seguridad aérea

La ayuda telefónica de las aerolíneas para discapacitados debe ser gratuita

La Audiencia Nacional confirma la multa a Air Europa por poner un número 902 para asistencia a personas con movilidad reducida

Los teléfonos que las compañías aéreas ponen a disposición de las personas con movilidad reducida para que pidan asistencia en el aeropuerto para embarcar y desembarcar en los aviones deberán ser gratuitos. La Audiencia Nacional ha confirmado la sanción de 4.500 euros que impuso la Agencia Estatal de Seguridad Aérea en octubre de 2014 a Air Europa por poner un teléfono con prefijo 902 –con coste para el usuario que llama- para que las personas con discapacidad s...

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Los teléfonos que las compañías aéreas ponen a disposición de las personas con movilidad reducida para que pidan asistencia en el aeropuerto para embarcar y desembarcar en los aviones deberán ser gratuitos. La Audiencia Nacional ha confirmado la sanción de 4.500 euros que impuso la Agencia Estatal de Seguridad Aérea en octubre de 2014 a Air Europa por poner un teléfono con prefijo 902 –con coste para el usuario que llama- para que las personas con discapacidad soliciten este servicio.

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La sentencia, redactada por el juez central de lo Contencioso Administrativo Manuel Ponte, rechaza el recurso de Air Europa contra la sanción gubernativa, en el que alegaba que las líneas 902 no son de “tarificación adicional”. El magistrado da la razón a la aerolínea en este punto, pero señala que este tipo de números son de tarificación “especial”, lo que supone que no son gratuitas. Por lo tanto, afirma el magistrado, “el usuario llamante afronta unas cargas mayores o menores que el coste real de los medios de telecomunicaciones empleados por los operadores”.

El fallo aborda la situación a la que se enfrentan los pasajeros con movilidad reducida cuando viajan en avión, que deben avisar a las aerolíneas con anterioridad de al menos 48 horas de que van a viajar con perros guía o con equipos de movilidad, como sillas de ruedas o andadores. La normativa española, de acuerdo con la europea, garantiza que las compañías prestarán estos servicios de asistencia en los aeropuertos sin coste alguno para el usuario.

Air Europa corrigió esta práctica antes de la sentencia. Aun así, el juez considera que incurrió en una infracción leve de la Ley de Seguridad Aérea y considera proporcionada la sanción de 4.500 euros que le fue impuesta.

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