El Poder Judicial renuncia a prolongar ante el Constitucional el choque con el Gobierno por la ley que limita sus funciones

Los vocales rechazan por 13 votos a 8 impugnar la reforma legal

El presidente del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes (a la izquierda), en un pleno del CGPJ en Pontevedra en enero.Salvador Sas (EFE)

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha renunciado este miércoles a prolongar el choque con el Gobierno y el Congreso a cuenta de la reforma legal que restringe las atribuciones del órgano de gobierno de los jueces cuando, como ahora, está en funciones. El pleno que preside Carlos Lesmes ha rechazado por 13 votos a 8 la propuesta registrada por ocho vocales de llevar la ley al Tribunal Constitucional mediante un ...

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El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha renunciado este miércoles a prolongar el choque con el Gobierno y el Congreso a cuenta de la reforma legal que restringe las atribuciones del órgano de gobierno de los jueces cuando, como ahora, está en funciones. El pleno que preside Carlos Lesmes ha rechazado por 13 votos a 8 la propuesta registrada por ocho vocales de llevar la ley al Tribunal Constitucional mediante un conflicto entre órganos constitucionales, una figura que reserva al tribunal de garantías la competencia para resolver controversias entre los poderes del Estado. Los vocales han desestimado también con el mismo número de votos la otra opción que se debatía: pedirle al Defensor del Pueblo que presentara un recurso de inconstitucionalidad contra la reforma legal.

La reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) que entró en vigor a finales de marzo ha protagonizado un intenso conflicto entre los tres poderes del Estado. De un lado, el Ejecutivo —ideólogo e impulsor de la norma a través de los socios de gobierno, PSOE y Unidas Podemos— y el Legislativo —que tramitó la reforma por la vía exprés y contra quien se proponía presentar el conflicto—; de otro, el Judicial, cuyo actual órgano de gobierno, que tiene el mandato prorrogado desde diciembre de 2018, se ha visto desposeído de su atribución más relevante: el nombramiento discrecional de los altos cargos de la cúpula de la judicatura. El Consejo se ha reunido este miércoles en sesión extraordinaria para tomar una decisión: si persistir en la pugna o retirarse. Y ha optado por lo segundo.

Conflicto entre órganos

El rechazo a acudir al Constitucional no implica, aseguran las fuentes consultadas dentro del órgano, que una mayoría de vocales den por buena la norma. Entre los miembros del ala conservadora, según estas fuentes, son más los que sostienen que la ley es inconstitucional, pero el Consejo no puede presentar recursos de inconstitucionalidad y la figura del conflicto entre órganos constitucionales es la única vía de impugnación abierta al órgano de gobierno de los jueces. Varios miembros del sector conservador que desde el principio se han mostrado muy contrarios a la norma se han opuesto a impugnarla porque consideran que el conflicto entre órganos constitucionales, pensado para cuando un órgano considera que otro ha asumido una de las atribuciones que la Constitución le reserva, estaba abocado al fracaso.

Esta postura la defendió especialmente el vocal José María Macías, que presento un voto particular concurrente con la decisión mayoritaria, en el que advierte que no quiere que su voto “se confunda con una aceptación de la bondad de esa Ley. “A mi juicio, la Ley es inconstitucional, gravemente inconstitucional, socava la independencia judicial y atenta contra los pilares que definen el Estado de Derecho en una sociedad democrática moderna”, sostiene el vocal, abogado de profesión y miembro del Consejo a propuesta del PP. En un durísimo escrito contra la reforma impulsada por PSOE y Unidas Podemos, Macías desgrana los criterios de inconstitucionalidad que, a su juicio, presenta la reforma legal y asegura que la propuesta que debatió el pleno “se queda muy corta al describir los defectos de inconstitucionalidad de la Ley, que son tanto formales como materiales”.

Con todo, Macías explica que no ha apoyado la presentación del conflicto entre órganos constitucionales porque la vía adecuada para la impugnación no es esa sino el recurso de inconstitucionalidad. “En un momento en el que legislador y gobierno han tensado las costuras del Estado de Derecho con su maltrato al poder judicial hasta extremos no conocidos hasta ahora, entiendo que no es inteligente que sea el CGPJ quien tense al Tribunal Constitucional planteando un debate cuya sede natural no es la del conflicto de atribuciones, sino el recurso de inconstitucionalidad”, señala el vocal.

La propuesta de acudir al Constitucional estaba avalada por ocho de los 12 miembros propuestos en su día por el PP para integrar el Consejo: Rafael Fernández Valverde, Carmen Llombart, José Antonio Ballestero, Gerardo Martínez Tristán, Juan Manuel Fernández, Juan Martínez Moya, Nuria Díaz y Ángeles Carmona. Pero necesitaba tres votos más para conseguir los once necesarios para resultar aprobada y no consiguieron recabar ninguno. En contra de llevar el conflicto ante el Constitucional votaron el presidente del Consejo, Carlos Lesmes; tres de los vocales elegidos por el PP (Macías, Wenceslao Olea y Vicente Guilarte ) y los propuestos por PSOE, IU y PNV.

Los ocho impulsores de la propuesta rechazada emitieron un comunicado tras el pleno en el que explican que su intención al defender esta opción ha sido “salvaguardar el principio fundamental de la división de poderes” y consideran que el Consejo debió dirigirse a las Cortes solicitando que dejasen sin efecto la ley “al producir un menoscabo en algunas de las principales competencias que la Constitución le encomienda” al órgano de gobierno de los jueces. “Los ocho vocales quieren poner de manifiesto que ninguno de los asistentes al Pleno ha defendido la bondad constitucional de dicha ley”, concluyen su escrito.

No se recurrirá al Defensor del Pueblo

El pleno ha rechazado —también por 13 votos a 8— una vía indirecta de impugnación que también se sometió a debate: pedir al Defensor del Pueblo —legitimado para presentar un recurso de inconstitucionalidad— que recurra la norma. El tribunal, no obstante, tendrá que pronunciarse sobre la reforma legal porque Vox ya la ha recurrido y el PP ha impugnado la decisión de PSOE y Unidas Podemos de tramitarla por la vía exprés.

El órgano de gobierno de los jueces también ha aprobado la contestación a las preguntas remitidas por la Comisión Europea en el marco de la preparación del informe sobre el Estado de Derecho 2021. En este caso, los vocales debatieron un borrador redactado por la vocal Nuria Díaz que, en respuesta a una de las preguntas formuladas por Bruselas, advertía del “impacto” para el Tribunal Supremo de la ley que impide al Consejo realizar nombramientos discrecionales estando en funciones. Durante el debate se pactaron leves cambios a la propuesta de la vocal Díaz, los más significativos relativos, precisamente, a la respuesta sobre cómo afecta la reforma legal al funcionamiento de la Justicia. El borrador inicial solo señalaba que en el Supremo hay actualmente siete vacantes que, tras el veto a los nombramientos, ya no se pueden cubrir. El pleno acordó introducir un nuevo párrafo que advierte de que, a fecha 30 de abril de 2021, se habrán producido ocho vacantes en el Supremo, sobre una planta de 80 magistrados (lo que representa un porcentaje del 10%) y 22 puestos gubernativos vacantes sobre un total de 117 (lo que supone un porcentaje del 18,80%). El texto final obtuvo 17 votos a favor, 3 en contra –los de los vocales Enrique Lucas, Clara Martínez de Careaga y Concepción Sáez- y uno en blanco –Roser Bach-.


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