UGT pide volver a la indemnización por despido de 45 días y una adicional en función del daño al trabajador
El sindicato reclama salarios de tramitación y una compensación mínima que resulte disuasoria frente a los despidos “caprichosos” sin causa
En la legislatura que acaba de empezar habrá debate sobre la indemnización por despido. En la anterior quedó fuera del “perímetro de la negociación” de la reforma laboral, pero esta vez está encima de la mesa porque el acuerdo de Gobierno de...
En la legislatura que acaba de empezar habrá debate sobre la indemnización por despido. En la anterior quedó fuera del “perímetro de la negociación” de la reforma laboral, pero esta vez está encima de la mesa porque el acuerdo de Gobierno de PSOE y Sumar promete una reforma que ajuste la normativa a la Carta Social Europea Revisada. En ese contexto, UGT ha presentado este lunes un informe en el que analiza cómo y cuánto se despide en España, que termina con una serie de propuestas que marcan la posición del sindicato al respecto. Las claves son la recuperación de los salarios de tramitación, de los 45 días de indemnización (frente a los 33 actuales), una compensación mínima de al menos seis meses que resarza en las relaciones laborales cortas y una reparación por daños.
“Una de las cuestiones pendientes en la reforma laboral fue el despido. Queremos situarlo entre los temas fundamentales que deben ser objeto de debate”, ha dicho este lunes en rueda de prensa el secretario general de UGT, Pepe Álvarez. Ha asegurado que el acelerón en los despidos anuales (476.000 en lo que llevamos de 2023, un 40% más que promedio que hace un año) por la reforma laboral, dado el desplome de los contratos temporales, justifica la urgencia de la reforma. Muchos de ellos son “caprichosos, sin una causa clara”, ha reflexionado el líder de UGT. “Queremos romper los tópicos habituales en nuestro país, como el que dice que despedir es caro”, ha añadido.
El vicesecretario general de Política Sindical de UGT, Fernando Luján, ha repasado los datos que sustentan esta afirmación. “No es cierto que en España sea más caro despedir que en el resto de Europa. Para valorarlo no nos podemos limitar a la indemnización tasada”. Si el análisis se limita a esta variable, el sistema tasado en días de España sí está entre los que más protege. Pero, como señala el informe, esto genera un esquema a dos velocidades: la de trabajadores muy protegidos que llevan mucho tiempo en la empresa, y la de los que llevan menos, en riesgo porque prescindir de ellos sí es barato.
El informe toma como referencia el índice de rigidez del despido de la OCDE. Según esta fuente, España (2,05) protege peor que la media de este grupo de países y sustancialmente menos que Países Bajos (3,61), República Checa (326), Portugal (3,14) o Alemania (2,6). El informe señala que “España es el país de la OCDE que más ha reducido la protección frente al despido arbitrario” en los últimos años, dado que en 1985 este índice era de 3,55, casi el doble que ahora. El catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Jaén, Cristóbal Molina, es el director del informe, en el que también participa la Universidad Autónoma de Madrid.
Cambios en el sistema
Tras explicar que, a su juicio, despedir en España no es caro, Álvarez y Luján han detallado qué reforma del despido sí sería restaurativa para el trabajador y disuasoria para la empresa, es decir, la que acercaría la normativa española a lo que establece la Carta Social Europea. Plantean dos escenarios, uno basado en el sistema actual y otro más “rupturista”. En el primero destaca la recuperación de los salarios de tramitación, los que percibe el empleado hasta que la justicia decide ante la impugnación de un despido. “En ningún caso puede ser responsabilidad del trabajador cargar con las consecuencias hasta que haya una resolución judicial”, ha indicado Álvarez. Esta figura se diluyó en la reforma de 2012: antes correspondía a todas las improcedencias y desde entonces solo si hay readmisión.
Ese escenario también plantea un aumento del sistema tasado. “Tenemos que recuperar los 45 días históricos de nuestra legislación, que estuvieron vigentes de 1980 a 2012. En legislaciones anteriores se contemplaban incluso los 60 días”, ha añadido Luján. El informe indica que una reforma basada en estos dos parámetros “no se ajustaría estrictamente al imperativo de la Carta Social Europea; sigue siendo un sistema de indemnización tasada y topada, aunque mejorado de una forma notable respecto del actual”.
La propuesta más rompedora del informe, que según los autores se ajustaría mejor al texto europeo, se basa en “establecer un sistema de doble indemnización resarcitoria por despido arbitrario”. Consistiría en una indemnización mínima por despido improcedente, “que ha de incluir tanto los salarios de tramitación como una indemnización tasada” de 45 días de salario por año trabajado con 42 mensualidades como tope. El informe indica que esta indemnización mínima no podría ser menor a seis meses de salarios, con independencia de la antigüedad. Además, este sistema añadiría una indemnización adicional “para la reparación del daño real sufrido por el despido sin causa justificada”.
El debate sobre las indemnizaciones adicionales en función de las circunstancias del empleado se ha agitado desde una pionera sentencia conocida a principios de año, que otorgó una indemnización superior a la tasada a una trabajadora despedida justo antes de la pandemia. El juez tomó en consideración el daño que le suponía perder su empleo justo entonces.
Reclamación europea
UGT interpuso en 2022 una reclamación ante el Comité Europeo de Derechos Sociales, cuya resolución se espera para el primer trimestre del año que viene, en la que denuncia que la normativa española sobre despido no se ajusta a este texto. Este organismo ya ha fallado que el sistema francés e italiano no indemnizaban de forma adecuada, en condiciones homologables a las de España. Durante la pasada legislatura, el Ministerio de Trabajo manifestó en varias ocasiones que cumpliría con lo que dicte el Comité, pero el acuerdo de gobierno va incluso más allá, ya que relaciona la reforma con el texto, y no con la interpretación. De cualquier forma, no entra en detalles.
CC OO también ha interpuesto una reclamación parecida, que además aborda otras derivadas como el refuerzo de los supuestos de readmisión del trabajador. Distintas fuentes apuntan que muy probablemente el ministerio articulará un grupo de expertos que aconsejen cómo reformar el despido.
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