El Tribunal Superior de Castilla y León prohíbe herir al Toro de la Vega y tumba la nueva normativa
La Fiscalía de Medio Ambiente ha rechazado la petición del Gobierno de suspender el festejo taurino que podrá celebrarse sin clavarle arpones
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha prohibido este jueves que el festejo del Toro de la Vega se celebre el próximo martes en Tordesillas (Valladolid) bajo las nuevas normas ―aprobadas por la Junta tras un pleno municipal―, que implicaban clavarle divisas al animal mediante arpones. El tribunal estima que hay que retornar al modelo de 2016, cuando la Junta prohibió su muerte pública: un encierro normal. Minutos antes de esta resolución, la Fiscalía de Medio Ambiente ...
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha prohibido este jueves que el festejo del Toro de la Vega se celebre el próximo martes en Tordesillas (Valladolid) bajo las nuevas normas ―aprobadas por la Junta tras un pleno municipal―, que implicaban clavarle divisas al animal mediante arpones. El tribunal estima que hay que retornar al modelo de 2016, cuando la Junta prohibió su muerte pública: un encierro normal. Minutos antes de esta resolución, la Fiscalía de Medio Ambiente había desestimado la petición del Ministerio de Asuntos Sociales de suspender la tradición por un “maltrato animal” que el fiscal no consideraba y lo remitía a la “jurisdicción contencioso-administrativa”, como la del TSJCyL.
El tribunal ha atendido a una denuncia del partido animalista Pacma y ha aludido al decreto-ley aprobado por el Ejecutivo de Castilla y León en 2016, de mayoría absoluta del PP y con apoyo masivo en las Cortes, que prohibía la muerte y la violencia sobre los animales en esta clase de celebraciones taurinas. La medida fue recurrida por el Ayuntamiento de Tordesillas, donde se celebra el festejo, sin que le dieran la razón primero el propio TSJL y luego el Supremo en 2019. Así, sin convocarse el Toro de la Vega durante dos años por la pandemia, el Ayuntamiento buscó un nuevo reglamento que se aceptó con la colocación con lanzas de divisas en la piel del animal mediante arponcillos o garfios con 50 caballistas. La resolución de este viernes considera que estos preceptos también contravienen el decreto de 2016 y estima que el festejo debe celebrarse como se ha hecho desde entonces, en forma de encierro: “Durante más de cinco años han tenido lugar las fiestas de Tordesillas [la sentencia no tiene en cuenta que en 2020 y 2021 no se disputó el torneo], vigente el Decreto-Ley 2/2016, por lo que no se ocasiona ningún perjuicio irreparable a las mismas porque se celebren este año como han tenido lugar anteriormente con arreglo al mencionado decreto-ley, hasta tanto se resuelva el fondo del asunto”.
La noticia ha causado conmoción en Tordesillas. El presidente del Patronato del Toro de la Vega, Enrique Carnero, asegura que con apenas dos días laborables de margen deberán adaptar la normativa, suprimir lo que tenían organizado bajo las nuevas reglas y que el festejo taurino se ejecute como un encierro. La orden de 2016 establece que no se dé muerte al astado entre los pinares y vegas del río Duero, sino en un matadero. El animal de esta edición se llama Manjar y pesa 560 kilos. El pronunciamiento judicial detalla también que la delegación territorial de la Junta aún no ha concedido autorización para dicha celebración y que el Consistorio local está publicitando un festejo aún no consentido.
El área de Medio Ambiente de la Fiscalía General había desestimado minutos antes la petición del ministerio de Derechos Sociales de paralizar el Toro de la Vega en Tordesillas (Valladolid). El área que comanda la ministra Ione Belarra denunció “maltrato animal” en este torneo porque, pese a que tras el cambio de normativa por orden judicial se suprime la muerte pública del toro, sí incluye que le coloquen unas divisas con unos arpones. El fiscal entiende que “no existen indicios de la comisión de delito alguno”, aunque sí advertía que era una cuestión contenciosa-administrativa que no le correspondía y que sobre ella debían pronunciarse los tribunales, como así ha sido. La argumentación que desarrollaba el ministerio público apuntaba a la competencia autonómica para esta clase de ocasiones y cita peticiones similares entre 2007 y 2015. “La cuestión esencial reside en que existe una base legal autonómica que permite la situación presente, y a la que se ha adaptado el modo de celebrar este tipo de festejos”, sostenía el pronunciamiento poco antes de que el TSJCyL decidiera que esta adaptación no se adecua a la normativa autonómica vigente.