El TSJCV avala el toque de queda en la Comunidad Valenciana y el resto de restricciones hasta el 24 de mayo

La Fiscalía no se ha opuesto a las limitaciones solicitadas por la Generalitat ante el inminente fin del estado de alarma

Clientes sentados en las terrazas de un bar en Valencia tras la flexibilización de las restricciones por el coronavirus.Mònica Torres

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha avalado las restricciones propuestas por la Generalitat Valenciana cuando decaiga el próximo domingo el estado de alarma. El Gobierno valenciano Ejecutivo había solicitado autorización al tribunal para mantener el toque de queda de doce de la noche a seis de la mañana, limitar a 10 el número de personas que pueden reunirse, y un aforo del 75% en los luga...

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El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha avalado las restricciones propuestas por la Generalitat Valenciana cuando decaiga el próximo domingo el estado de alarma. El Gobierno valenciano Ejecutivo había solicitado autorización al tribunal para mantener el toque de queda de doce de la noche a seis de la mañana, limitar a 10 el número de personas que pueden reunirse, y un aforo del 75% en los lugares de culto. La Fiscalía del alto tribunal autonómico ha informado que no se oponía a estas restricciones y la comisión interdepartamental que debe aprobarlas se reunirá mañana sábado.

La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo considera que la ley valenciana de Salud Pública de 1986 proporciona suficiente cobertura normativa para adoptar estas restricciones a los derechos fundamentales, aunque los magistrados acotan la vigencia de estas restricciones entre el 9 y el 24 de mayo, no hasta el 30 de mayo como pedía la Generalitat. Según la sala, “será la evolución de la pandemia y el ritmo de vacunación los que determinen la necesidad o no de prorrogarlos”.

El tribunal matiza, sin embargo, que sería “deseable una producción normativa idónea y ad hoc que solvente los problemas interpretativos con los que no encontramos y evite la consecuente contradicción de criterios a las que asistimos en su día y estamos abocados a repetir en ese momento de finalización del estado de alarma”, una intervención legislativa como la que se produjo al inicio de la pandemia “por varios países de nuestro entorno geográfico y cultural”.

Los magistrados entienden que las medidas para las que la Generalitat pide autorización judicial suponen únicamente “las restricción o limitación de las libertades y derechos fundamentales, no la suspensión de los mismos”, y recuerdan que el Tribunal Constitucional “admite el establecimiento de medidas concretas limitativas del efectivo derecho de derechos fundamentales sin tener que acudir necesariamente al llamado derecho de excepción”.

La Generalitat solicitó el jueves el aval de la justicia para mantener el toque de queda de doce de la noche a seis de la mañana desde el próximo domingo, 9 de mayo para hacer frente a la pandemia del coronavirus, según fuentes del Gobierno valenciano. El presidente valenciano, Ximo Puig, ha defendido conforme se acercaba el fin del estado de alarma una desescalada prudente a pesar de que la Comunidad Valenciana más de tres semanas con la tasa de incidencia por cada 100.000 habitantes por debajo de los 50 casos, lo que la sitúa en un nivel de riesgo bajo. Puig ha celebrado el auto del tribunal y ha afirmado que el Consell tiene la voluntad de ampliar aforos. La vicepresidenta del Consell, Mónica Oltra, ha defendido, también este viernes, que las restricciones vigentes han permitido mantener la incidencia más baja de España durante ocho semanas. Por ello, ha calificado la legislación valenciana como de “vida y libertad”.

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La consejera de Sanidad, Ana Barceló, ha pedido este viernes a la ciudadanía a seguir “alerta” y “cumplir las medidas” para “seguir manteniendo las buenas cifras” respecto al índice de contagios. “Si estamos en esa situación de alerta seguiremos manteniendo buenas cifras, y al mismo tiempo, vamos aumentando el ritmo de vacunación y generando barreras para frenar esa transmisión”.

El fin del estado de alarma desampara a los gobiernos autonómicos para tomar medidas de restricción de derechos fundamentales. Sin embargo, en Baleares, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia ya se ha pronunciado ayer jueves y ha autorizado las medidas de restricción aprobadas por el Gobierno de las islas, entre las que se encuentra el toque de queda, con la prohibición de circular por las calles entre las 23.00 y las 6.00, y la limitación a seis personas de las reuniones en espacios públicos y privados.

Esta es la primera vez que el gobierno autonómico opta por solicitar la autorización de las medidas tras ser aprobadas, pero antes de publicar el decreto que las recoja y, por tanto, previo a su entrada en vigor. Hasta ahora, el Consell había optado por la ratificación por parte de la justicia una vez publicada la norma.

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