El 18% no es una obligación legal
En respuesta a la pregunta de por qué se asigna a Cataluña el 18% de la inversión en los Presupuestos para 2019 (EL PAÍS, 13-1-19), la ministra de Hacienda afirma: “Porque queremos cumplir la ley”, aludiendo implícitamente al Estatut catalán en cuya Disposición Transitoria Tercera (DTT) se pretendía imponer dicha obligación al Estado. La ministra insiste en que “no es una concesión, es la ley”. La ministra olvida quizá que la sentencia sobre el Estatuto de Cataluña (2010) dejaba claro que dicha DTT “no vincula al Estado en la definición de su política de inversiones”, lo que desprovee al prece...
En respuesta a la pregunta de por qué se asigna a Cataluña el 18% de la inversión en los Presupuestos para 2019 (EL PAÍS, 13-1-19), la ministra de Hacienda afirma: “Porque queremos cumplir la ley”, aludiendo implícitamente al Estatut catalán en cuya Disposición Transitoria Tercera (DTT) se pretendía imponer dicha obligación al Estado. La ministra insiste en que “no es una concesión, es la ley”. La ministra olvida quizá que la sentencia sobre el Estatuto de Cataluña (2010) dejaba claro que dicha DTT “no vincula al Estado en la definición de su política de inversiones”, lo que desprovee al precepto estatutario de su carácter obligatorio. Por tanto, la asignación del 18% es una libre decisión del Gobierno de España que no responde a obligación legal alguna.
Eva Blanco Medio
Gijón (Asturias)