El cierre de fronteras paraliza la expulsión de dos yihadistas tras cumplir sus condenas

Los dos terroristas están sometidos a libertad vigilada por orden judicial a la espera de que Marruecos reabra su territorio

Mohamed Akaarir, durante el juicio celebrado en la Audiencia Nacional en noviembre de 2016.

Las medidas de excepción aplicadas en España para frenar la expansión del coronavirus han tenido algunas consecuencias negativas en la lucha antiterrorista. Al menos dos yihadistas que han terminado de cumplir sus condenas durante el estado de alarma no han podido ser expulsados a su país de origen, Marruecos, por permanecer cerradas las fronteras desde el estallido de la crisis sanitaria. ...

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Las medidas de excepción aplicadas en España para frenar la expansión del coronavirus han tenido algunas consecuencias negativas en la lucha antiterrorista. Al menos dos yihadistas que han terminado de cumplir sus condenas durante el estado de alarma no han podido ser expulsados a su país de origen, Marruecos, por permanecer cerradas las fronteras desde el estallido de la crisis sanitaria. Un tercer terrorista, este de origen francés, sí pudo ser entregado a las autoridades de París el pasado 8 de mayo, según confirman fuentes policiales.

Los yihadistas cuya expulsión se ha visto paralizada son Mohamed Akaarir y Nassira Benayad. El primero fue detenido en Gipuzkoa en 2016 y condenado en mayo del año siguiente por el Tribunal Supremo a dos años y dos meses de cárcel por enaltecimiento del terrorismo por difundir material radical en Internet. La sentencia recogía que, una vez cumplidas las dos terceras partes de la pena, sería expulsado del territorio español y se prohibiría su regreso durante seis años. Nassira Benayad fue juzgada en la Audiencia Nacional en diciembre de 2016 como integrante de una célula del Estado Islámico (ISIS, en sus siglas en inglés) que había desplegado en Barcelona una gran actividad propagandística y de captación de adeptos para viajar a Siria e Irak. Condenada a cinco años de prisión, el fallo también contemplaba su repatriación a Marruecos una vez extinguida la pena.

La expulsión a sus países de origen de los extranjeros condenados está contemplada en el artículo 57.2 de la Ley de Extranjería, que permite aplicar esta medida cuando la pena es superior a un año de cárcel. El expediente administrativo se tramita mientras permanecen en prisión y, unos días antes de que cumpla la pena, el centro penitenciario se pone en contacto con el tribunal sentenciador para comunicar la próxima puesta en libertad. Ese día, la policía acude a las puertas de prisión y le devuelve a su país escoltado por agentes que garantizan la entrega a las autoridades del país de destino. Así se procedió, por ejemplo, con varios de los condenados por los atentados del 11-M, entre ellos Rafá Zouhier, el intermediario que permitió a la célula islamista que los perpetró adquirir el explosivo.

Estos eran también los pasos previstos ahora para Akaarir y Benayad, pero el cierre de fronteras que las autoridades de Rabat decretaron el 13 de marzo —un día antes de que el Gobierno de Pedro Sánchez activara el estado de alarma y tomara una medida similar— ha impedido ejecutar su expulsión, así como otras previstas de reclusos condenados por otros delitos. Fuentes policiales añaden que, en esta ocasión, tampoco se les ha podido ingresar a la espera de la reapertura de las fronteras en un Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE), donde son recluidos durante un máximo de 60 días los extranjeros en situación irregular mientras se tramita su expulsión. Interior los había vaciado y cerrado, ya que el estado de alarma impedía también repatriar a los allí recluidos.

En libertad vigilada

Tras la puesta libertad de ambos —”prolongar su estancia en prisión es ilegal”, recalcan fuentes jurídicas—, a los dos yihadistas se les aplican medidas de libertad vigilada, también recogidas en sus condenas. Este es un mecanismo de seguridad y control incluido en el Código Penal en 2010 para terroristas y delincuentes sexuales con mal pronóstico de reinserción. Para ello, ambos han tenido que comunicar el domicilio en el que van a residir. El hombre lo ha fijado en País Vasco. Ella, en Cataluña. Además, se les somete a otras medidas de control, entre ellas, comparecencias periódicas en la dependencia policial más cercana a su domicilio y la prohibición de acercarse a determinados lugares, como centros educativos, para evitar que desarrollen labores de radicalización. Fuentes policiales recalcan que las órdenes de expulsión de los dos yihadistas han quedado momentáneamente en suspenso y que, una vez que se reabran las fronteras, serán ejecutadas. Las autoridades de Rabat aún no han concretado cuándo lo harán.

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El terrorista francés que sí fue repatriado

El cierre de fronteras no impidió que, el 8 de mayo, Sylvain Decker, un yihadista francés detenido en 2014 y condenado a seis años como integrante de una célula de captación y envío de combatientes a Malí, Siria y Libia, fuera expulsado a su país. Otros dos miembros de su grupo, Farid Cheikh y Paul Audren Cadic, con idéntica condena, habían sido repatriados el 12 de marzo, dos días antes de que se decretase el estado de alarma. La sentencia fija para ellos cinco años de libertad vigilada si regresan a España.

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