El Constitucional examinará si el Supremo es competente para investigar la rebelión

El alto tribunal admite un recurso de amparo de la expresidenta del Parlament Carme Forcadell

Llegada de la presidenta en funciones del Parlament, Carme Forcadell al Tribunal Supremo. ULY MARTÍN

El Tribunal Constitucional examinará si el Tribunal Supremo es el órgano competente según la Ley para investigar y enjuiciar los delitos de rebelión, sedición y malversación de caudales públicos que afectan a políticos catalanes. El alto tribunal ha admitido a trámite por unanimidad un recurso de amparo de la expresidenta del Parlament, Carme Forcadell, y de la exmiembro de la Mesa de la Cámara, Anna Simó, que entendían que la causa, en ...

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El Tribunal Constitucional examinará si el Tribunal Supremo es el órgano competente según la Ley para investigar y enjuiciar los delitos de rebelión, sedición y malversación de caudales públicos que afectan a políticos catalanes. El alto tribunal ha admitido a trámite por unanimidad un recurso de amparo de la expresidenta del Parlament, Carme Forcadell, y de la exmiembro de la Mesa de la Cámara, Anna Simó, que entendían que la causa, en todo caso, debería instruirse en el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. El Constitucional, que desestima la inmensa mayoría de los recursos de amparo que le son planteados, aprecia que en este caso concurre una “especial trascendencia constitucional”, ya que tiene que ver con un derecho fundamental –al del juez ordinario predeterminado por la Ley– sobre el que no ha fijado doctrina.

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El órgano presidido por Juan José González Rivas se ha dirigido, a través de una providencia, a la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo para que le remita una copia certificada de las actuaciones, y emplaza a las partes en esta causa –abogados defensores, fiscalía y acusación popular de Vox- para que se personen, si lo desean en este procedimiento constitucional.

Forcadell y Simó interpusieron su recurso el pasado febrero. En su escrito también invocaban que con la decisión de mantener la causa en el Supremo y no devolverla al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña se vulneraba el derecho a un juicio justo, contemplado en el artículo 6 de la Convención Europea de los Derechos Humanos. Ambas políticas ya presentaron un recurso de súplica ante el Supremo por considerar que no era competente para instruir su causa y que ya fue desestimado, por lo que acudieron al Constitucional.

Forcadell se encuentra en prisión desde el pasado 25 de marzo por delitos de rebelión, malversación y sedición, mientras que a Simó se le atribuye solo un delito de desobediencia y permanece en libertad. La expresidenta del Parlament Carme Forcadell, que dimitió como diputada autonómica la víspera del encarcelamiento, tuvo una “participación medular” en el procés, según el juez instructor del caso, Pablo Llarena. “Sometió a la decisión de los diputados la aprobación de la legislación de soporte que sirve de coartada legitimadora al proceso, aun contrariando para ello las reiteradas prohibiciones y requerimientos del Tribunal Constitucional”, señala Llarena.

El magistrado recuerda que Forcadell “puso la institución parlamentaria al servicio del violento resultado obtenido con el referéndum y de la proclamación de la república”, además de arengar a las movilizaciones del 20 de septiembre y del día siguiente ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.

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