La justicia europea restituye la inmunidad a Puigdemont de forma cautelar

El Tribunal de Justicia de la UE entiende que existe “una gran probabilidad” de que el expresidente de la Generalitat sea detenido

Carles Puigdemont, el pasado dia 3 de mayo, en un momento en el Parlamento europeo.JULIEN WARNAND (EFE)

El caso del expresidente de la Generalitat catalana Carles Puigdemont, huido de la justicia española desde noviembre de 2017, sigue avanzando de forma laberíntica en la UE. Este martes, el político independentista ha cosechado una victoria puntual: el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha decidido devolverle de modo cautelar la inmunidad de la que gozaba como eurodiputado hasta julio de 2021, al entender que existe “una elevada probabilidad” de que sea detenido, lo cual le provocaría “un perjuicio grave e irreparable”.

La medida implica que Puigdemont, residente en Bélgica,...

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El caso del expresidente de la Generalitat catalana Carles Puigdemont, huido de la justicia española desde noviembre de 2017, sigue avanzando de forma laberíntica en la UE. Este martes, el político independentista ha cosechado una victoria puntual: el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha decidido devolverle de modo cautelar la inmunidad de la que gozaba como eurodiputado hasta julio de 2021, al entender que existe “una elevada probabilidad” de que sea detenido, lo cual le provocaría “un perjuicio grave e irreparable”.

La medida implica que Puigdemont, residente en Bélgica, vuelve a gozar, de manera provisional, de su protección para poder viajar por la UE en el ejercicio de sus funciones como europarlamentario. La decisión también afecta a los otros dos eurodiputados y exconsejeros de la Generalitat reclamados por la justicia española: Toni Comín y Clara Ponsatí. El TJUE considera, además, “a primera vista”, que el eurodiputado de Ciudadanos Adrián Vázquez, presidente de la comisión de la Eurocámara donde se sustanció el proceso para retirar la inmunidad a los tres políticos independentistas, ha podido manifestar una toma de partido o un “prejuicio personal” desfavorable a los eurodiputados.

El auto del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) emitido este martes anula otro anterior de una instancia inferior, el Tribunal General de la UE (TGUE). Este había decidido revocar, en julio de 2021, la protección provisional de la que gozaba Puigdemont como eurodiputado, al considerar que no había razón para creer que el expresident y sus exconsejeros pudieran ser detenidos si se les retiraba la inmunidad.

Todas estas decisiones, la inicial del Tribunal General y la del TJUE este martes, son cautelares. El asunto de fondo ―si Puigdemont, Comín y Ponsatí deben recuperar de forma definitiva su inmunidad parlamentaria y por tanto no ser entregados a la justicia española, que los reclama desde hace cuatro años y medio por sedición y malversación― sigue su curso en el seno del Tribunal General de la UE, que continúa deliberando.

Órdenes de detención

El auto del TJUE recapitula un caso que se remonta a marzo de 2021, cuando el pleno del Parlamento Europeo aprobó retirar la inmunidad a Puigdemont, Comín y Ponsatí, lo que permitía reactivar las euroórdenes de detención contra ellos. La decisión fue inmediatamente recurrida por los eurodiputados afectados ante la justicia europea. En junio les fue concedida una inmunidad provisional como medida cautelar, pero esta fue revocada en julio, al considerar el TGUE que no corrían riesgo de ser detenidos. En septiembre de 2021, sin embargo, Puigdemont fue arrestado en Cerdeña (Italia) en cumplimiento de la orden de detención europea dictada contra él por la justicia española.

El vicepresidente del Tribunal de Justicia subraya en el auto de este martes que el hecho de que las euroórdenes figuren en el sistema de información Schengen obliga a las autoridades de un país (como sucedió en Italia) a proceder a la detención de las personas objeto de esas descripciones, por lo que existe “una elevada probabilidad de que dicha persona sea detenida”.

Por lo tanto, dice ahora el TJUE, “el Vicepresidente del Tribunal General cometió un error sobre la calificación jurídica de los hechos al considerar que los diputados no habían demostrado con un grado de probabilidad suficiente que su detención fuera previsible, pues lo es mientras las descripciones del SIS II [el sistema de información de Schengen] no hayan sido retiradas por las autoridades españolas”. En opinión del Vicepresidente del Tribunal de Justicia, es obvio que la detención de un miembro del Parlamento, en su caso durante varias semanas, a la espera de la adopción de una decisión sobre su entrega, puede causarle un perjuicio grave e irreparable.

Al entrar a valorar distintos aspectos del caso para poder pronunciarse sobre las medidas provisionales, aunque sin entrar en el fondo del asunto, el auto señala al eurodiputado de ciudadanos Adrián Vázquez, presidente de la comisión de Asuntos Jurídicos del Parlamento Europeo, donde se tramitó el proceso de los suplicatorios, y a su ponente, el búlgaro Angel Dzhambazki, del grupo de los Conservadores y Reformistas Europeos (ECR) en el que también se sienta Vox.

El vicepresidente del TJUE considera los comportamientos de ambos “pueden, a primera vista, manifestar una toma de partido o un prejuicio personal desfavorable hacia los recurrentes”. No cabe, además, descartar que la pertenencia del ponente al mismo grupo parlamentario en el que está Vox “pueda suscitar dudas legítimas sobre un potencial prejuicio contra los diputados”, concluye el Tribunal de Justicia.

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