Editorial

La ley es suficiente

Los desmanes cometidos en las redes sociales pueden perseguirse sin ampliar el Código Penal

El lamentable asesinato de la presidenta de la Diputación de León, Isabel Carrasco, ha dado lugar a una situación de evidente abuso y desmesura en las redes sociales. Al calor del suceso se han vertido mensajes en muchos casos insultantes y denigratorios para la víctima y, en otros, claramente favorables al uso de la violencia contra los políticos, y en particular contra los del PP. Estos excesos han llevado al ministro de Interior, Jorge Fernández Díaz, a defender la necesidad de perseguir “la apología del delito e incitación al odio” en Internet, mediante “instrumentos legales adicionales qu...

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El lamentable asesinato de la presidenta de la Diputación de León, Isabel Carrasco, ha dado lugar a una situación de evidente abuso y desmesura en las redes sociales. Al calor del suceso se han vertido mensajes en muchos casos insultantes y denigratorios para la víctima y, en otros, claramente favorables al uso de la violencia contra los políticos, y en particular contra los del PP. Estos excesos han llevado al ministro de Interior, Jorge Fernández Díaz, a defender la necesidad de perseguir “la apología del delito e incitación al odio” en Internet, mediante “instrumentos legales adicionales que permitan hacer compatible la libertad de expresión y el derecho de información con el derecho de los ciudadanos a su honor y su seguridad”. Por ahora es solo una declaración de intenciones, pero hay que lamentar que el ministro reaccione a una situación que causa un legítimo malestar con una propuesta de endurecimiento penal seguramente poco meditada y en caliente, algo que debe evitarse. No hay que legislar nunca a golpe de escándalo.

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Pero en este caso, además, las leyes vigentes disponen de instrumentos suficientes para perseguir las conductas que resulten lesivas para terceros o vulneren derechos fundamentales. Solo hay que aplicarlas. Diferentes figuras tipifican en el Código Penal los delitos de injurias, calumnias, amenazas, coacciones, incitación a delinquir, apología del terrorismo o de la violencia, incitación al odio, y demás, con penas suficientemente disuasorias. Las recientes detenciones de dos jóvenes por celebrar la violencia o incitar a usarla a través de las redes sociales, así lo demuestran. El hecho de que hasta ahora no se hayan perseguido estas conductas, mas que en ocasiones puntuales, ha propiciado una cierta percepción de impunidad que ha contribuido en gran medida a la espiral de degradación en la que nos encontramos. Es probable que la aplicación de la ley surta ahora el efecto de aviso para navegantes, pues muchos internautas no son suficientemente conscientes de que sus actos en Internet pueden tener consecuencias penales. En cualquier caso, las redes sociales no deben ser tratadas de forma diferente a cualquier otro medio de difusión. Es cierto que la viralidad que las caracteriza y su enorme extensión amplifican los daños, pero incluso para esto tiene respuesta la actual legislación, al contemplar el agravante de publicidad.

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Aparte de la respuesta penal cuando esté justificada, existen otras formas de combatir los excesos. En primer lugar, mediante la concienciación cívica, vehiculada en forma de reproche moral. Pero también cabe y debe ejercerse el reproche político cuando el exceso es cometido por personas con responsabilidades públicas. Sería de agradecer que las fuerzas políticas adoptaran un código de autorregulación para erradicar insultos y amenazas a través de la Red, cuya vulneración obligara a dimitir a los infractores. No hay necesidad, pues, de cambiar la ley y debe evitarse un tratamiento del problema que tienda a criminalizar el uso de Internet o pueda suponer una amenaza para la libertad de expresión.

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