“No descansar hasta expulsar al moro invasor”: dos años de cárcel por incitar al odio en las redes
Un vecino de Tenerife es condenado por publicar contenidos en Twitter y Facebook contra la población musulmana y la inmigración, y por instar a atacarla
Juan Antonio Méndez Rancel, un vecino de 45 años del municipio tinerfeño de Tacoronte, no es un músico famoso o un influencer. Su cuenta de Twitter apenas contaba con 270 seguidores cuando estaba activa. En Facebook, su perfil semiprivado —solo accesible por completo a sus amigos en la red— contaba con más: casi 5.000. Pero el escaso alcance de sus publicaciones racistas no ha evitado que este miércoles haya sido condenado a dos años de prisión por un delito de incitación al odio.
Durante 2017 y 2018, Méndez Rancel vertió todo tipo de mensajes en sus redes sociales contra la pobl...
Juan Antonio Méndez Rancel, un vecino de 45 años del municipio tinerfeño de Tacoronte, no es un músico famoso o un influencer. Su cuenta de Twitter apenas contaba con 270 seguidores cuando estaba activa. En Facebook, su perfil semiprivado —solo accesible por completo a sus amigos en la red— contaba con más: casi 5.000. Pero el escaso alcance de sus publicaciones racistas no ha evitado que este miércoles haya sido condenado a dos años de prisión por un delito de incitación al odio.
Durante 2017 y 2018, Méndez Rancel vertió todo tipo de mensajes en sus redes sociales contra la población musulmana y los inmigrantes. Además, en ellos incitaba abiertamente, haciendo apología de la extrema derecha, a dirigir acciones violentas contra esos colectivos, según recoge la sentencia de la causa. Sus publicaciones estaban cargadas de violencia y alguna falta de ortografía: “Hijo puta negro de mierda yo ya armado para todos los días y el primero va a pagar por todos”, “me están ganas de dejarlo todo y dedicarme solo a matar moros haber [sic] si así cogen miedo y no vienen”; “no descansar hasta expulsar al moro invasor a rezar a su puto país”; “Feliz domingo día del señor y de cargarnos alguna mezquita. Por Dios y Por España. Siempre fieles”, según relata la sentencia emitida por los tres magistrados que han juzgado el caso. El contenido ya ha sido retirado de las redes sociales.
Las proclamas de Méndez Rancel llegaron a oídos del Grupo de Información de la Guardia Civil en Tenerife, que inició una investigación que terminó en la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife. Los investigadores pidieron autorización judicial para solicitar datos a Facebook y Twitter sobre la persona que publicaba los comentarios, y confirmar así su identidad, y también para salvaguardar los mensajes para usarlos como pruebas en el caso.
Delitos en aumento
“Desde que estalló la pandemia, este tipo de delitos ha aumentado mucho”, asegura la fiscal delegada de Delitos de Odio, Enriqueta de Armas, que se ocupa de este tipo de casos desde 2013 y fue la persona encargada de instruir este caso. Los últimos datos oficiales del Ministerio de Interior se remontan a 2019. Ese año, las denuncias por delitos de odio crecieron el 6,8%, hasta 1.706 casos.
De Armas avisa, además, del desconocimiento entre la población sobre las consecuencias de publicar mensajes racistas o violentos en redes. Durante la fase de instrucción, el condenado aseguró que no pensaba que sus expresiones constituyeran delito. También aseguró que los administradores de las redes sociales lo bloquearon cinco veces, pero dijo que estaba convencido de que esa sería toda la pena que recibiría por su comportamiento. Fuentes judiciales señalan que el condenado usó como argumento que él no era el creador del contenido buena parte de las veces, sino que se había limitado a compartir mensajes ajenos entre sus seguidores en Twitter y amigos en Facebook.
El artículo 510 del Código Penal prevé penas de seis meses a cuatro años de prisión para quienes “públicamente fomenten, promuevan o inciten directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo, una parte del mismo o contra una persona determinada por razón de su pertenencia a aquel, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias”. Este artículo legal ha estado en el ojo público recientemente debido al encarcelamiento del rapero Pablo Hásel por enaltecimiento del terrorismo e injurias a la Corona y por la modificación del Código Penal que está estudiando el Ejecutivo de Pedro Sánchez para que delitos como el del artista no impliquen una pena de prisión.
Los casos que contempla el Código Penal por ataque a extranjeros no se circunscriben a las redes sociales. La Fiscalía de Madrid ha abierto esta semana una investigación por un posible delito de odio en un cartel electoral de Vox colocado en la estación de Cercanías de la Puerta del Sol en el que compara las pensiones de los mayores con el coste mensual que paga la Comunidad por los menores extranjeros no acompañados. En febrero, la Fiscalía abrió diligencias ante las proclamas antisemitas lanzadas en un homenaje neonazi a la División Azul celebrado el pasado 13 de febrero en Madrid, en el que una dirigente falangista sentenció: “El judío es el culpable”.