Un tribunal de Italia pide aclarar qué es un país seguro, clave en las deportaciones a Albania: “También el régimen nazi lo era”

Los magistrados de Bolonia que deben resolver una petición de asilo piden a la justicia europea que decida si prevalecen las normas europeas o el reciente decreto de Meloni para forzar los traslados

Uno de los migrantes deportados a Albania, en el momento de embarcar rumbo a Italia el pasado 19 de octubre, después de que un tribunal italiano rechazara su retención.Vlasov Sulaj (AP)

Un tribunal de Bolonia ha terminado haciendo algo que antes o después sucedería, tras el choque legal por las deportaciones de migrantes de Italia a Albania: elevar al Tribunal de Justicia de la UE el conflicto entre las normas europeas e italianas en cuestión de asilo para que aclare cuáles deben prevalecer. Pero la noticia ha tenido más impacto porque los jueces se han expresado de forma muy contunde...

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Un tribunal de Bolonia ha terminado haciendo algo que antes o después sucedería, tras el choque legal por las deportaciones de migrantes de Italia a Albania: elevar al Tribunal de Justicia de la UE el conflicto entre las normas europeas e italianas en cuestión de asilo para que aclare cuáles deben prevalecer. Pero la noticia ha tenido más impacto porque los jueces se han expresado de forma muy contundente, según ha desvelado el diario Corriere della Sera. Plantean que, con los criterios que maneja el Gobierno de ultraderecha de Giorgia Meloni para considerar que el país de origen de un solicitante de asilo es seguro, aunque en él haya minorías perseguidas, también la Alemania nazi podría considerarse así: “Se podría decir, paradójicamente, que la Alemania del régimen nazi era un país extremadamente seguro para la gran mayoría de la población alemana: salvo judíos, homosexuales, opositores políticos, etnia romaní y otros grupos minoritarios, más de 60 millones de alemanes gozaban de una seguridad envidiable. Y lo mismo se podría decir de Italia en el régimen fascista”, reza la sentencia, recogida por varios medios italianos.

De este modo, queda inaugurado por todo lo alto un nuevo capítulo del enfrentamiento entre el Gobierno y los magistrados italianos. A la espera de lo que ahora diga el tribunal europeo, y mientras el Ejecutivo de Roma prepara una segunda deportación. Porque, en definitiva, lo que pide el tribunal boloñés es que le digan si debe desobedecer el nuevo decreto ley que ha aprobado Meloni para forzar los traslados a Albania. Solicita que el tribunal de Luxemburgo aclare si “el deber del juez de no aplicar el acto de designación” de un país como seguro, cuando no lo es según los criterios europeos, “permanece también en el caso de que se aplique con disposiciones de rango primario, como una ley ordinaria”, es decir, en este caso según las leyes italianas.

El conflicto legal nace de una reciente sentencia europea del pasado 4 de octubre, que estableció que si en un país hay una zona con violaciones de derechos o una minoría que las sufre, debe considerarse todo el país no seguro. Era una bomba para el plan Albania de Meloni: con ese criterio, solo 7 de los 22 países que Italia consideraba seguros entraban en esa categoría. Por tanto, a los migrantes que venían de los demás ―y eran todos los principales de origen de las llegadas por mar, como Egipto, Túnez o Bangladés― no se les podía aplicar el polémico protocolo rápido de expulsión previsto en el país balcánico. Todo el sistema se basa en ese concepto de país seguro, llamado a centrar el debate en los próximos meses, también en toda la UE. Un país seguro es aquel que, según la valoración de Italia para este trámite veloz, respeta los derechos humanos y a cuyos ciudadanos, previsiblemente, se les va a denegar una petición de asilo. En eso se justifica el retenerlos en frontera, o en Albania, y tras un rechazo rápido de su solicitud, repatriarlos.

Pero la sentencia europea dejó tocado el plan, que pasa en cada caso por un juez que debe dar el visto bueno. Quedó en evidencia cuando las autoridades quisieron convalidar la retención en frontera, en este caso en Albania, de los primeros 12 migrantes recluidos en el campo de internamiento de Gjadër: el Tribunal de Roma lo rechazó el pasado 18 de octubre, acogiéndose precisamente a la sentencia europea. Esas personas eran de Bangladés y Egipto, países donde hay minorías amenazadas.

El Gobierno italiano montó en cólera y aseguró que los jueces no habían “comprendido bien la sentencia”, entre otras cosas, “porque estaba en francés”. Además, subrayó, cosa que es verdad, que la legislación europea cambiará en 2026, cuando entre en vigor el nuevo y polémico pacto migratorio aprobado este año y, por tanto, lo que ahora hace Italia y su concepto de país de origen “con seguridad parcial”, será lo que haga e imite toda la UE. En todo caso, eso será en 2026 y de momento rige la normativa europea actual, de 2013.

Conflicto entre normas jurídicas

Meloni no se rindió y aprobó un decreto ley para forzar a los jueces a validar la siguiente a los tres días del fracaso de la primera deportación a Albania. Es una norma de mayor rango que la anterior vigente y subrayó que era de obligado cumplimiento para los magistrados. El Ejecutivo sí aceptó en parte los argumentos de la sentencia europea y redujo la lista de países seguros a 19, quitando Nigeria, Camerún y Colombia, donde hay zonas con violaciones de derechos. Es decir, aceptó el criterio geográfico de que si una parte de un territorio no es segura el país entero tampoco lo es, pero asumió el criterio paralelo para las minorías perseguidas: siguió dejando en su lista 12 países donde hay colectivos de riesgo, por razones de etnia, sexo, religión o políticas.

El conflicto era evidente, pues la norma comunitaria prevalece sobre la nacional. Se preveía que el siguiente juez que le tocara un expediente similar elevara la cuestión al tribunal europeo, y ha sido en Bolonia, con otro ciudadano de Bangladés. “Si se debiera considerar seguro un país cuando la seguridad está garantizada para la generalidad de la población, la noción jurídica de país de origen seguro se podría aplicar casi a todos los países del mundo, y sería, por tanto, una noción privada de cualquier consistencia jurídica”, argumentan los jueces italianos. Indican que “salvo casos excepcionales”, y cita la Rumanía de Ceaucescu y la Camboya de Pol Pot, “la persecución siempre es ejercitada por una mayoría contra algunas minorías, a veces muy reducidas”.

El auto boloñés también apunta que el Consejo de Estado francés ha rechazado que se consideren países seguros Senegal y Ghana (como hace Italia en su lista), porque en ellos hay persecución de personas LGTBI, y también la Corte Suprema británica ha hecho lo mismo con Jamaica, por las mismas razones. Por ello, los jueces italianos piden al tribunal europeo que aclare “si la presencia de formas persecutorias o de exposición a daño grave concernientes a un único grupo social de difícil identificación, como por ejemplo las personas LGTBI, las minorías étnicas o religiosas, las mujeres expuestas a violencia de género o trata”, excluye la designación de un país como seguro.

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