El Supremo anula la condena a Pablo Echenique por atribuir una violación a un hombre asesinado
El tribunal considera que prima la libertad de expresión del diputado. La sala mantiene la condena contra Juan Manuel del Olmo, aunque reduce a 10.000 euros la indemnización que deberá pagar al hermano del fallecido
Pablo Echenique, portavoz de Unidas Podemos en el Congreso, finalmente no deberá indemnizar con 80.000 euros a la familia de Manuel López, un hombre asesinado hace 37 años al que atribuyó en una rueda de prensa una violación no probada. El diputado realizó esta acusación para defender a Pilar Baeza, candidata de la formación al Ayuntamiento de Ávila en las elecciones de 2019, y que en los años ochenta fue sentenciada por su colaboración en el crimen. Echenique fue condenado civilmente por un juzgado de primera instancia de Leganés y luego por la Audiencia Provincial de Madrid a resarcir al her...
Pablo Echenique, portavoz de Unidas Podemos en el Congreso, finalmente no deberá indemnizar con 80.000 euros a la familia de Manuel López, un hombre asesinado hace 37 años al que atribuyó en una rueda de prensa una violación no probada. El diputado realizó esta acusación para defender a Pilar Baeza, candidata de la formación al Ayuntamiento de Ávila en las elecciones de 2019, y que en los años ochenta fue sentenciada por su colaboración en el crimen. Echenique fue condenado civilmente por un juzgado de primera instancia de Leganés y luego por la Audiencia Provincial de Madrid a resarcir al hermano de la víctima con 80.000 euros por una supuesta vulneración del derecho al honor del fallecido. Sin embargo, la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha estimado el recurso de Echenique y ha anulado el fallo al considerar que prima la libertad de expresión del parlamentario. El alto tribunal mantiene la condena contra Juan Manuel del Olmo, antiguo miembro del gabinete del exvicepresidente Pablo Iglesias, aunque rebaja el importe de la indemnización a 10.000 euros.
Los dos dirigentes de Podemos defendieron públicamente a la candidata al Ayuntamiento de Ávila por su partido en las elecciones municipales, Pilar Baeza, cuando salió a la luz que había sido condenada a 30 años de prisión como colaboradora necesaria de aquel crimen, ejecutado por el novio de la mujer, a quien dijo que la víctima le había violado. “Son hechos que tuvieron lugar hacer 35 años y que se refieren a una mujer que fue violada”, aseguró Echenique. “Hace 35 años fue víctima de violación”, tuiteó Del Olmo. Esa supuesta violación, aparente móvil del crimen, sin embargo, nunca se probó.
A través de un fallo emitido este 13 de octubre, al que ha tenido acceso EL PAÍS, el tribunal da la razón parcialmente a Echenique, defendido por la abogada Marta Flor. Los magistrados recuerdan que el parlamentario, tras conocerse el caso de Baeza, respondió a un periodista en una rueda de prensa y se “limitó” a decir: “Remarcar que hablamos de hechos que tuvieron lugar hace 35 años, que se refieren a una mujer que fue violada”, además de “suscribir la declaración que había hecho el portavoz de Podemos en Castilla y León”. Con este contexto como telón de fondo, el Supremo considera que “se trató de una respuesta oral a una pregunta que le fue formulada”, por lo que “puede ser disculpable una cierta imprecisión, propia de la comunicación oral, acentuada por la inmediatez exigida por la respuesta” en un encuentro con periodistas.
“Las declaraciones de Echenique han de quedar amparadas por su derecho a la libertad de expresión. La cuestión sobre la que manifestó su opinión era de interés general, por la polémica suscitada con la publicación de la información sobre la candidata a la alcaldía de Ávila, y de ahí que un periodista le preguntara sobre ella”, prosigue el alto tribunal, que remacha: “Echenique no realizó una acusación directa [...] Su declaración puede interpretarse, más que como la imputación de haber cometido una violación a una persona concreta, como una muestra de solidaridad con su compañera de formación, en la que resaltó lo lejano de los hechos, dando credibilidad a la versión de Baeza”.
Un mensaje en Twitter
Sin embargo, los magistrados distinguen los casos de Echenique y Del Olmo. Este último publicó un mensaje en Twitter, que rezaba: “Abrazo a Pilar Baeza de Podemos Ávila. Hace 35 años fue víctima de una violación. Su novio entonces disparó al hombre que la violó. Ella fue condenada por complicidad y pagó su deuda con la sociedad”. El alto tribunal considera que estas afirmaciones “no fueron unas manifestaciones orales realizadas con la improvisación propia de una respuesta a una pregunta en una rueda de prensa”, sino que “se trató de una declaración escrita [...], que pudo, por tanto, ser realizada con detenimiento y reflexión”. “Del Olmo no se limitó a mostrar su solidaridad con su compañera de formación política, sino que imputó directamente al asesinado haber violado a Baeza”, remacha la sentencia.
“En contra de lo afirmado en el recurso, las tesis políticas que pueda defender este demandado no legitiman su conducta. No puede confundirse la lucha contra la violencia de género, plenamente legítima, con la acusación pública y directa a la víctima de un asesinato de ser el culpable de una violación respecto de cuya realidad no existe prueba”, afirma la resolución del 13 de octubre: “El Derecho es siempre una cuestión de límites. Ningún derecho es absoluto, de manera tal que prevalezca siempre y en todas las condiciones sobre los derechos de los demás”. Por ello, el Supremo mantiene la condena, pero reduce la sanción al considerar que las palabras de Del Olmo tuvieron una “menor trascendencia”, “porque no se trató de una rueda de prensa de uno de los máximos dirigentes del partido a nivel nacional, difundida por la mayoría de los medios, sino de un tuit publicado en su cuenta personal por un dirigente de segundo nivel de la formación política, con mucha menos trascendencia y repercusión en la opinión pública”.
Este dictamen difiere de la valoración que hizo la Fiscalía, que se pronunció a favor de anular las condenas de ambos por no haber ponderado de forma adecuada el contenido de las afirmaciones de los dos políticos y el “contexto electoral” en que se produjeron. Según fuentes de Podemos, en la formación no comparten la distinción entre los casos de Del Olmo y Echenique, y repiten que ambos eran cargos del partido y se encontraban protegidos por la libertad de expresión al tratarse de un tema de interés público.
Baeza, candidata local de Podemos en Ávila, fue condenada en los ochenta a 30 años de prisión como colaboradora necesaria del asesinato de Manuel López. Tenía entonces 23 años y le dijo a su novio que la víctima le había violado. Según la sentencia, que nunca dio por probada la violación, ella misma consiguió la escopeta que usó su pareja para el crimen, por el que cumplió pena de cárcel. “Claro que me arrepiento, cómo no me voy a arrepentir”, dijo Baeza en 2019, en una entrevista en EL PAÍS.
Ante la repercusión que tuvo la candidatura de Baeza, tanto Del Olmo como Echenique salieron a defenderla. Y sus palabras acabaron en los tribunales. Los demandó el hermano de la víctima, Víctor López, por vulnerar el derecho al honor del hombre asesinado en 1985. Reclamaba 300.000 euros de indemnización. La causa también se dirigió contra Podemos como persona jurídica, pero el partido salió absuelto ya en primera instancia.