un cardiólogo en la primera visita al servicio de urgencias, y, según el Defensor del paciente, presentaba "clínica característica de insuficiencia cardiaca", y "la radiología de tórax evidenciaba la existencia de cardiomegalia". Dos días después del último ingreso en el servicio de urgencias del CHUS y tras ser dado de alta, el paciente falleció víctima de un infarto agudo de miocardio. El magistrado señala en la sentencia que, a la vista del informe de la propia Inspección Médica, se aprecia que "no se aplicaron todos los medios diagnósticos posibles y disponibles", que "hubiesen podido conducir a un diagnóstico correcto" y a la "prescripción del tratamiento adecuado a la dolencia del paciente", lo cual "pudiera haber evitado el resultado finalmente producido".

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