Las víctimas podrán recurrir los beneficios penitenciarios de sus agresores

El Gobierno aprueba en primera vuelta el "catálogo de derechos" del Estatuto de la Víctima

El Gobierno aprobó ayer el anteproyecto de ley de Estatuto de la Víctima, un “catálogo de derechos procesales y extraprocesales” del que podrán beneficiarse todas las víctimas de delitos —o sus familiares—, tanto si están personadas en el proceso judicial como si no. La facultad de sancionar y ejecutar la sanción del delito seguirá siendo “exclusiva del Estado”, pero se abrirán ciertos cauces de “participación” de las víctimas, según dijo el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón. El anteproyecto —que lleva un ...

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El Gobierno aprobó ayer el anteproyecto de ley de Estatuto de la Víctima, un “catálogo de derechos procesales y extraprocesales” del que podrán beneficiarse todas las víctimas de delitos —o sus familiares—, tanto si están personadas en el proceso judicial como si no. La facultad de sancionar y ejecutar la sanción del delito seguirá siendo “exclusiva del Estado”, pero se abrirán ciertos cauces de “participación” de las víctimas, según dijo el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón. El anteproyecto —que lleva un año en elaboración y ha sido acelerado en la última semana, tras la sentencia del tribunal de Estrasburgo contra la doctrina Parot— debe ser aún sometido a informes e iniciar luego la tramitación parlamentaria, de modo que tardará cerca de un año en entrar en vigor. Estas son algunas de las novedades que introduce:

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Tercer grado y libertad condicional. Las víctimas de delitos graves como terrorismo, homicidio, robo con violencia o delitos sexuales podrán recurrir el tercer grado (un régimen de semilibertad) cuando se conceda antes del cumplimiento de la mitad de la condena. También podrán recurrir la concesión de la libertad condicional. En ambos casos, sin necesidad de personarse y siempre que la pena sea superior a cinco años. Ahora solo el fiscal puede recurrir.

Sobreseimiento. Las víctimas de cualquier delito podrán recurrir también el sobreseimiento del caso, y tendrán un plazo de 20 días (ahora tienen que estar personadas y el plazo es de solo tres días).

Información permanente. Si lo solicitan, las víctimas estarán informadas de todas las fases del proceso, de las sentencias y sobreseimientos, de la adopción de medidas cautelares y de la puesta en libertad del reo si hay peligro para la víctima. Además, podrán solicitar al juez la aplicación de “medidas de control” —como el alejamiento— a los presos que obtengan la libertad condicional.

‘Protección’ frente a abogados impacientes. En grandes catástrofes, los abogados tendrán que esperar un mes antes de dirigirse a las víctimas para ofrecer sus servicios (salvo si ellas los han pedido).

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Interrogatorios grabados a los menores. Las declaraciones de los menores serán grabadas y reproducidas después en el juicio. Se prohibirá que los medios de comunicación divulguen la identidad y la imagen de las víctimas, aunque según Justicia “no habrá sanción” si eso se incumple.

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