La situación en Cataluña

Lamela insiste en que el Govern cesado promovió la independencia por vías violentas

La juez rechaza anular las órdenes de busca y captura internacional de los exconsellers Serret y Comín

Los exconsejeros Clara Ponsatí, Meritxell Serret y Toni Comin el domingo en Bruselas.Olivier Matthys (AP)

La juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela ha confirmado este lunes las órdenes europeas de detención y las órdenes de busca y captura internacional dictadas el pasado 3 de noviembre contra los exconsellers de la Generalitat Meritxell Serret (Agricultura) y Antoni Comín (Salud), fugados a Bélgica junto al expresidente autonómico catalán Carles Puigdemont y otros dos exmiembros del Govern. La magistrada ha rechazado los recursos de reforma ...

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La juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela ha confirmado este lunes las órdenes europeas de detención y las órdenes de busca y captura internacional dictadas el pasado 3 de noviembre contra los exconsellers de la Generalitat Meritxell Serret (Agricultura) y Antoni Comín (Salud), fugados a Bélgica junto al expresidente autonómico catalán Carles Puigdemont y otros dos exmiembros del Govern. La magistrada ha rechazado los recursos de reforma presentados por los abogados de ambos políticos contra su decisión de ordenar la búsqueda de estos por todo el mundo.

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Los exconsejeros huidos a Bélgica están imputados por delitos de rebelión, sedición, malversación de fondos, desobediencia y prevaricación por el proceso ilegal iniciado en 2015 y que culminó con la declaración de independencia de Cataluña del pasado 27 de octubre. En el mismo auto –resolución razonada- la magistrada rechaza la personación en la causa del abogado de Serret y Comín, Gonzalo Boye, ya que sus clientes “no han realizado designación expresa de profesionales que los defiendan” en esta causa. “Ni tan siquiera consta que el letrado firmante de los escritos sobre los que se decide ostente efectivamente la defensa y representación consentida y aceptada por aquellos”, señala el auto.

Pese a no reconocer la personación del abogado Boye, la magistrada entra en el fondo de los argumentos planteados por él. El letrado alegó que las acciones de sus clientes están amparadas por la inviolabilidad e inmunidad parlamentarias y que su persecución judicial tiene “carácter político”. “No se les persigue ni por sus ideas ni por defender la independencia de Cataluña” rebate la juez Lamela, “sino por tratar de cambiar totalmente al margen de las vías legales la forma de gobierno participando decisivamente en los actos que desembocaron en la celebración de un referéndum independentista para lograr en España la secesión de la comunidad autónoma de Cataluña y su constitución en república independiente”.

Respecto a la alegada inmunidad parlamentaria, la juez recuerda que esta alcanza a los “votos y las opiniones” que emitan los parlamentarios “en el ejercicio de su cargo”, pero no se extiende de manera general e indiscriminada a cualquier actuación que realicen durante su mandato. Según la magistrada, Serret y Comín actuaron “no como diputados, sino aprovechando tal condición y su condición de consejeros (…) para fines ilícitos”.

Lamela insiste en que, junto con el resto de querellados –tanto los exconsellers en prisión como los fugados- “promovieron y utilizaron la fuerza intimidatoria y violenta de los sectores independentistas de la población”. La magistrada considera que “llamaron a la insurrección y contravinieron frontalmente la legalidad y el ordenamiento constitucional (…) sabedores de que el referéndum solo podía celebrarse por la vía de hecho e incluso con el uso de la fuerza coactiva de la muchedumbre movilizada” para ello con el “apoyo y colaboración” de las entidades soberanistas Asamblea Nacional Catalana (ANC) y Òmnium Cultural, cuyos líderes, Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, también están en prisión por sedición.

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La magistrada rechaza, asimismo, la supuesta falta de motivación del auto por el que puso en busca y captura a ambos políticos: “Que los recurrentes no estén conformes con tal motivación y con la decisión adoptada no significa que la resolución carezca de motivación”.

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