El Consejo de Ministros aprueba hoy “permisos climáticos” para evitar desplazamientos durante catástrofes

Trabajo refuerza este derecho de los empleados, que podrán faltar hasta cuatro días “prorrogables hasta que desaparezcan las circunstancias” sin perder salario. Los comités podrán acordar el parón de la actividad durante alertas

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, interviene este miércoles en el Congreso.Eduardo Parra (Europa Press)

El Consejo de Ministros aprueba este jueves un nuevo paquete de políticas para atender a los afectados por la dana, que ha causado más de 200 muertos en la provincia de Valencia. Entre ellas hay varias medidas de carácter laboral, pensadas para trascender más allá de esta catástrofe. Destaca lo que el Ministerio de Trabajo cataloga...

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El Consejo de Ministros aprueba este jueves un nuevo paquete de políticas para atender a los afectados por la dana, que ha causado más de 200 muertos en la provincia de Valencia. Entre ellas hay varias medidas de carácter laboral, pensadas para trascender más allá de esta catástrofe. Destaca lo que el Ministerio de Trabajo cataloga como “permisos climáticos”, una modificación legislativa de los permisos remunerados en el Estatuto de los Trabajadores. Con ellos, el Gobierno pretende reforzar el derecho de los empleados a no acudir a su puesto durante catástrofes. Además, los representantes de los trabajadores podrán acordar el parón de la actividad durante alertas y se obligará a que los convenios contengan medidas preventivas específicas.

El texto que aprobará el Consejo de Ministros este jueves reconoce nuevos permisos de hasta cuatro días por “imposibilidad de acudir al centro de trabajo, prorrogables hasta que desaparezcan las circunstancias”, detalla el departamento que dirige Yolanda Díaz. Son permisos 100% retribuidos. “En caso de que sean necesarios más días, las empresas podrían justificar ERTE de fuerza mayor afrontando con corresponsabilidad pública”, añaden.

El desplazamiento de trabajadores durante el día de la dana, cuando el agua ya inundaba algunas zonas, ha sido una circunstancia muy criticada. A muchos les pilló el temporal yendo o viniendo del trabajo. A otros, en el mismo puesto.

La normativa española ya protege el derecho a los empleados de no acudir a su puesto en estas circunstancias, pero Trabajo busca reforzarlo, darle mayor concreción. Lo hará mediante un real decreto que modificará el Estatuto de los Trabajadores. Entrará en vigor este mismo viernes, con su publicación en el Boletín Oficial del Estado, y tendrá que ser convalidado por el Congreso en 30 días.

Díaz, en una entrevista en Televisión Española, ha explicado que “por primera vez en la legislación laboral española” se va a regular “de conformidad a la emergencia climática”. “Los permisos van a ser de cuatro días. Ningún trabajador ni trabajadora tiene que correr ningún riesgo. A partir de esos cuatro días las empresas podrán ubicar a esos trabajadores como una fuerza de causa mayor, como en un ERTE”, ha añadido la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo. “Frente al negacionismo climático de las derechas, el Gobierno de España está comprometido con las políticas verdes”. Ha matizado que los empleados podrán no acudir al trabajo cuando una autoridad oficial alerte del riesgo en el desplazamiento.

El marco laboral vigente ya contempla tanto en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, como en el Real Decreto 4/2023 los protocolos de actuación frente a situaciones meteorológicas adversas y las obligaciones que deben asumir los empresarios en estos episodios. De acuerdo con ambos textos, la seguridad de los trabajadores debe estar siempre garantizada por sus empleadores, por lo que, en situaciones extremas como las provocadas por la dana, podría modificarse o suspenderse la jornada laboral.

El Estatuto, además, contempla que “la persona trabajadora tendrá derecho a ausentarse del trabajo por causa de fuerza mayor cuando sea necesario por motivos familiares urgentes relacionados con familiares o personas convivientes, en caso de enfermedad o accidente que hagan indispensable su presencia inmediata”. Algunos expertos apuntan que ese derecho a faltar cuatro días sin perder salario (en el artículo 37, que regula descanso semanal, fiestas y permisos) es aplicable a catástrofes climáticas, por la mención a la “fuerza mayor”. Con el cambio que plantea Trabajo se refuerza esta posibilidad.

Díaz viene pidiendo desde la catástrofe a los empresarios que “preserven la vida de sus empleados” y a los trabajadores que no corran riesgos: “Nadie tiene que trabajar poniendo en riesgo su vida. Lo que está pasando es muy grave. No deben tener ningún tipo de miedo”. Recordó que la Inspección de Trabajo y Seguridad Social vigila que las empresas cumplan con esta normativa. Según los últimos datos del ministerio, 2.539 empresas se han acogido a ERTEs en la provincia de Valencia desde el inicio de la catástrofe. Afectan a 27.765 trabajadores

Trabajo explica que con el cambio en el Estatuto de los Trabajadores los empleados “tendrán derecho a ser informadas de las actuaciones previstas con motivo de la activación de alertas por catástrofes”. Asimismo, los convenios colectivos deberán contener “obligatoriamente” protocolos de actuación con medidas concretas de prevención de riesgos laborales “frente a catástrofes y fenómenos meteorológicos adversos”. Ante riesgo grave e inminente, explica el ministerio de Díaz, la empresa estará obligada a “informar lo antes posible de los riesgos y medidas” y a “dar instrucciones para interrumpir la actividad, que quedará suspendida hasta que remita el peligro”.

En el Consejo de Ministros se concreta otro nuevo derecho. “Los y las representantes de las personas trabajadoras (en su defecto delegados de prevención) podrán acordar la paralización de la actividad”, explica el Ministerio de Trabajo, que recuerda que “las personas trabajadoras no podrán sufrir perjuicio alguno” por la adopción de las medidas que aprobará hoy el Consejo de Ministros.

El Ejecutivo se da un año para aprobar un desarrollo reglamentario que concrete aún más “la protección de las personas trabajadoras frente a los efectos del cambio climático en el ámbito laboral”.

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