EL PAÍS

Sanidad propondrá que la mascarilla no sea obligatoria para estar en la playa pero sí durante los paseos

El Gobierno planteará la revisión de la ley de nueva normalidad que impone cubrirse nariz y boca en todos los casos, incluso estando solo en espacios abiertos

Cientos de personas pasean por Sitges (Barcelona), la semana pasada.
Cientos de personas pasean por Sitges (Barcelona), la semana pasada.CRISTÓBAL CASTRO

El Ministerio de Sanidad propondrá a las comunidades autónomas que la mascarilla no sea obligatoria en la playa durante el baño, la práctica del deporte o en los periodos de descanso en un lugar fijo, siempre que se pueda mantener la distancia de seguridad de 1,5 metros, lo que, sin citarlo específicamente, abarca estar tomando el sol. Sí habría que llevarla durante los paseos, según el borrador del documento que Sanidad va a trasladar esta tarde a las comunidades en la reunión del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS). La semana pasada, la ministra Carolina Darias ofr...

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El Ministerio de Sanidad propondrá a las comunidades autónomas que la mascarilla no sea obligatoria en la playa durante el baño, la práctica del deporte o en los periodos de descanso en un lugar fijo, siempre que se pueda mantener la distancia de seguridad de 1,5 metros, lo que, sin citarlo específicamente, abarca estar tomando el sol. Sí habría que llevarla durante los paseos, según el borrador del documento que Sanidad va a trasladar esta tarde a las comunidades en la reunión del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS). La semana pasada, la ministra Carolina Darias ofreció a los consejeros autonómicos trabajar “de manera técnica” para revisar y actualizar esta parte de la ley, cuya literalidad impone el uso de mascarillas aun estando solo en espacios abiertos, y provocó el rechazo de varios gobiernos regionales.

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En concreto, se pretende acordar la regulación del artículo 6.2 de la ley 2/2021, de 29 de marzo, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la covid-19, que establece que no será exigible el uso de mascarilla en el caso del ejercicio de deporte individual y permite que se pueda exceptuar el uso de la mascarilla cuando, por la propia naturaleza de las actividades, ese uso resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias. Así, Sanidad planteará al pleno del Consejo Interterritorial que se equiparen al ejercicio de deporte individual las actividades que supongan un esfuerzo físico intenso, de carácter no deportivo, al aire libre y de forma individual.

La propuesta declara actividades incompatibles con el uso de la mascarilla —es decir, que no habrá que usarla— el bañarse en cualquier lugar (mar, lagos o embalses, ríos u otros espacios acuáticos naturales o en piscinas en el exterior o cubiertas), y la excluye también para practicar deportes acuáticos, sea en un medio natural o artificial. Tampoco habrá que usarla en los periodos de descanso antes o después del baño. Si se está en una playa u otro espacio natural al aire libre, se entenderá por periodo de descanso todo el tiempo en que se esté en un punto fijo a más de 1,5 metros de otra persona (puede ser tomando el sol, por ejemplo). Si se está en una piscina cubierta o a bordo de un barco, se considerará tiempo de descanso el mínimo o la práctica de deporte en el medio acuático, en el entorno del mismo. En el caso de las playas o en entornos asimilados, solo se podrá dejar de usar la mascarilla durante el tiempo “estrictamente necesario entre intervalos de actividad”.

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La ley fijaba la obligatoriedad de la mascarilla incluso manteniendo la distancia de seguridad, cuando hasta entonces se exigía de no ser posible guardar la distancia de 1,5 metros. La motivación de la enmienda argumentaba que “con la evidencia reciente sobre transmisión del SARS-CoV-2 por aerosoles, el uso de mascarillas no puede quedar supeditado a no poder garantizar la distancia de 1,5 metros”. Nada más conocerse la publicación de la norma, las comunidades reaccionaron en cascada y mostraron su rechazo a una obligación que hasta ese momento había pasado desapercibida. Fue el caso de Baleares, que interpretó que no es obligatoria en playas y espacios naturales para quienes van solos o con convivientes y mantienen la distancia, pero sí en las reuniones sociales en esos lugares, al margen de lo que diga la ley estatal. También el secretario de Salud Pública de la Generalitat catalana, Josep Maria Argimon, cuestionó la norma. “Obligar a llevar mascarilla en la playa no sé si es bueno”, comentó antes de enfatizar que el sudor o la arena pueden “hacer perder el efecto protector” de la misma. La Junta de Andalucía también rechazó de plano el uso del cubrebocas para tomar el sol en la playa y en las piscinas y apostó por la directriz que implantó el verano pasado, según la cual es obligatoria para pasear por la orilla, pero no para estar en la sombrilla en grupos que no superen las seis personas. Se detalla que los socorristas no deberán taparse la boca y nariz cuando por su cometido “requieren acceder al medio acuático”.

El consejero de Sanidad de Galicia, Julio García Comesaña, ha declarado esta mañana que defenderá en el Consejo Interterritorial de esta tarde “lo que cree lógico”: que las mascarillas no se tengan que utilizar en la playa cuando se esté tumbado en la toalla a una distancia suficiente, pero que sí se tengan que llevar para hacer deporte al aire libre, informa Sonia Vizoso. En la misma línea, un portavoz de la Consejería de Sanidad de Melilla afirman que está en contra de imponer la mascarilla en la playa si se mantiene la distancia de seguridad.

La propuesta incluye también que no se use la mascarilla en “los periodos estrictamente necesarios para comer o beber, en lugares en los que esté autorizado”.

En cambio, consideran “actividades compatibles con el uso de mascarilla” el paseo por los accesos a playas, lagos y demás entornos naturales, el paseo a la orilla del mar y de los demás entornos acuáticos, el uso de vestuarios de piscinas públicas o comunitarias, salvo en las duchas y la permanencia en el exterior o interior de establecimientos de hostelería fuera de los periodos necesarios para comer o beber.

En la norma original, y eso no se va a cambiar, quedan excluidas las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitársela o presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.

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