El Gobierno aprueba el proyecto de ley que prohíbe el redondeo y las cláusulas abusivas

La iniciativa "va más allá" de la directiva comunitaria en protección de los consumidores, según María Teresa Fernández de la Vega

La vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, ha afirmado que el Proyecto de Ley de Mejora de la Protección de los Consumidores aprobado hoy por el Consejo de Ministros persigue las cláusulas abusivas y el redondeo y facilitará darse de baja de los servicios.

La iniciativa "va más allá" de la directiva comunitaria en protección de los consumidores ya que éstos son "la parte más débil" en las relaciones contractuales, afirmó De la Vega en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, en la que ha comparecido junto a la ministra de Sanidad y Consumo, E...

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La vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, ha afirmado que el Proyecto de Ley de Mejora de la Protección de los Consumidores aprobado hoy por el Consejo de Ministros persigue las cláusulas abusivas y el redondeo y facilitará darse de baja de los servicios.

La iniciativa "va más allá" de la directiva comunitaria en protección de los consumidores ya que éstos son "la parte más débil" en las relaciones contractuales, afirmó De la Vega en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, en la que ha comparecido junto a la ministra de Sanidad y Consumo, Elena Salgado.

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La vicepresidenta ha señalado que el proyecto de ley, que pasará en los próximos días al Congreso, reconoce como conducta abusiva el hecho de trasladar al comprador de una vivienda gastos que corresponden al vendedor, como son las plusvalías o los gastos de conexión a servicios básicos. La ley "incentivará el cómputo por tiempo real" en la prestación de servicios, como en el caso de los aparcamientos, en respuesta a la queja, "lógica, legítima y habitual", dijo, de los consumidores ante el pago por fracciones.

De la Vega ha destacado que la nueva ley garantizará que sea tan fácil darse de baja en un servicio como darse de alta. En este sentido, el proyecto de ley establece que las bajas en la contratación deben hacerse sin trabas adicionales y obliga a los operadores a prestar información sobre los procedimientos a seguir, según ha explicado el Ministerio de Sanidad y Consumo en una nota.

El incumplimiento de estas obligaciones se tipifíca como infracción y pasan a considerarse "cláusulas abusivas" las trabas al ejercicio de ese derecho o la imposición de requisitos como la pérdida de cantidades abonadas por adelantado. Por su parte, la ministra de Sanidad y Consumo, Elena Salgado, ha subrayado que el proyecto mejora la Ley General de Consumidores de 1984 al tener en cuenta la aparición de nuevos servicios, y de operadores con poder económico que "en algunos casos han tenido la tentación de imponer cláusulas abusivas".

Salgado ha agregado que antes de que se produzca un caso concreto se podrán eliminar las cláusulas abusivas con una acción de cesación por parte de la autoridad competente, y ha subrayado que la norma supone el fin de "la letra pequeña" de los contratos, ya que obliga a una información contractual clara.

Las prohibiciones

Además equipara el tratamiento entre "cláusulas abusivas" y "prácticas abusivas", pues no puede exigirse al consumidor el cumplimiento de obligaciones sobre las que no se le haya informado previamente con claridad. Asimismo se prohíbe el redondeo al alza en el cobro de servicios, tanto en lo que respecta al tiempo de prestación como al precio, así como cualquier cláusula que prevea el cobro por servicios o productos no consumidos.

En el capítulo de vivienda, se prohíbe penalizar al comprador que no se subrogue en el crédito hipotecario del promotor, o que se le pueda trasladar el pago de las tasas o impuestos que corresponden al vendedor, como, por ejemplo, las plusvalías. También prohíbe el cobro, por medio de números de teléfono de tarificación adicional, de la información obligatoria previa a cualquier contrato.

Con este proyecto de ley se legitíma que el Instituto Nacional del Consumo, las Comunidades Autónomas y los municipios puedan demandar el cese de prácticas contrarias a la Ley General de Defensa de los Consumidores y Usuarios. A este respecto, se define que las asociaciones de consumidores que pueden ejercer las citadas acciones son las que están representadas en el Consejo de Consumidores y Usuarios y las autorizadas por las legislaciones autonómicas en su ámbito territorial.

La norma establece que para que una asociación acceda a la denominación de Asociación de Consumidores y Usuarios debe estar inscrita en el Registro Nacional y no tener ánimo de lucro. Además, estas Asociaciones deberán mantener la independencia en sus actuaciones, no realizar comunicaciones comerciales de bienes y servicios y no percibir ayudas económicas o financieras de las empresas que suministran bienes o servicios a los consumidores o usuarios, entre otras condiciones. El proyecto de ley refuerza también las competencias de las administraciones públicas para evitar que productos inseguros puedan llegar a manos de los consumidores.

La vicepresidenta primera del Gobierno y la ministra de Sanidad, durante la rueda de prensa que ofrecieron tras la reunión del Consejo de Ministros, en el Palacio de La Moncloa.EFE

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