El confinamiento disparó las quejas al Defensor del Pueblo por abusos policiales

El nuevo informe de la institución destaca que el año pasado se registraron 38 denuncias por malos tratos de los agentes y otras 206 por trato incorrecto, frente a las 17 y 89, respectivamente, del año anterior

Agentes de la Policía Nacional realizan un control de tráfico en la ciudad de Málaga en abril de 2020, durante el primer estado de alarma.Garcia-Santos

Los supuestos excesos en la actuación policial durante el confinamiento ocupan un lugar destacado en el último informe anual del Defensor del Pueblo, remitido telemáticamente este jueves al Congreso y al Senado. El documento destaca que, en 2020, la institución que dirige en funciones Francisco Fernández Marugán recibió un número de quejas por supuestos malos tratos o trato incorrecto por parte de agentes “notablemente” superior a lo que era habitual en los últimos ocho años. Así, llegaron 38 denuncias de malos tratos frente a las 17 del año anterior o las 22 de 2018. Hay que remontarse a 2012...

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Los supuestos excesos en la actuación policial durante el confinamiento ocupan un lugar destacado en el último informe anual del Defensor del Pueblo, remitido telemáticamente este jueves al Congreso y al Senado. El documento destaca que, en 2020, la institución que dirige en funciones Francisco Fernández Marugán recibió un número de quejas por supuestos malos tratos o trato incorrecto por parte de agentes “notablemente” superior a lo que era habitual en los últimos ocho años. Así, llegaron 38 denuncias de malos tratos frente a las 17 del año anterior o las 22 de 2018. Hay que remontarse a 2012 para encontrar una cifra cercana, pero aún sensiblemente inferior. Entonces fueron 32.

Superior fue el número de demandas por trato incorrecto, que alcanzaron las 206. En los dos años anteriores habían sido 89 y 67 respectivamente. Nunca antes se había superado el centenar. El Defensor vincula este incremento al “rol que ha debido asumir la policía durante el estado de alarma y el rechazo de los ciudadanos a algunos comportamientos y denuncias interpuestas por presunta infracción de las limitaciones a la libertad de circulación, sobre todo en el primer estado de alarma”, que se prolongó durante 98 días entre el 14 de marzo de 2020 y el 21 de junio de ese mismo año.

Durante estos tres meses, colectivos pro derechos humanos ya denunciaron abusos policiales tras la difusión en redes sociales de vídeos que recogían supuestos episodios de excesos por parte de agentes durante el dispositivo desplegado para hacer cumplir las medidas de restricción de movimiento de los ciudadanos. El Ministerio del Interior reconoció entonces en una respuesta parlamentaria que había abierto expediente a dos guardias civiles y cuatro policías nacionales por actuaciones presuntamente irregulares. El propio ministro Fernando Grande-Marlaska admitió también durante su comparecencia en la Comisión de Interior del Congreso del 23 de abril del año pasado que se podían haber producido un “mínimo” número de “disfunciones e irregularidades” en la actuación de las Fuerzas de Seguridad.

En este sentido, el nuevo informe del Defensor del Pueblo recoge el caso de dos sanitarios que realizaban en aquellas fechas labores de asistencia médica de urgencia en Los Alcázares y San Javier (Murcia) y que “sin motivo alguno que los justificara, recibieron un trato denigrante de varios agentes de la Policía local por supuesto incumplimiento del confinamiento mientras desarrollaban su trabajo”. La institución destaca que envió dos sugerencias a ambos ayuntamientos para que dejaran sin efecto las sanciones impuestas por los agentes a ambos sanitarios, pero que estas “no fueron aceptadas” por los consistorios.

El informe de Defensor también destaca las numerosas quejas presentadas por “la forma en la que las Fuerzas de Seguridad” aplicaron en esos meses las restricciones a la movilidad y por el uso que hicieron de la Ley Orgánica de Seguridad Ciudadana —conocida como ley mordaza “como herramienta sancionadora”. Y en concreto, su artículo 36.6, que contemplaba sancionar por falta grave —de 601 a 30.000 euros— las desobediencias a las Fuerzas de Seguridad. Grande-Marlaska dejó claro desde el primer momento que Interior apostaba por la mano dura contra los “insolidarios” durante el estado de alarma.

Con la Ley de Seguridad Ciudadana como instrumento base, su departamento puso en marcha una política punitiva que disparó el número de sanciones y que llevó al Defensor a pedir, en abril del año pasado, información sobre las multas tramitadas para determinar si la policía había actuado “de manera correcta y proporcional”. Durante aquellos tres meses del primer estado de alarma, las Fuerzas de Seguridad propusieron 1,1 millones de multas y efectuaron más de 9.000 detenciones. En 2019, el artículo 36.6 de esta ley se había utilizado para incoar tan solo 14.747 expedientes sancionadores.

En este sentido, la institución recalca su “posición crítica sobre la idoneidad” de aplicar durante el confinamiento, como lo hizo el Gobierno, la ley mordaza al considerar que esta norma no estaba pensada para abordar la situación que planteada por el coronavirus. El informe destaca que esta ley “podía suponer el pago de multas exorbitadas a personas que, además, habían perdido el empleo o reducido drásticamente sus ingresos como consecuencia de los demoledores efectos económicos de la pandemia”. El Defensor también denuncia que se utilizó un único artículo, el 36.6, para castigar “todas las conductas contrarias a lo dispuesto en el real decreto por el que se decretaba el estado de alarma y sus distintas prórrogas”

Por todo ello, la institución insiste a pedir, como ya ha hecho en sus anteriores informes anuales, “la reforma de algunos aspectos” de la ley mordaza y, en concreto, “de aquellos artículos que más protestas y discrepancia han suscitado en la sociedad civil” pese a que el Tribunal Constitucional avaló, el pasado noviembre, la norma en prácticamente en todos sus extremos. La sentencia, aprobada por nueve votos a favor y dos en contra, solo eliminó por inconstitucional un inciso del artículo 36 de la ley, que perseguía el uso “no autorizado” de grabaciones en las que aparecieran miembros de las Fuerzas de Seguridad.

El Defensor vuelve a recalcar la necesidad de reformar los artículos 20.2, 37 y 36.23, referidos a los registros corporales y los derechos de reunión y manifestación, y de expresión e información. “A pesar del tiempo transcurrido desde su entrada en vigor [la ley fue aprobada por el Gobierno de Mariano Rajoy en 2015] y las diversas mayorías parlamentarias que ha habido, sigue sin procederse a dicha reforma”, destaca la institución, que incide en la necesidad de buscar “acuerdos que permitan llevarla a cabo, al menos de aquellos artículos más polémicos, y conseguir el adecuado equilibrio entre libertad y seguridad”.

Mientras esta reforma llega, el documento reclama que se sigan aplicando las recomendaciones emitidas en años anteriores a las delegaciones del gobierno, responsables de resolver los expedientes, para que realicen la práctica de todas aquellas pruebas que pudieran llevar a un mejor esclarecimiento de los hechos denunciados y, sobre todo, se precise por parte de los agentes “con mayor exactitud la infracción cometida”. En este sentido, el informe recuerda tres quejas remitidas por ciudadanos a la institución como ejemplo de la mala aplicación de la ley mordaza durante el estado de alarma, entre ellas el inicio por parte del Ayuntamiento de Eivissa de un expediente sancionador contra el voluntario de una ONG que repartía alimentos en un local cedido por un particular en abril de 2020, durante el confinamiento.

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