Dos años y ocho meses de prisión para un policía local de Granada por violencia habitual contra su expareja y su hija
La jueza estima acreditados “actos de descalificación, control y humillación reiterados a lo largo de varios años” contra ambas víctimas
El subinspector de la policía local granadina V. L. G. ejerció durante años, según el informe de los forenses dado por válido por la titular del juzgado de lo penal 5 de Granada, conductas de maltrato de todo tipo contra su pareja, entre las que se incluyen “violencia psicológica directa como insultos, descalificaciones, ridiculizaciones, burlas y comentarios despectivos sobre el aspecto físico e intimidación”. También “estrategias de control con invasión del espacio personal, acoso telemático, amenazas de muerte y sobrecarga de responsabilidades y sabotaje”, además de “intentos de sabotear las relaciones familiares y sociales de la denunciante”.
Eso, según la jueza, afectó a la madre y a una de sus hijas, la que ahora es mayor de edad, y considera que no se ha podido probar efecto alguno sobre la otra, la menor. La pena: dos años y ocho meses de prisión.
La condena, que se divide en dos años por violencia habitual, “de naturaleza exclusivamente psíquica”, ya que la jueza no ve acreditada la física, y ocho meses por menoscabo psíquico, incluye alejamiento a 500 metros de las dos víctimas y tres años de prohibición de tenencia de armas. Esta sentencia es recurrible por las partes, víctima, fiscalía y agresor.
Una fuente cercana a las víctimas ha anunciado que aún están estudiando el fallo, que recibieron hace pocas horas, y que lo recurrirán solo si el recurso no obliga a poner de nuevo a las dos hijas en un juzgado. Aunque ya de origen no se han atendido sus peticiones, que eran de más de 10 años de prisión por varios delitos contra la madre y las dos hijas que no han sido tenidos en cuenta, así como una indemnización de 37.000 euros.
La fiscalía pedía algo más de seis años de cárcel y la defensa, la libre absolución. Para la agredida, la sentencia se queda corta tanto en la consideración de los delitos como en la pena. Este diario se ha puesto en contacto con Fiscalía y el abogado del agresor para conocer, sin éxito, su opinión.
Los hechos juzgados ―que son solo parte porque aún hay numerosas denuncias pendientes de la víctima contra el agresor― comienzan en 2017. Según cuenta la víctima, en ese año decide preparar unas oposiciones y comenzar sus estudios de doctorado. Eso provoca un aumento de las “conductas de control, celos y menosprecio” de él hacia ella, con insultos de todo tipo, humillaciones y reproche de “su apariencia, su trabajo y sus logros profesionales”, además de amenazas verbales del tipo “te voy a arrancar la cabeza”, y un comportamiento violento de golpes y lanzamiento de objetos en la vivienda.
En julio de 2023, tras haberse separado el matrimonio, interpuso la demanda. Hasta hoy, la víctima ha vivido unos años de constante acoso por parte del policía local. La última denuncia la interpuso hace unas semanas, cuando el hombre rompió el alejamiento vigente en un viaje de ella a la provincia de Málaga.
Pero más allá de los hechos que conforman el día a día en los casos de violencia de género independientemente de la profesión del agresor, el policía local aplicó maniobras propias de su trabajo, según la denuncia de la víctima y un informe pericial de más de 700 páginas de la Policía Nacional, al que la jueza no le ha dado la veracidad oportuna a partir de consideraciones técnicas como ruptura de la cadena de custodia y otros matices de esa índole.
Un geolocalizador en el coche
Más allá de que tanto él como otros compañeros accedieron indebidamente al sistema VioGén ―el de seguimiento a las víctimas de violencia machista y sus agresores― que tenían en la jefatura de la Policía Local de Granada, y que es un hecho que se juzga en una pieza aparte, el subinspector instaló presuntamente en el vehículo de la víctima un geolocalizador y entró en su ordenador portátil para copiar sus contactos, correos y documentos de su trabajo, entre otras operaciones de espionaje informático.
La jueza no da credibilidad a esta parte de la agresión informática, que supondría un delito de descubrimiento y revelación de secretos, porque, explica, no ha quedado demostrado más allá de cualquier duda razonable que el agente sea responsable de todo ello. La jueza llega a calificar de “incompleta, desordenada y carente de la precisión técnica” la documentación de la Policía Nacional sobre este asunto.
El ahora condenado deberá indemnizar también a su expareja con 7.200 euros por las lesiones sufridas ―“daño moral directo, grave y prolongado, acreditado mediante informes periciales de la Unidad de Valoración Integral de Violencia de Género, que cuantifican un total de 180 días de curación y secuelas psíquicas, afectando su autoestima, dignidad, tranquilidad y salud mental”― y otros 3.000 por daño moral. A pesar de considerar a la hija también víctima y decretar alejamiento sobre ella, la jueza no impone ninguna indemnización para ella.
El teléfono 016 atiende a las víctimas de violencia machista, a sus familias y a su entorno las 24 horas del día, todos los días del año, en 53 idiomas diferentes. El número no queda registrado en la factura telefónica, pero hay que borrar la llamada del dispositivo. También se puede contactar a través del correo electrónico 016-online@igualdad.gob.es y por WhatsApp en el número 600 000 016. Los menores pueden dirigirse al teléfono de la Fundación ANAR 900 20 20 10. Si es una situación de emergencia, se puede llamar al 112 o a los teléfonos de la Policía Nacional (091) y de la Guardia Civil (062). Y en caso de no poder llamar, se puede recurrir a la aplicación ALERTCOPS, desde la que se envía una señal de alerta a la Policía con geolocalización.