Sentencia del ‘procés’: el Supremo reprocha “la complicidad” entre Mossos y votantes el 1-O

El tribunal sostiene que con la excusa de ‘preservar la convivencia’ la policía catalana desobedeció a jueces y fiscales

Agentes de los 'mossos', en la protesta por el segundo aniversario del 1-O en Girona.Vídeo: T. Ferragut | EPV
Barcelona -

La sentencia del Tribunal Supremo sobre los líderes del procés pasa de puntillas sobre la responsabilidad de los Mossos durante el referéndum ilegal del 1 de octubre, que deberá dirimirse en enero en la Audiencia Nacional. Pero sí critica el papel de los agentes para cerrar los colegios electorales, tachando de actuar con “cinismo” y “complicidad” con los votantes, de no planificar debidamente la respuesta policial par...

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La sentencia del Tribunal Supremo sobre los líderes del procés pasa de puntillas sobre la responsabilidad de los Mossos durante el referéndum ilegal del 1 de octubre, que deberá dirimirse en enero en la Audiencia Nacional. Pero sí critica el papel de los agentes para cerrar los colegios electorales, tachando de actuar con “cinismo” y “complicidad” con los votantes, de no planificar debidamente la respuesta policial para argüir que estaban desbordados, de no llevarse urnas y de incluso colaborar con los ciudadanos.

Atribuyendo la responsabilidad al exconsejero Joaquim Forn, el Supremo asegura que se usó de manera “malintencionada” el auto de la magistrada del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña Mercedes Armas para no obedecer las órdenes judiciales simulando su “aparente cumplimiento”. Armas precisó que los agentes debían actuar de forma que no se afectara “la normal convivencia ciudadana”. “No es sino una transcripción adaptada a los principios legalmente ya impuesto en la actuación” de los policías, sostiene el tribunal. Y asegura que solo un “sesgo malintencionado para disimulo de la verdadera voluntad obstruccionista” puede acabar dándole el alcance que “desde el inicio lleva a hacer inoperativa la finalidad impuesta” a la que estaban obligados los Mossos.

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La sentencia reprocha que la policía catalana no discriminó aquellos centros que podían recibir “una gran afluencia de personas” de los que sí, lo que “supuso una neutralización” de su “capacidad operativa”. “La coartada de la insuficiencia de mossos en cada uno y en todos los centros para cumplir con el mandato de la magistrada del Tribunal Superior de Justicia se mostró con cínica notoriedad”, afirma.

La aglomeración de gente en las escuelas, sigue el Supremo, obligó a los mossos a “claudicar en su objetivo, de forma vergonzante, resignada o en algunos supuestos casi complaciente”. Y recrimina “episodios de auténtica complicidad” recogidos en “imágenes y escenas” y momentos de “casi connivencia” motivadas “quizá por la coincidencia ideológica” o porque así “podían granjearse el aplauso y beneplácito” de los “ciudadanos rebeldes o de los responsables políticos”.

El Supremo destaca que los mossos “no interfirieron la emisión de votos, más allá de alguna actuación aparente”. Y les acusa de llegar a trasladar urnas en “vehículos sin logotipos” que pertenecían a la Consejería de Presidencia. En otros casos, afirma, “permitieron que particulares se hicieran con ellas [las urnas] y se las llevaran”. Asimismo, les acusa de permitir la apertura de las escuelas porque se “limitaron a constatar el hecho”.

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Por último, señala el seguimiento que hizo la policía catalana de los “movimientos de efectivos de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado”. Los policías y guardias civiles desplegados en Cataluña constataron que la “presencia de los mossos no solamente carecía de actividad alguna dirigida al desalojo de los centros, sino que fue ocasión para que informaran de la estrategia policial que se seguiría al respecto”. “De ahí, la decisión de los movilizados”, concluye el tribunal, de agruparse de manera que “francamente imposibilitaran” la actuación policial para impedir el referéndum.

A pesar de las críticas a la actuación de la policía catalana, el Supremo recuerda también que el jefe de los Mossos d'Esquadra, Josep Lluis Trapero, investigado en la Audiencia Nacional junto a la intendente Teresa Laplana, advirtió a Forn, al vicepresidente del Gobierno, Oriol Junqueras, y al entonces presidente, Carles Puigdemont, de los riesgos de "incidentes" durante el referéndum y la "alta probabilidad de enfrentamientos" con la policía. Trapero y el resto de comisarios que asistieron a la reunión recomendaron suspender la votación. "Pese a ello, la decisión de los miembros del Govern presentes en esa reunión fue la de seguir adelante con el referéndum", explica el tribunal. 

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