La justicia europea rechaza eximir a Amazon de las obligaciones de las grandes plataformas digitales
El reglamento de la UE obliga a estas empresas a retirar contenidos ilegales, almacenar anuncios y dar acceso a los datos a investigadores
Amazon es un gran agente en el mundo de los servicios digitales de la UE y, por tanto, no se puede zafar de las obligaciones que tienen estas empresas. El Tribunal General de la UE ha rechazado este miércoles el recurso del gigante tecnológico estadounidense, concretamente Amazon Store, contra la decisión de Bruselas de designarle en 2023 “plataforma digital de gran tamaño” (VLPO, por sus siglas en inglés) por vulnerar la libertad de empresa, el derecho de propiedad y la libertad de expresión. Los jueces de Luxemburgo, en un sentencia que puede recurrirse, ha rechazado el argumento de la empresa dirigida por Jeff Bezos.
El Tribunal General acepta, como dice Amazon, que las obligaciones que acarrean la designación como plataforma de gran tamaño según el reglamento de Servicios Digitales (DSA, por sus siglas en inglés) “constituyen ciertamente una injerencia en dicha libertad, puesto que pueden generar costes importantes, afectar a la organización de las actividades y requerir soluciones técnicas complejas”. Pero los jueces concluyen que esas obligaciones “están justificadas conforme a la Carta de los Derechos Fundamentales”.
No es la primera vez que Amazon se lleva un revés en los tribunales europeos por un recurso contra decisiones que emanan del DSA. Hace más de un año el mismo tribunal que este miércoles ha rechazado su recurso, dio otro portazo a una petición del gigante estadounidense en la que le reclamaba que se le eximiera de la obligación de almacenar los anuncios publicitarios. Más suerte tuvieron Facebook, Instagram y TikTok, que recurrieron la metodología por la que se les impone una tasa de supervisión a pagar por estas grandes empresas y el TGUE les dio la razón.
El reglamento de servicios digitales establece un criterio claro para que la Comisión Europea designe a las empresas digitales más grandes “plataformas de gran tamaño”: superar el umbral de 45 millones de usuarios en la Unión Europea o el 10 % de la población de la Unión. Así que cuando empezó a aplicarse el reglamento, en agosto de 2023, Bruselas otorgó esta etiqueta a una veintena de plataformas muy conocidas como Facebook, Instagram, TikTok, Amazon, Zalando... La lista creció posteriormente e, incluso, se sumaron páginas porno como PornHub.
Ser designado VLPO implica que la empresa tiene unas obligaciones adicionales porque sus contenidos “pueden presentar riesgos sistémicos para la sociedad, en particular difundiendo contenidos ilícitos o vulnerando los derechos fundamentales, incluida la protección de los consumidores”. Esas obligaciones implican tener almacenados los anuncios publicitarios o permitir el acceso a los investigadores a datos. Además, se les obliga a señalar y retirar contenidos ilegales de manera rápida, y mecanismos de lucha contra la desinformación, aplicando si es necesario medidas de mitigación, o proteger a menores y luchar contra la violencia de género.
Estas obligaciones se imponen por el mayor peligro potencial que implica la difusión de material o contenidos a través de estas plataformas de gran tamaño. Pero, como señalan los jueces, se justifican porque “pretenden prevenir estos riesgos, aunque supongan cargas económicas notables para dichas plataformas”.
Los jueces del Tribunal General también rechazan los otros argumentos que expone Amazon sobre las cargas que implica ser una plataforma de gran tamaño. Sobre el derecho de la propiedad, explican “las obligaciones impuestas por el DSA constituyen principalmente cargas administrativas que no privan a los prestadores de plataformas en línea de muy gran tamaño de la propiedad de sus plataformas”. Y, como en el caso de la libertad de empresa, creen si se “demostrara una injerencia” en la propiedad “estaría justificada por los objetivos de prevención de los riesgos sistémicos que persigue el legislador”.
Acerca de libertad de expresión y de información, el razonamiento judicial es similar: “la injerencia está justificada”. La ley, explican los magistrados, no entra en el corazón de lo que es la libertad de expresión sino que busca un equilibrio entre esta y “el objetivo legítimo de protección de los consumidores”. “El legislador no sobrepasó su amplio margen [...] al ponderar la libertad de expresión comercial de estas plataformas con la protección de los consumidores”.
Otro elemento clave del DSA que defienden los jueces es el criterio empleado para designar a un gigante digital plataforma de gran tamaño: “No es arbitrario ni manifiestamente inadecuado en relación con el objetivo de prevención de riesgos, dado que las plataformas en línea con más de 45 millones de usuarios pueden exponer a un gran número de personas a contenidos ilícitos”.