La juez rechaza de nuevo la denuncia del PP por supuestas escuchas ilegales en Valencia

El auto confirma el archivo y critica que los populares se basan en "meras conjeturas" para acusar a la Policía de espionaje

El intento del PP valenciano de mantener viva la polémica en torno a las supuestas escuchas policiales junto a su sede en Valencia a principios de junio se ha vuelto a estrellar en los juzgados. La titular del Juzgado de Instrucción número 17 de la ciudad archivó primero la denuncia y ahora ha desestimado el recurso interpuesto por los populares en contra de esa decisión. La juez se reafirma "plenamente" en el archivo acordado y no cree q...

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El intento del PP valenciano de mantener viva la polémica en torno a las supuestas escuchas policiales junto a su sede en Valencia a principios de junio se ha vuelto a estrellar en los juzgados. La titular del Juzgado de Instrucción número 17 de la ciudad archivó primero la denuncia y ahora ha desestimado el recurso interpuesto por los populares en contra de esa decisión. La juez se reafirma "plenamente" en el archivo acordado y no cree que haya "razón alguna" para practicar diligencias de investigación o instrucción sobre el presunto espionaje policial que el PP aventó durante varios días pese a las explicaciones de la Delegación del Gobierno de que la vigilancia junto a su sede no tenía que ver con sus actividades políticas.

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En el auto, la magistrado se remite a la postura adoptada por el ministerio fiscal, quien, en su informe, afirmó que en este caso hay una "simple coincidencia" en el tiempo y lugar, y una explicación "razonable" que permite concluir que la furgoneta camuflada de la Policía Nacional que vieron los populares a principios de junio "no se encontraba aparcada en las proximidades de la sede del PP con el fin de vigilar, grabar e interceptar las comunicaciones y conversaciones". Por el contrario, el auto reitera que la Policía tenía el objetivo de "prevenir la comisión de posibles actos delictivos" por la presencia en un evento junto a la sede del PP "de personas miembros de movimientos radicales", así como de "investigar atentados ya perpetrados y actos de vandalismo realizados en cajeros automáticos de sucursales bancarias", y que motivaron la incoación de diligencias policiales y también judiciales.

Ante ello, el PP ha mantenido en su recurso que estas explicaciones son una declaración "simplemente exculpatoria" por parte de la Brigada de Información, que no le sirve para neutralizar los indicios de una "legítima sospecha". Además, alude a "antecedentes recientes" que le lleva a considerar que miembros de esta brigada "controlan movimientos e intervienen comunicaciones contra miembros del PP". La juez, sin embargo, rechaza las alegaciones del PP y afirma que son una "simple suposición o sospecha", pero "sin base objetivani soporte probatorio que confirme o, al menos, aporte un principio deprueba o de concreción de hechos" que conduzcan a considerar que hubo un supuesto delito.

Es más, la magistrado explica al PP que "difícilmente puede solicitarse que se aporte auto de autorización judicial" para las supuestas grabaciones y que se exija a las fuerzas de seguridad que las aporten si la Brigada Provincial de Información, "precisamente niega que estuvieran grabando y realizando escuchas, legales o ilegales". En cualquier caso, sería el PP el que tendría que aportar al menos "un principio de prueba de que existen dichas grabaciones", y no "meras conjeturas, sospechas o suposiciones".

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