El Supremo avala la colocación de la bandera arcoíris en edificios públicos el día del Orgullo
El alto tribunal considera que la enseña del colectivo LGTBI no es un símbolo partidista ni “propugna ningún tipo de enfrentamiento”, sino “la igualdad entre las personas”
El Tribunal Supremo considera que la bandera arcoíris que representa al colectivo LGTBI no es un símbolo partidista y, por lo tanto, no incumple la ley que regula el uso de enseñas y banderas en las Administraciones Públicas, por lo que avala su colocación en edificios públicos como parte de las celebraciones del Orgullo. La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal ha resuelto así este lunes —por cuatro votos a favor y uno en contra— las dos denuncias que interpuso la Asociación de Abogados Cristianos por la colocación de la bandera arcoíris en un patio inte...
El Tribunal Supremo considera que la bandera arcoíris que representa al colectivo LGTBI no es un símbolo partidista y, por lo tanto, no incumple la ley que regula el uso de enseñas y banderas en las Administraciones Públicas, por lo que avala su colocación en edificios públicos como parte de las celebraciones del Orgullo. La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal ha resuelto así este lunes —por cuatro votos a favor y uno en contra— las dos denuncias que interpuso la Asociación de Abogados Cristianos por la colocación de la bandera arcoíris en un patio interior de la Diputación Provincial de Valladolid en 2021 y en el balcón principal del Ayuntamiento de Zaragoza en 2020.
“El Tribunal Supremo no aprecia impedimento para que, con ocasión de la celebración del 28 de junio, se exhibiera la bandera arco iris, porque ni se colocó para sustituir o subordinar a ella a las banderas y enseñas oficiales, ni es un signo o símbolo de significación partidista y tampoco propugna ningún tipo de enfrentamiento. Al contrario, se proyecta a favor de la igualdad entre las personas, valor reconocido por la Constitución y por la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea”, señala la resolución del tribunal, que sienta jurisprudencia ante posibles futuras denuncias de este tipo. El alto tribunal ha publicado este lunes dos sentencias, una por el recurso de casación de Abogados Cristianos y otra en respuesta al escrito elevado por la Diputación de Valladolid.
El 28 de junio de 2021, con motivo de la celebración del Orgullo, la Diputación de Valladolid, gobernada por el PP, colocó una bandera arcoíris en el patio interior del Palacio de Pimentel, sede de la institución. Abogados Cristianos lo denunció con el argumento de que ese gesto infringía la ley de 1981 que regula la exhibición de banderas en los edificios públicos. En primera instancia, un juez de instrucción tumbó la denuncia de la asociación ultracatólica, pero esta recurrió al Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJyL), que en 2022 le dio la razón estimando que “la exhibición del símbolo del colectivo LGTBI vulnera la exigible neutralidad”. La Diputación recurrió entonces al Supremo, que este lunes ha desautorizado al TSJyL y ha avalado definitivamente la colocación de dicha bandera.
Un año antes de que se produjera el conflicto en Valladolid se había vivido un episodio similar, esta vez en Zaragoza: el Ayuntamiento de la ciudad, gobernado por el PP, colocó en su balcón la bandera arcoíris el día del Orgullo de 2020, y Abogados Cristianos interpuso un recurso. En este caso el recorrido judicial siguió un orden contrario al de Valladolid: el juez de primera instancia de Zaragoza dio la razón a la organización ultra y, tras recurrir el Consistorio, el Tribunal Superior de Aragón (TSJA) se la quitó en 2022. La sentencia del TSJA incidía en que la “mera utilización de los colores arcoíris y su colocación en el balcón municipal” no vulnera la normativa sobre enseñas. El juez comparó la exhibición de estas enseñas con otras similares: con la interpretación que hacía la asociación ultracatólica, señaló, “también vulneraría esta ley la colocación de una pancarta con los colores del Real Zaragoza el día que se festeje el ascenso a Primera”. Tras esta decisión, Abogados Cristianos recurrió al Supremo, que este lunes ha tumbado su discurso de que exhibir los colores LGTBI es un acto ideológico.
El magistrado Pablo Lucas, presidente en funciones de La Sala, explica en ambas sentencias que la ley de 1981 —que no contempla “este supuesto”— no es aplicable en estos casos, y subraya que no hay contradicción “entre lo que ahora se decide y lo resuelto anteriormente por el Supremo sobre el izado de una bandera autonómica distinta de la estatutaria y, en general, contra la exhibición en edificios públicos de símbolos o mensajes de carácter partidista”. De los cinco jueces que han dictado las dos sentencias, sólo uno, José Luis Requero, ha emitido un voto particular discrepante.
Requero asegura que “el movimiento LGTBI, representado por la bandera arcoíris, se refiere a siglas que reúnen diversas tendencias sexuales que sustentan postulados varios, entre ellos los de la llamada ideología de género, que no son pacíficos y respecto de los que hay división en la sociedad, ya sea por razón de creencias o de ideología”. Este juez no incluye en su voto particular ninguna argumentación que pruebe que el movimiento LGTBI sea “no pacífico” y represente “un fondo ideológico” que busque dividir a la sociedad.
En Valladolid, este año, los concejales del PSOE colgaron la bandera arcoíris en el balcón de sus despachos. El Ayuntamiento no lo hizo, alegando que no se iba a poner ninguna enseña “en prevención de un cuestionamiento judicial”. Este lunes, el alcalde de la ciudad, Jesús Julio Carnero, del PP, que gobierna con el apoyo de Vox, ha sido tajante tras conocer la sentencia del Supremo: “No ocurrirá ni este año ni el que viene ni los sucesivos. Mientras yo siga en el Ayuntamiento, solo estarán en el balcón las banderas oficiales: la de la ciudad, la de la Junta y la nacional”. Su predecesor en el cargo y hoy ministro de Transportes, el socialista Óscar Puente, ha acusado a Carnero de “homofobia” y ha recordado que, paradójicamente, Carnero colgó la bandera LGTBI cuando presidía la Diputación, entre 2011 y 2019. Aquello, ha interpretado Puente, fue “una simple pantomima”, informa Juan Navarro.