LA PUNTA DE LA LENGUA

Imputado, investigado, encausado

La decisión adoptada el viernes por el Gobierno pretende poner orden en ese notable caos

El verbo “imputar” existe desde hace unos 2.500 años. Impresiona, desde luego. Eso sí, el infinitivo contaba en latín con una letra más, imputare.Poca cosa para un camino tan largo.

Su definición castellana, consecuente con la latina, se mantiene casi idéntica desde el Diccionario primigenio de 1734: “Atribuir a otro algún delito, culpa o acción”. (La actual señala: “Atribuir a alguien la responsabilidad de un hecho reprobable”).

La consideración de una persona como sujeto pasivo de una atribución de culpa, sin que ello presuponga su autoría cierta, se expresa t...

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El verbo “imputar” existe desde hace unos 2.500 años. Impresiona, desde luego. Eso sí, el infinitivo contaba en latín con una letra más, imputare.Poca cosa para un camino tan largo.

Su definición castellana, consecuente con la latina, se mantiene casi idéntica desde el Diccionario primigenio de 1734: “Atribuir a otro algún delito, culpa o acción”. (La actual señala: “Atribuir a alguien la responsabilidad de un hecho reprobable”).

La consideración de una persona como sujeto pasivo de una atribución de culpa, sin que ello presuponga su autoría cierta, se expresa también en otras palabras del lenguaje jurídico: “denunciado”, “querellado”, “acusado”, “inculpado”, “encausado”, “sospechoso”, “detenido”, “investigado”, “procesado”, “juzgado”... Todas las cuales se alejan de “convicto”, “condenado”, “sentenciado” o “penado”, en las que ya sí se dan por probados los hechos que antes sólo estaban atribuidos. Quizás los periodistas hemos manejado sin gran rigor todos esos términos jurídicos en los últimos decenios. Pero también los políticos, y hasta los jueces y las leyes mismas.

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Una decisión adoptada el viernes 13 de marzo por el Consejo de Ministros encaminada a suprimir “imputado” como término legal pretende poner orden en ese notable caos.

En parte, estos problemas

En efecto, hemos visto y oído en los medios informativos que a un “acusado” (por la policía, pongamos por caso) se le denominaba “imputado”, palabra que requiere para su correcto uso jurídico la intervención de un juez que determine al menos la existencia de un hecho delictivo (antes incluso que la existencia de un supuesto autor). También se ha definido como “denunciado” a alguien contra quien no se había formalizado ninguna denuncia, sino tal vez sólo una acusación verbal. Se aplicó el término “procesado” a quien se hallaba inmerso en un procedimiento abreviado, en el cual esa figura no existe; o se hablaba de “investigado” como si eso ya implicara una sospecha, cuando puede tratarse de procedimientos incluso rutinarios (por ejemplo, una investigación fiscal aleatoria).Y hasta se arrojaron sombras sobre alguien “convocado ante el juez”… como testigo.

En parte, estos problemas tienen su origen en la confusión terminológica de las propias leyes, que además entran a veces en contradicción con las definiciones del Diccionario. La todavía vigente Ley de Enjuiciamiento Criminal mezcla casi todos esos vocablos, según criticó en 2010 uno de los informes de la Comisión de Modernización del Lenguaje Jurídico, órgano asesor intregrado por una decena de expertos (académicos, periodistas y juristas). El documento citaba en concreto el “cóctel terminológico” del artículo 118.

En la norma todavía vigente, la simple garantía procesal de que una persona acudiese ante el juez acompañada de abogado ya permitía emplear la palabra “imputado” (pues formalmente se le podía atribuir algo), aun cuando quedara lejos la última fase de la instrucción en la cual se establecieran los motivos para que fuese a juicio y resultara por tanto “imputado” judicialmente. La futura ley diferenciará esas dos fases mediante dos palabras distintas: con un primer escalón en “investigado” y otro posterior en “encausado”.

Además, hemos sufrido un gran desconcierto gramatical, que ahora menguará: se imputaba algo a alguien. El hecho imputado funciona ahí como complemento directo; y la persona acusada, como indirecto; lo mismo que sucedería con el verbo “atribuir”: se atribuye algo a alguien también. Sin embargo, hemos leído oraciones como “Fulano ha sido imputado” (es decir, “ha sido atribuido”). Ahora se dirá en cambio “Fulano ha sido investigado”, “Mengana ha sido encausada”.

Y de paso, es verdad, se retirará a muchos políticos el incómodo término “imputado”, ese vocablo injusto que igualaba los diferentes grados de implicación de cada momento procesal. En eso salen ganando, sí. Pero si esta reforma sirve para que las palabras reflejen mejor la realidad, le daremos gustosos la bienvenida.

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