Yolanda Díaz llamará a sindicatos y patronal a reformar la indemnización por despido para adaptarla a Europa

PSOE y Sumar se comprometieron a casar la normativa con el criterio del Comité Europeo de Derechos Sociales, cuya resolución, que adelantó EL PAÍS, ha confirmado UGT este lunes

DVD 1219 27/06/24 Martorell. La Fábrica Seat Martorell abre las puertas de su fábrica a los medios de comunicación con motivo del inicio de la producción de los nuevos modelos Cupra Formentor y Cupra León. En la imagen, trabajadores en la cadena de montaje. [ALBERT GARCIA] Albert Garcia

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha anunciado este lunes que convocará a sindicatos y empresarios para pactar cambios en la indemnización por despido improcedente en España. “Es un elemento más que va a ser susceptible de reforma y que además lo será, como siempre, en la mesa de diálogo social y acomodando a la legislación europea”, ha señalado. Sus declaraciones coindicen con la confirmación de que el Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS) ha concluido que la legislación española en materia de despido improcedente “no es suficiente para cubrir los daños reale...

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La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha anunciado este lunes que convocará a sindicatos y empresarios para pactar cambios en la indemnización por despido improcedente en España. “Es un elemento más que va a ser susceptible de reforma y que además lo será, como siempre, en la mesa de diálogo social y acomodando a la legislación europea”, ha señalado. Sus declaraciones coindicen con la confirmación de que el Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS) ha concluido que la legislación española en materia de despido improcedente “no es suficiente para cubrir los daños reales sufridos por los trabajadores despedidos injustificadamente y no tiene un efecto disuasorio suficiente para los empleadores”, tal y como adelantó EL PAÍS.

Así lo ha comunicado este lunes UGT, el sindicato que interpuso una reclamación ante este organismo del Consejo de Europa. Ya era conocido el sentido de esta decisión, pero ni el sindicato ni el Gobierno podían comentarlo por el embargo que pesaba sobre el fallo. “Los empresarios que quieran despedir a un trabajador sin causas objetivas no deben de saber cuál es el coste que tiene para ellos la indemnización. Si saben cuál es el coste, la indemnización en sí pierde valor efectivo”, ha defendido el secretario general de UGT, Pepe Álvarez.

La decisión del Consejo de Europa cobra aún más importancia política por una de las promesas de PSOE y Sumar en su programa de Gobierno: “Establecer garantías para las personas trabajadoras frente al despido, dando cumplimiento a la Carta Social Europea”, indicaba el acuerdo para un Ejecutivo de coalición. El organismo europeo encargado de interpretar la Carta, que España ratificó en 2021, es precisamente el CEDS, lo que mete presión para acometer la reforma del sistema tasado español, que establece un máximo de 33 días por año trabajado con un límite de 24 mensualidades.

Aunque aún no se haya cambiado la normativa, ya hay jueces que han otorgado indemnizaciones por encima de ese tope basándose en el texto europeo, como legislación superior y que aplica en España. UGT ha citado tres sentencias, entre las que destaca la primera: el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña otorgó en enero de 2023 una indemnización superior a los 33 días a una empleada despedida justo antes del confinamiento por el coronavirus —lo que le impedía acogerse a los ERTE— y solo cinco meses después de que firmase el contrato. La empresa la indemnizó con 942 euros, pero la sentencia aumentó esta cifra a 4.435. Además de a la Carta, la sentencia alude al artículo 10 del Convenio 158 de la Organización Internacional del Trabajo, que se expresa en términos parecidos al texto europeo.

Rechazo patronal

UGT anticipa que, sin un cambio normativo, este tipo de decisiones judiciales serán habituales, sobre todo cuando la relación laboral haya sido corta, lo que provoca una indemnización menor. A la pregunta directa sobre la inseguridad jurídica que podría derivarse de que España no adapte su normativa, el presidente de la CEOE esquiva el asunto en una entrevista con este periódico publicada este lunes. A la vez, resta importancia a la decisión del Comité. “Es consultivo y hay muchos temas consultivos que no se atienden. Los acuerdos políticos son respetables, yo no les quito legitimidad, pero a nosotros no nos obliga”, indica Antonio Garamendi.

Díaz ha recordado que la reforma del despido en base a la Carta Social Europea “está contemplada en el pacto de Gobierno”. “Es clave que lo que es fuente de derecho, como hemos hecho en otras ocasiones, forme parte de nuestra legislación”, ha asegurado. Su intención es abordar el tema una vez termine la negociación de la reducción de jornada y la del estatuto del becario (que se presentó en público hace más de un año, pero no se aprobó en el Consejo de Ministros).

Apenas han trascendido opiniones de la parte socialista del Gobierno al respecto, pero sin duda muestra mucho menos entusiasmo que el grupo de Díaz ante un posible cambio. En la pasada legislatura, el entonces ministro de Seguridad Social, José Luis Escrivá, dijo que estaba “muy cómodo” con el sistema “en los términos en los que está en este momento”.

Con todo, el Ministerio de Justicia (en manos del PSOE) se ha esforzado en que la resolución no acabase tomando este camino. Lo hizo a través del representante de España ante el Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS), que pidió apartar a una experta española del comité porque en julio de 2022, cuatro meses antes de ser nombrada tras la recomendación del propio Ejecutivo español, escribió un artículo en el que sostenía que la normativa actual no se adecúa a la Carta. Díaz envió una carta al ministro de Justicia, Félix Bolaños, para reclamarle que cejase en ese intento. La experta fue recusada, pero igualmente el CEDS ha fallado a favor de UGT.

Aunque la decisión del CEDS comprometa políticamente a PSOE y a Sumar, no es seguro que tengan los números parlamentarios para afrontar una reforma. El acuerdo de los dos partidos también prometía “reforzar la causalidad en los supuestos de extinción de la relación laboral”.

¿Qué dice la Carta Social Europea?

El sindicato UGT había presentado una reclamación ante el CEDS en 2022 porque, en su opinión, las indemnizaciones por despido improcedente no siempre resarcen el daño causado al trabajador, sobre todo cuando la relación laboral ha sido corta. La Carta establece “el derecho de los trabajadores despedidos sin razón válida a una indemnización adecuada o a otra reparación apropiada”. Y ese máximo de 33 días por año del sistema tasado español, interpretaba el sindicato, no siempre es “adecuado” o “reparador”.

La institución encargada de interpretar la Carta le ha dado la razón. “El Comité determinó que la compensación establecida por la ley española, fija y predecible, no es suficiente para cubrir los daños reales sufridos por los trabajadores despedidos injustificadamente y no tiene un efecto disuasorio suficiente para los empleadores”, ha indicado UGT en su nota de prensa, que no ha acompañado de la resolución porque sobre el contenido concreto aún pesa el embargo. El organismo con sede en Estrasburgo (Francia) publicará el detalle el próximo lunes.

El vicesecretario general de Política Sindical, Fernando Luján, ha recordado que en el momento en que España ratificó la Carta Social Europea en 2021, su contenido se convierte en derecho español tan válido como el nacional. “Hay países que no han querido obligarse, como Alemania o Austria, y otros que sí. España tardó 25 años, pero lo hizo”, ha asegurado. España no se enfrenta a una sanción europea si no adapta su normativa. Francia o Italia no cambiaron su legislación tras señalamientos parecidos a sus sistemas de despido. “Si el Gobierno no da el paso, vamos a ir sentencia a sentencia, juzgado a juzgado”, ha indicado el jefe de UGT.

¿Cómo cambiará el despido?

El compromiso de PSOE y Sumar es adaptar la normativa a la Carta Social Europea, pero no se especifica cómo hacerlo. Según han detallado los líderes de UGT, la resolución no incluye recomendaciones. Se limita a señalar la violación del artículo 24. El último cambio se dio en 2012, cuando el Gobierno de Rajoy recortó 12 días respecto a los 45 vigentes hasta entonces (que se mantienen para los periodos anteriores al cambio).

El secretario de Estado de Trabajo, Joaquín Pérez Rey, dijo recientemente que el sistema debe caminar hacia “un despido restaurativo y disuasorio; no se puede despedir caprichosamente a la gente”. “Eliminar un puesto de trabajo de manera injustificada”, continuó el secretario de Estado de Empleo, “es un atentado a su ciudadanía”. Esto conecta con una idea que Álvarez ha repetido varias veces este lunes: la decisión del CEDS aplica a los despidos injustificados e improcedentes, no a los que se den por causas objetivas.

“La patronal no puede confundir y alarmar de manera innecesaria. Hablamos de los despidos improcedentes, esto no va de ERE en los que debe haber causas objetivas. Solo en el supuesto de que no haya esas causas operaría una indemnización en la que no se sepa de antemano cuál es, que tenga en cuenta las circunstancia del trabajador. Esta demanda es para que no haya tanta ligereza a la hora de despedir. ¿Por qué tantas personas hacen tantas horas extra y no las cobran? ¿Por gusto? Lo hacen porque el coste del despido es una porquería, sobre todo cuando se lleva poco tiempo trabajado”, ha comentado el líder de UGT.

Justo esa última idea es la que vienen señalando muchos expertos: el sistema tasado español protege muy bien en las relaciones largas pero no lo hace en las cortas. Esto se aprecia en las estadísticas del Ministerio de Trabajo: los despedidos de 25 a 34 años de edad (que normalmente llevan menos tiempo en su empresa) recibieron una indemnización media de solo 2.669 euros en 2022. Los mayores de 55 años, de 17.795. De ahí que tanto este sindicato como UGT vengan defendiendo que una forma de cumplir con la Carta Social Europea pasaría por una indemnización mínima, de seis meses de salario. “Siempre en caso de despidos injustos, que no atiendan a causas objetivas”, ha insistido Álvarez.

La patronal no quiere ni oír hablar de un cambio en la normativa de despido, un tema que no se abordó en la reforma laboral, centrada en atajar la temporalidad.

¿Es caro el despido en España?

En 2022, últimos datos disponibles, se notificaron 528.413 despidos en España. Es la cifra más alta desde que hay registros, una serie del Ministerio de Trabajo que empieza en 2015. Los expertos creen que la reforma laboral explica este incremento: por las mayores restricciones para la contratación temporal, muchos empresarios acuden al contrato indefinido y reaccionan ante variaciones cíclicas de la demanda con despidos.

A la vez que aumentaron los despidos en 2022, cayó la cantidad media indemnizada: marcó un mínimo de 8.251 euros, una cifra coherente con el aumento de las rescisiones en relaciones que eran temporales. Los datos apuntalan esta interpretación: en 2019 (antes de la reforma laboral y de la pandemia) hubo 174.039 despidos de trabajadores con más de dos años de antigüedad, casi la misma cifra que en 2022 (171.193). Sin embargo, pese a la buena marcha del empleo, hubo menos ceses de trabajadores con menos de dos años en la empresa en 2019 (267.526) que en 2022 (303.466).

La principal defensa de los empresarios en los debates sobre la indemnización por despido improcedente es recordar que los 33 días con los que se compensa en España están muy por encima de la tasación de otros países. Según datos del Banco Mundial, España indemniza las rescisiones de trabajadores con 10 años de antigüedad con unas 28,6 semanas de salario, frente a las 10,8 de Francia, las 17,1 de Portugal o las 21,7 de Alemania.

Los sindicatos suelen contestar a este argumento indicando que el análisis debe tomar en cuenta otros factores clave como cuánto protege, el tiempo de preaviso o si hay salarios de tramitación. Una estadística a la que habitualmente aluden es la de la rigidez en la protección del empleo que difunde la OCDE. Este indicador tiene en cuenta diferentes variables, como el tiempo de preaviso, la indemnización o las dificultades para ejecutar el despido. En esa clasificación España (2,43 puntos) está por debajo de República Checa (el dato más alto, 3,03), Portugal (2,87) o Francia (2,68), pero por encima de Alemania (2,33) o el Reino Unido (1,9).

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