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Un juzgado investiga una denuncia contra Santos Cerdán por mentir en el Senado sobre su relación con Koldo

La querella partió de Hazte Oír y la Fiscalía era contraria a su admisión

El Juzgado de Instrucción número 24 de Madrid ha admitido una querella por falso testimonio contra el ex secretario de Organización del PSOE Santos Cerdán, actualmente en ...

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El Juzgado de Instrucción número 24 de Madrid ha admitido una querella por falso testimonio contra el ex secretario de Organización del PSOE Santos Cerdán, actualmente en prisión provisional por el caso Koldo. La Fiscalía se oponía a la admisión de esta denuncia presentada por la asociación ultracatólica Hazte Oír, pero la magistrada Lidia María Paloma Montaño considera que hay indicios de que Cerdán “habría faltado sustancialmente a la verdad” en su declaración en el Senado el 30 de abril de 2024 sobre su relación con el exasesor ministerial Koldo García.

Los hechos se produjeron en el marco de la comisión de investigación que el PP mantiene abierta en la Cámara alta en relación con el caso de corrupción que afecta tanto a Cerdán como a Koldo García y al exministro de Transportes José Luis Ábalos. Allí, el ex secretario de Organización socialista tuvo que contestar a preguntas como si había contactado con Koldo García entre 2021 y 2023, si tenía conocimiento de que este ejercía funciones de intermediario “o fines lucrativos” en la adquisición de mascarillas, o si tuvo relación empresarial “directa o indirectamente a través de terceros, empresas o sociedades” con el exasesor.

A todo contestó de forma negativa y, a la postre, el informe de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil “revelaría lo contrario”, según explica la magistrada. En su escrito, al que ha accedido EL PAÍS, indica que “concurren prima facie los elementos” necesarios para continuar con la admisión de la querella y corroborar si Cerdán mintió. “Un archivo en este momento procesal resultaría precipitado”, añade.

Este movimiento en los juzgados se produce apenas diez días antes de que el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, tenga que comparecer en la misma comisión de investigación para dar explicaciones a los senadores. El artículo 502 del Código Penal señala que “habiendo sido requeridos de forma legal y bajo apercibimiento” para comparecer ante una comisión de investigación de las Cortes Generales o de una Asamblea Legislativa de Comunidad Autónoma se impondrán penas de prisión de seis meses a un año o multas de 12 a 24 meses al que “faltare a la verdad en su testimonio”.

El auto se hace eco de distinta jurisprudencia del Tribunal Supremo para tratar de asemejar lo que indica el Código Penal sobre mentir en una comisión oficial de este tipo con el delito de falso testimonio, recogido en el artículo 458 del texto punitivo. “La manifestación falsa típica es aquella cuyo contenido descriptivo o informativo resulta fenomenológicamente incompatible con la realidad producida o da cuenta de una realidad inexistente, entorpeciendo significativamente la reconstrucción de lo acontecido”, refleja de la doctrina.

Lo cierto es que todavía no existe una verdad jurídica sobre el papel en relación a la investigación que lo mantiene en prisión, pues no hay sentencia firme. El pasado 15 de julio, la Sala de lo Penal del alto tribunal se pronunció sobre el falso testimonio que el magistrado Juan Carlos Peinado pretendió imputar al ministro de Presidencia, Justicia y Relación con las Cortes, Félix Bolaños, y convino que para atribuirlo es necesario “que se haya dictado sentencia o resolución judicial firma que haya declarado una ‘verdad judicial o forense’ con la que comparar las manifestaciones”. “El delito de falso testimonio es un delito que requiere que la falsedad de lo declarado sea un dato objetivo, que se constata contrastando aquello que se declare con la falsedad (vid. por todas, STS 107/2021, de 10 de febrero) y ese dato objetivo, por el momento, no ha sido determinado”, dijeron en el Supremo.

La magistrada Montaño se apoya, en cambio, en la instrucción y en los informes del Instituto Armado para justificar la apertura de diligencias contra Cerdán. Repasa que en la comisión de investigación del Senado, fue preguntado por la intermediación de Koldo en los contratos de pandemia y su relación con personas investigadas de la trama Delorme (origen del caso Koldo en relación a la compra de mascarillas) y respondió “que nada sabía, que nada conocía y que no había dado ningún tipo de instrucción al respecto”. La togada explica que “no estamos ante una representación valorativa o subjetiva” de la realidad, sino que las preguntas que se hicieron “eran claras” y estaban relacionadas con el fin principal de la comisión de investigación impulsada por el partido de Alberto Núñez-Feijóo.

La magistrada impone a Hazte Oír una fianza de 3.000 euros para ejercer la acción popular en este nuevo frente del ex secretario de Organización socialista. Además, solicita al Congreso de los Diputados el reglamento para que informe si el querellado ha renunciado a su condición de diputado. La asociación ha interpuesto otra querella en idénticos términos contra la presidenta de la cámara baja, Francina Armengol, que está pendiente de admisión a trámite en el Tribunal Supremo.

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