Sanidad se reserva la posibilidad de recuperar el control si hay un rebrote

En el decreto que regulará la nueva normalidad se ve, no obstante, una clara intención de devolver todo el poder a las autonomías

El ministro de Sanidad, Salvador Illa, en rueda de prensa este viernes.Pool (Europa Press)

Este lunes empieza la devolución del poder a todas las comunidades que pasan a fase 3, que retomarán el control de todas las decisiones sobre la pandemia. Sin embargo, el Gobierno, a través del ministerio de Sanidad, se reserva la posibilidad de recuperar el control si hay un rebrote fuerte. Así figura en el borrador del decreto de la llamada nueva normalidad, que está en plena discusión con las autonomías y será aprobado el martes. En situaciones de “urgente necesidad”,...

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Este lunes empieza la devolución del poder a todas las comunidades que pasan a fase 3, que retomarán el control de todas las decisiones sobre la pandemia. Sin embargo, el Gobierno, a través del ministerio de Sanidad, se reserva la posibilidad de recuperar el control si hay un rebrote fuerte. Así figura en el borrador del decreto de la llamada nueva normalidad, que está en plena discusión con las autonomías y será aprobado el martes. En situaciones de “urgente necesidad”, Sanidad podrá tomar medidas sin informar a las comunidades previamente.

El decreto que regulará la nueva normalidad está pensado para regular el momento en el que decaiga el estado de alarma, el 21 de junio, y en toda su redacción se ve una clara intención de devolver todo el poder a las autonomías. Pero al final del texto se añade una disposición adicional para que Sanidad pueda tomar decisiones rápidas, como ha hecho durante todo el pico de la pandemia, si las cosas se descontrolan en alguna comunidad. Este es el asunto más polémico con los nacionalistas e independentistas, que han exigido en todo momento al Gobierno que les devolviera el control de competencias.

El texto es bastante claro en esa disposición adicional: “La declaración de actuaciones coordinadas en salud pública corresponderá al Ministerio de Sanidad, previo acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, con audiencia de las comunidades directamente afectadas, salvo en situaciones de urgente necesidad, en cuyo caso se tomarán las medidas que sean estrictamente necesarias y se les informará de manera urgente de las medidas adoptadas”.

Precisamente este viernes el ministro de Sanidad, Salvador Illa, reunió a este consejo interterritorial, con todos los consejeros autonómicos, para debatir este texto y plantear el escenario de esta nueva normalidad. Este consejo será clave a partir de ahora en la gobernanza de la pandemia. Y el texto lo regula: “La declaración de actuaciones coordinadas obliga a todas las partes incluidas en ella y deberán encuadrarse en alguno de los supuestos siguientes: responder a situaciones de especial riesgo o alarma para la salud pública. Dar cumplimiento a acuerdos internacionales, así como a programas derivados de las exigencias de la normativa emanada de la UE, cuando su cumplimiento y desarrollo deba ser homogéneo en todo el Estado”.

También se añade un nuevo artículo relevante, que obliga a las comunidades a informar con detalle de cualquier rebrote. El Gobierno ha tenido muchos problemas para recabar datos de las comunidades hasta ahora y por eso fija por ley esta obligación ahora que les devuelve el poder. “Los órganos competentes en materia de salud pública de las comunidades autónomas deberán, en el caso de una situación de emergencia para la salud pública y sin perjuicio de lo establecido en el artículo 65 de esta ley, aportar con carácter inmediato al Ministerio de Sanidad la información epidemiológica que se requiera y la identificación de las personas responsables de la misma, así como las medidas de prevención, control y contención adoptadas por las comunidades autónomas y las entidades locales comprendidas en su ámbito territorial, en los términos que se establezcan por el Ministerio de Sanidad”, señala el texto.

El Gobierno devuelve el poder, pero se reserva de nuevo la posibilidad de tomar medidas. “Corresponderá a los órganos competentes de las comunidades autónomas y de las entidades locales las funciones de vigilancia, inspección y control del correcto cumplimiento de las medidas establecidas en este real decreto-ley, así como la instrucción y resolución de los procedimientos sancionadores que procedan, en el ámbito de sus respectivas competencias”. Pero inmediatamente después remata: “Con carácter excepcional y cuando así lo requieran motivos de extraordinaria gravedad o urgencia, la Administración General del Estado promoverá, coordinará o adoptará cuantas medidas sean necesarias para asegurar el cumplimiento de lo dispuesto en este real decreto ley, con la colaboración de las comunidades autónomas y de acuerdo con sus respectivas competencias”.

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