La juez del ‘caso 8-M’ archiva la causa contra el delegado del Gobierno en Madrid
La magistrada, que no aprecia “indicios suficientes” de delito, toma la decisión después de citar a declarar como imputado a José Manuel Franco
El tsunami judicial que, según la derecha, iba a suponer el caso 8-M ha resultado una simple marejada. Llena de ruido, eso sí. Después de acumular más de 3.000 folios de instrucción en tres meses; de encargar informes a la Guardia Civil y a un forense médico; de solicitar ingente cantidad de documentación a la Comunidad de Madrid, al Ayuntamiento de la capital, al Ministerio de Sanidad y al Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias (CCAES); de citar a declarar a una veintena de testigos (funcionarios y promotores de manifestaciones); y de llamar como imputado al delegad...
El tsunami judicial que, según la derecha, iba a suponer el caso 8-M ha resultado una simple marejada. Llena de ruido, eso sí. Después de acumular más de 3.000 folios de instrucción en tres meses; de encargar informes a la Guardia Civil y a un forense médico; de solicitar ingente cantidad de documentación a la Comunidad de Madrid, al Ayuntamiento de la capital, al Ministerio de Sanidad y al Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias (CCAES); de citar a declarar a una veintena de testigos (funcionarios y promotores de manifestaciones); y de llamar como imputado al delegado del Gobierno en la región, José Manuel Franco, en medio de una gran expectación mediática, la magistrada Carmen Rodríguez-Medel ha decidido archivar la causa. “No hay indicios suficientes de actuar delictivo en los hechos atribuidos a Franco”, dice el auto dictado este mismo viernes.
A lo largo de 51 páginas, Rodríguez-Medel justifica esta última decisión en una causa que ha marcado la política nacional en las últimas semanas. La magistrada concluye que el delegado del Gobierno “no tuvo un conocimiento cierto, objetivo y técnico del riesgo que para la salud de las personas entrañaba la realización de manifestaciones y concentraciones” en la época de expansión del coronavirus bajo sospecha, que incluye la marcha feminista del 8 de marzo. Además, remacha la juez, Franco “no recibió comunicación o instrucción sanitaria sobre este particular, tampoco la recabó de oficio de ninguna autoridad competente en el ámbito sanitario” y “ninguna persona física o jurídica, pública o privada, le instó para que prohibiera o restringiera” estas movilizaciones.
La juez también aborda en su resolución uno de los aspectos más llamativos de los polémicos informes de la Guardia Civil incorporados a la causa, donde los agentes arrojaban sospechas sobre la delegación del Gobierno y llegaban a afirmar que se presionó a los promotores de algunas concentraciones para que las desconvocaran, mientras no se adoptaba la misma actitud con otras manifestaciones (como la del 8-M). “No ha quedado indiciariamente acreditado que con dicha llamada se coaccionara a los convocantes o manifestantes a no ejercitar su derecho fundamental”, subraya la magistrada del Juzgado de Instrucción 51 de la capital, antes de ahondar en otro punto que levantó recelos en el instituto armado. Rodríguez-Medel admite que esos requerimientos del organismo dirigido por Franco no se hicieron por escrito, sino por teléfono sin dejar constancia en el correspondiente expediente administrativo. Pero este último extremo “era frecuente”, según añade.
Cuando se abrió la causa el pasado 23 de marzo, la instructora ya reconocía la dificultad de saber si la actitud de Franco “merece reproche penal” debido a “lo absolutamente excepcional de los hechos” y falta de jurisprudencia. Pese a ello, decidió seguir adelante: “Resulta imprescindible incoar diligencias previas y practicar las diligencias que se dirán, a fin de clarificar si estamos o no ante hechos delictivos”, escribía, a la vez que lanzaba toda una batería de preguntas que han sobrevolado siempre la investigación: “¿El informe del Centro Europeo para el Control y Prevención de Enfermedades (ECDC), [de principios de marzo y que ya llamaba a “evitar” concentraciones], fue remitido oficialmente a España?, ¿a qué autoridades?, ¿lo recepcionó oficialmente la delegación del Gobierno de Madrid?, ¿se le instó oficialmente a prohibir estas concentraciones en base al mismo o a otro documento oficial que alertara sobre los peligros para la salud pública debido al coronavirus?; por el contrario ¿se dio orden expresa al delegado del Gobierno de Madrid de no prohibirlas?”. “Sobre estas cuestiones, todo son interrogantes”, apostillaba.
Desde entonces, el seísmo alrededor de este procedimiento creció de forma exponencial. Mientras la Abogacía del Estado pedía el archivo —solicitud a la que se sumó después la Fiscalía—, el Ministerio del Interior entraba de lleno en la causa y avivaba los ataques de la oposición. El departamento encabezado por Fernando Grande-Marlaska decidió cesar al coronel Diego Pérez de los Cobos después de que guardias civiles bajo su mando enviaran el primer informe a la juez. El Ejecutivo justificó esa decisión en una supuesta “pérdida de confianza” y en un cambio de equipos, pero un documento interno reveló finalmente que la salida se produjo por “no informar de investigaciones”.
La responsabilidad de Franco
Rodríguez-Medel dedica buena parte de su auto de este viernes a destacar el rol de Franco al frente de la delegación y “el papel absolutamente relevante” que le otorga la ley sobre las concentraciones convocadas en la Comunidad. “Proteger TODOS los derechos y libertades que puedan verse afectados”, destaca —las mayúsculas son suyas—. “Toma una decisión administrativa que tiene impacto en derechos fundamentales”, apostilla en un escrito donde resalta que, durante todo el periodo bajo sospecha, solo impidió una movilización junto a la vivienda del vicepresidente segundo del Gobierno, Pablo Iglesias. Y deja varios dardos: “Los expedientes siguen un proceso muy automatizado que no se adecúa a la importancia de la materia que se ventila” o “no consta que por parte de los empleados públicos de Delegación existiera una especial diligencia a la hora de informarse técnicamente sobre los riesgos para la salud pública derivados de la Covid-19 como consecuencia de la proximidad física inherente” a las movilizaciones.
“Por razón del riesgo sanitario, Franco ni prohibió ninguna concentración o manifestación, ni adoptó medida alguna de prevención del contagio (por ejemplo, que se respetara una determinada distancia, que se portaran guantes, mascarillas u otra medida)”, prosigue la magistrada. En esa línea ya se pronunció el propio delegado el pasado miércoles, cuando compareció como imputado ante ella: “No había en aquel momento ningún elemento que me llevase a prohibir un derecho fundamental como es el derecho a manifestación”. “Tampoco ninguna autoridad sanitaria le alertó del riesgo, ni de la Comunidad Autónoma ni del Ministerio”, recuerda Rodríguez-Medel.
El informe forense
Los informes del forense también salen a colación en este escrito de la instructora. Basándose en ellos, la juez concluye que, “desde un punto de vista médico, no puede acreditarse la relación causa-efecto” entre asistir a las movilizaciones y haberse contagiado. Pero aprovecha para añadir: “La aglomeración de personas supone incrementar el riesgo para la salud pública, pues las posibilidades de contagio de la covid-19 aumentan de no respetarse unas distancias mínimas”. Rodríguez-Medel rechaza, a su vez, la petición de la Abogacía del Estado de archivar definitivamente el caso y solo lo cierra de forma provisional, dejando la puerta abierta a que pueda reactivarse si se recibiera alguna información relevante.
Tras conocerse el archivo, el delegado ha dejado un mensaje en su cuenta de Twitter: “Agradezco enormemente el apoyo y cariño recibido. Siempre he intentado trabajar respetando la ley y con el único objetivo de velar por cada ciudadana y ciudadano. Seguiré trabajando así desde la Delegación del Gobierno y desde el PSOE. Gracias, de verdad”. Estas palabras se producen después de que la Abogacía del Estado reprochase a la juez la “celeridad” con la que avanzaba la instrucción, a lo que la magistrada respondió este viernes en su auto: “Someter a cualquier investigado al proceso de investigación durante un periodo prolongado de tiempo nos parece tan indeseable como inadmitir a trámite la denuncia y no indagar para esclarecer si los hechos denunciados tienen o no entidad penal”.