El Constitucional rechaza el recurso de Valencia contra el Estatuto andaluz

El Alto Tribunal considera el recurso "extravagante y ajeno a su jurisdicción"

El Pleno del Tribunal Constitucional ha calificado de "extravagante" el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la Generalitat Valenciana contra una de las disposiciones del nuevo Estatuto de Andalucía y decidido no admitirlo a trámite. En concreto, el recurso de la Generalitat se centraba sobre el sistema de financiación del Estatuto andaluz, que vincula la inversión estatal en Andalucía "al peso de la población andaluza sobre el conjunto del Estado para un periodo de siete años". El Estatuto andaluz fue aprobado en el Congreso con los votos, entre otros, de los diputados del PP.
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El Pleno del Tribunal Constitucional ha calificado de "extravagante" el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la Generalitat Valenciana contra una de las disposiciones del nuevo Estatuto de Andalucía y decidido no admitirlo a trámite. En concreto, el recurso de la Generalitat se centraba sobre el sistema de financiación del Estatuto andaluz, que vincula la inversión estatal en Andalucía "al peso de la población andaluza sobre el conjunto del Estado para un periodo de siete años". El Estatuto andaluz fue aprobado en el Congreso con los votos, entre otros, de los diputados del PP.

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El Constitucional considera que el recurso presentado por la Generalitat valenciana, presidida por Francisco Camps (PP), es "extravagante", ya que "no se cuestiona la inconstitucionalidad del precepto recurrido [la disposición adicional tercera], sino su incongruencia" respecto al Estatuto catalán, que vincula las inversiones estatales en la comunidad al peso del Producto Interior Bruto catalán con respecto al PIB nacional, en vez de vincularlas a la población. Añade el Constitucional que lo que se reclama de él es "que salve la indicada incongruencia entre ambos preceptos estatutarios a través de su labor interpretativa", lo cual es "ajeno" a la jurisdicción del Alto Tribunal. Lo que se trata de lograr, dice el TC, es "otra interpretación, esta vez de inconstitucionalidad, de un precepto diferente de otro Estatuto de Autonomía que ya fue recurrido en tiempo y forma".

El Gobierno valenciano presentó el pasado 19 de junio su recurso contra el Estatuto andaluz, después de recibir un informe favorable del Consell Jurídic Consultiu (CJC), que entendía, como el Ejecutivo de la Generalitat, que el sistema de financiación del nuevo Estatuto andaluz vulnera la Constitución. En concreto, se presentó contra el apartado segundo de la Disposición adicional tercera del Estatuto, que dice que "la inversión destinada a Andalucía será equivalente al peso de la población andaluza sobre el conjunto del Estado para un periodo de siete años".

Valencia teme que ese tipo de financiación ligada al número de habitantes le perjudique a la hora de recibir dinero del Estado, por lo que el Gobierno de la Generalitat, presidido por Francisco Camps (PP), decidió recurrir ante el TC, pese a que el Estatuto andaluz fue aprobado en el Parlamento de Sevilla tras un acuerdo entre PP y PSOE y después, en las Cortes Generales recibió el apoyo de una amplísima mayoría de los diputados, entre ellos los del PP.

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