¿Por qué hay que esperar hasta las 11 de la noche del domingo para conocer el escrutinio de las elecciones europeas?

La normativa comunitaria impide la difusión del conteo hasta que se cierran los colegios electorales en todos los países miembros

Varias personas durante el recuento del voto CERA en el Palacio de Justicia de Bilbao, el 26 de abril de 2024, en Bilbao.H. Bilbao (Europa Press)

Los primeros resultados del escrutinio de las elecciones europeas que en España se celebran este domingo se harán de rogar más que de costumbre. El Gobierno no podrá anunciarlos hasta pasadas tres horas del cierre de los colegios electorales, cuando lo habitual, en otros comicios, es que se empiecen a conocer una vez cierran los de Canarias,...

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Los primeros resultados del escrutinio de las elecciones europeas que en España se celebran este domingo se harán de rogar más que de costumbre. El Gobierno no podrá anunciarlos hasta pasadas tres horas del cierre de los colegios electorales, cuando lo habitual, en otros comicios, es que se empiecen a conocer una vez cierran los de Canarias, una hora después que el resto. Pero esas tres horas no obedecen a ninguna táctica oscurantista, como se afanan en difundir los autores de bulos, sino que responden a una imposición legal sobre todos los países miembros de la Unión Europea.

La legislación europea impide que se ofrezcan datos de escrutinio hasta que hayan cerrado los colegios electorales en todos los países participantes. Así lo fija el reglamento del Parlamento Europeo (2019/493, art. 10.2): “Los Estados miembros garantizarán que los resultados de las elecciones al Parlamento Europeo no se hagan públicos en su territorio hasta que haya concluido la votación en todos los Estados miembros”.

Una peculiaridad de las elecciones europeas es que las jornadas electorales varían en función del país. El primero en votar ha sido Países Bajos, que lo hizo este jueves, seguido de Irlanda, que votó este viernes y República Checa, que lo hace durante dos días, viernes y sábado. Este sábado abren los colegios de Letonia, Malta, Eslovaquia, que saldan las elecciones en una única jornada, y también Italia, donde se vota a lo largo de dos, la del sábado y la del domingo. Además de España e Italia, el 9-J abren los colegios de otros 19 miembros de la UE.

También en los horarios en que los colegios están abiertos hay variedad. En Italia, lo están el sábado de 15 a 23 horas y el domingo de 7 a 23 horas. A ese cierre —tan tardío para los usos electorales españoles— está obligado a aguardar el Gobierno para ofrecer resultados de las elecciones en España. A las 23 horas está previsto que ofrezcan los primeros datos el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, y la ministra portavoz, Pilar Alegría y se prevé que para entonces el escrutinio ya esté muy avanzado.

El objetivo de esta restricción es impedir que los resultados influyan en el sentido del voto de quienes, en otros países, todavía están a tiempo de depositar el suyo. Es una situación análoga a lo que ocurre en las elecciones de exclusivo ámbito nacional con Canarias, donde los colegios cierran una hora más tarde que en Península, Baleares, Ceuta y Canarias. Y, en este caso, tampoco se trata de una decisión discrecional del Gobierno, sino que está obligada por la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG, art. 99.1).

La custodia de los votos por correo

El voto por correo, objeto también de numerosos bulos, sigue un procedimiento riguroso. Para depositar el sobre con la papeleta en Correos, se pide que sea entregado por el votante mismo, que lo habrá solicitado previamente y que debe presentar un documento de identidad oficial, o por una persona autorizada. Esos votos, acompañados de un certificado de inscripción en el censo, se trasladan a las instalaciones de Correos de la zona del colegio electoral y se entregan en la mesa durante la jornada del 9-J. Las papeletas recibidas a última hora se depositan también ese día.

Los electores que están temporalmente en el extranjero y quieren votar por correo, tienen que haberlo solicitado en los consulados, esperar a recibir las papeletas y un certificado, y enviar su voto y el resto de la documentación a través del servicio postal del país donde se encuentra. Correos conserva esos votos hasta la jornada electoral y los entrega en el colegio que les corresponde dentro del horario de apertura, informa la empresa pública española.

En el caso de los votantes españoles que residen habitualmente en el extranjero (el llamado voto CERA), pueden votar en persona en las oficinas consultares o remitirlos sus sufragios a esos consulados, que a su vez los envían por valija diplomática a una oficina ad hoc en el Ministerio de Asuntos Exteriores, precintadas, desde donde las recoge Correos para llevarlas a las Juntas Electorales.

La LOREG prevé un régimen sancionador, con multas y hasta penas de prisión, para los funcionarios que incumplan sus deberes de custodia y garantía del proceso. En todo caso, la empresa postal informa de que “nunca” se ha producido “incidencia alguna” en la vulneración de los sobres de votación.

Cómo se hacen los dos escrutinios

Todas las elecciones en España siguen un doble escrutinio. Uno, provisional, que es el que se hace la misma noche tras el cierre de las urnas, y otro, general, del que salen las listas oficiales de candidatos elegidos el quinto día siguiente al de las elecciones en cada Junta Electoral. El procedimiento para uno y para otro están perfectamente pautados por la LOREG.

El escrutinio provisional es un acto público la misma noche electoral, en el que participan los miembros de la mesa y los interventores. El presidente lee los nombres de los partidos de las papeletas. Si cualquier representante de la lista, miembro de la candidatura o un notario presente tiene dudas: pide la papeleta y se le entrega para que la examine.

Cuando se recuentan todos los votos, se comprueba que el número de sobres es igual que el de votantes. El presidente pregunta si hay protestas, se resuelven por mayoría de la mesa las que hubiera, y anuncia el resultado: cuántos electores constan en el censo, número de votantes, votos nulos, en blanco y por cada candidatura. Se destruyen las papeletas, salvo las que se consideren no válidas o sobre las que penda alguna reclamación. Esas papeletas se adjuntan a un documento formal, el acta de escrutinio, firmado por todos los miembros de la mesa. El acta se expone en la entrada del local y se hacen copias a los representantes de las candidaturas, si la piden. Por último, una copia se entrega al representante de la Administración.

Además, los miembros de la mesa preparan otra documentación electoral, con tres sobres, que incluyen originales y copias de las actas de constitución de la mesa, de la sesión, las listas del censo... Uno se remite a un funcionario de Correos y los otros son llevados por el presidente y los vocales que quieran acompañarlo al Juzgado de Primera Instancia o de Paz, escoltados por las fuerzas de seguridad. El juez entrega uno de los sobres en la Junta Electoral y se reserva otro por si hubiera que recurrir a él para resolver contenciosos.

El escrutinio general, cinco días después, se hace en la junta electoral de cada zona, y también es un acto público, en el que se verifica el recuento y la suma de los votos admitidos según las actas de las mesas. Los resultados se hacen públicos y, tras resolver posibles impugnaciones, se proclaman oficialmente los candidatos electos. La Junta Electoral Central los publica en el BOE.

Indra no participa en el conteo, solo en la transmisión de datos

La empresa Indra da soporte tecnológico a la transmisión de los datos electorales de las mesas, es decir, los datos provisionales, pero no participa en su recuento. La compañía remite al Ministerio del Interior para que este explique el proceso en estas elecciones europeas: durante la jornada electoral, los representantes de la Administración nombrados por las delegaciones y subdelegaciones del Gobierno en cada mesa electoral transmiten al centro de proceso de datos sobre la constitución de las mesas y los avances de participación, a las dos y a las seis de la tarde. Y, ya por la noche, ese mismo representante de la Administración recibe una copia del acta de escrutinio y la remite, tras acceder a través de una clave, al centro de datos por medio de un dispositivo móvil o, muy rara vez, por teléfono (en este caso, con un protocolo de comunicación especial). En el centro de datos, la empresa recibe esos datos, los totaliza y los difunde a través de varios medios: una web oficial, aplicaciones móviles, un repositorio al que tienen acceso los medios de comunicación y las ruedas de prensa.

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