Una jueza archiva la causa contra el director de la Policía por no facilitar material anticovid a los agentes

La magistrada concluye que durante la instrucción no han aparecido pruebas de que él y una comisaria cometieran ninguno delito “ni doloso ni culposo ni imprudente”

El director general de la Policía Nacional, Francisco Pardo, en un acto celebrado en Madrid el pasado enero.Rodrigo Jiménez (EFE)

La titular del Juzgado de Instrucción 34 de Madrid, Coro Monreal, ha archivado la causa abierta contra el director general de la Policía, Francisco Pardo, y la que fuera su número tres, la comisaria Pilar Allué, a los que el sindicato Justicia Policial (Jupol) acusaba de un presunto delit...

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La titular del Juzgado de Instrucción 34 de Madrid, Coro Monreal, ha archivado la causa abierta contra el director general de la Policía, Francisco Pardo, y la que fuera su número tres, la comisaria Pilar Allué, a los que el sindicato Justicia Policial (Jupol) acusaba de un presunto delito contra la seguridad e higiene en el trabajo al no haber proporcionado a los agentes material de protección frente al coronavirus al comienzo de la pandemia. En su resolución judicial, fechada el 3 de diciembre y conocida este miércoles, la jueza considera que de la investigación de los hechos recogidos en la querella no han aparecido pruebas de que Pardo y su subordinada hubieran perpetrado ninguna infracción penal “ni en su modalidad dolosa ni culposa ni imprudente”, según el auto al que ha tenido acceso EL PAÍS. La decisión de la magistrada no es firme y puede ser recurrida.

En septiembre de 2020, la jueza había rechazado admitir la querella de Jupol, mayoritario entre los agentes y enfrentado al Gobierno. Aquella decisión fue recurrida por el sindicato y provocó que la Audiencia Provincial de Madrid le ordenara el pasado enero investigar al alto cargo de Interior y a la responsable policial. Tanto entonces como ahora, la Fiscalía defendió el archivo de la causa al considerar, en primer lugar, la inexistencia de un delito y, ahora, que las pesquisas habían “acreditado” que la dirección general había comprado material de protección para los policías en fechas anteriores a la declaración del estado de alarma, así como su “efectiva entrega”.

Ahora, la jueza concluye que, durante la instrucción de la causa, no han surgido suficientes indicios de criminalidad para considerar probada la existencia de un delito, ni pruebas de la vinculación del director de la Policía o la comisaria con los hechos por los que se les investigaba. En el auto, la magistrada también rechaza la práctica de las nuevas pruebas solicitadas por el sindicato policial —había reclamado que el Ministerio del Interior aportase las facturas de la compra de guantes y mascarillas durante 2018 y 2019— al considerarlas “innecesarias”, ya que se referían a una etapa anterior al inicio la pandemia y, por tanto, fuera del periodo investigado. Por todo ello, la jueza ha decretado el sobreseimiento provisional y el archivo de las actuaciones.

La querella del sindicato policial era en su origen mucho más amplia a lo finalmente investigado. Incluía el delito de prevaricación y, además de contra Pardo y la comisaria Allué, se dirigía contra otras siete personas, entre ellas el secretario de Estado de Seguridad, Rafael Pérez; el entonces delegado del Gobierno en Madrid, José Manuel Franco, y Fernando Simón, director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias del Ministerio de Sanidad. Estos dos últimos, ya habían sido denunciados con anterioridad por la supuesta propagación de la enfermedad coincidiendo con la manifestación del 8-M en una causa que fue investigada por otro juzgado de Madrid y que también fue archivada.

Tras rechazar la jueza su admisión a trámite, la Audiencia Provincial admitió parcialmente el recurso de Jupol contra esta decisión y ordenó abrir la causa en enero pasado, pero limitó su extensión. Redujo los investigados al director de la policía y a su subordinada, y ciñó las pesquisas al delito contra la seguridad e higiene en el trabajo. Los magistrados consideraban entonces que, de los hechos relatados en la querella, no podía “descartarse la existencia de indicios suficientes que justifican la incoación [activación] del procedimiento penal para dar inicio a su investigación judicial”.

En este sentido, recordaban que en diciembre de 2020 el Tribunal Supremo había dictado un auto en el que, al rechazar investigar a miembros del Gobierno por su gestión de la pandemia, instaba a los juzgados ordinarios a emprender “una exhaustiva investigación” en el caso de que tuvieran indicios de la supuesta omisión de medidas de protección para sanitarios o policías durante la primera ola de la pandemia.

Aquella decisión del tribunal contrastó con la que había tomado la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional unos meses antes, cuando rechazó la pretensión de tres sindicatos policiales de que se ordenase a Interior entregar equipos de protección individual y test de detección de la enfermedad a los agentes. Entonces, este órgano judicial hizo un repaso de las actuaciones que habían adoptado tanto el ministerio como la Dirección General de la Policía a raíz de la declaración del estado de alarma y su “ingente esfuerzo” para el acopio de material de protección para los agentes. Este tribunal ya destacaba que las gestiones de Interior para adquirir equipos de protección contra la covid se remontaban al 25 de enero de aquel año, cuando aún no se había detectado ningún caso de la enfermedad en España.

Este miércoles, Francisco Pardo, en una comparecencia en la comisión de Interior del Congreso ha detallado que, desde el inicio de la pandemia, su departamento había repartido a los policías más de 22 millones de mascarillas de diferentes tipos y 12 millones de guantes. También que el 83% de los agentes se había realizado alguna prueba de detección de la enfermedad. “La incidencia [de la enfermedad] en la Policía ha sido menor que en el conjunto de la sociedad”, ha destacado en una intervención en la que se ha felicitado, precisamente, del archivo de la causa contra él y la comisaria Allué.

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