El Tribunal de Cuentas defiende su “plena independencia” para controlar el uso del dinero público

El órgano fiscalizador sale al paso de las críticas surgidas a su labor desde ámbitos del Gobierno y los partidos independentistas

Fachada del Tribunal de Cuentas, en Madrid.Jaime Villanueva

El Tribunal de Cuentas ha salido en defensa de su independencia mediante la difusión de una “nota aclaratoria” en la que replica de forma clara a las diversas críticas que ha recibido en los últimos días por su actual composición, con siete de sus 11 consejeros elegidos a propuesta del PP. Estas críticas han coincidido, por otra parte, c...

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El Tribunal de Cuentas ha salido en defensa de su independencia mediante la difusión de una “nota aclaratoria” en la que replica de forma clara a las diversas críticas que ha recibido en los últimos días por su actual composición, con siete de sus 11 consejeros elegidos a propuesta del PP. Estas críticas han coincidido, por otra parte, con la tramitación del expediente contra dirigentes independentistas por supuesta responsabilidad contable relacionada con los fondos gastados indebidamente en la acción exterior para buscar apoyo internacional al procés, un asunto que el ministro de Fomento, José Luis Ábalos, identificó como “piedra en el camino” para lograr avances en el diálogo entre el Gobierno y la Generalitat.

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Sin aludir de forma directa a ninguna de estas polémicas, la nota del Tribunal de Cuentas aclara que “es un órgano constitucional (artículo 136 de la Constitución española) que goza de plena independencia en el ejercicio de sus funciones, sometido tan solo al ordenamiento jurídico”. Fuentes del propio tribunal han admitido que esta primera afirmación de su comunicado pretende esencialmente salir al paso de la idea de que este organismo esté al servicio de partido político alguno, y singularmente del PP, dada su actual mayoría conservadora.

La nota subraya que el Tribunal de Cuentas “ejerce con carácter supremo la función fiscalizadora del sector público, de naturaleza eminentemente técnica, con arreglo a normas y procedimientos de auditoría acordes a las normas internacionales para el ejercicio de esta función”. Explica asimismo que “los informes de fiscalización son aprobados por el pleno del Tribunal de Cuentas y no pueden ser modificados por otras instancias, ni recurridos”, para añadir que “el destinatario principal de dichos informes son las Cortes Generales”. Junto a ello, se indica sobre la relevancia del tribunal que su “misión” es “contribuir a promover la buena gestión y salvaguardar los fondos públicos desde el ejercicio profesional de sus funciones fiscalizadora y jurisdiccional”.

El Tribunal de Cuentas también quiere dejar claro con su comunicado que no es un órgano político, sino garante de la legalidad en un ámbito concreto, el del control del buen uso del dinero público. El comunicado destaca en este sentido que el tribunal “ejerce una función jurisdiccional dirigida a enjuiciar responsabilidades contables para obtener la restitución de los fondos públicos ante usos indebidos de los mismos”. La expresión “función jurisdiccional” tiene especial relevancia en este contexto, porque desde distintos ámbitos, en especial desde los partidos independentistas, se ha cuestionado la labor del Tribunal de Cuentas por tratarse de una instancia específica que no forma parte del poder judicial. El Tribunal de Cuentas reivindica, en suma, sus competencias para llevar a cabo procedimientos que se atienen a reglas procesales concretas y concluyen por sentencia, recurrible, en su caso, ante el Tribunal Supremo.

En cuanto a la procedencia de sus miembros, el Tribunal de Cuentas afirma que “los consejeros y consejeras de cuentas de la institución son elegidos por mayorías cualificadas de tres quintos de los plenos del Congreso de los Diputados y del Senado, y son independientes e inamovibles conforme a la Constitución”. Por otro lado, el comunicado hace frente a las críticas de endogamia surgidas con respecto a las relaciones de parentesco existentes entre algunos de sus miembros. A este respecto, afirma que “el personal está integrado por profesionales altamente cualificados que han accedido al tribunal por los procedimientos de ingreso en la función pública previstos en las leyes”.

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