Las claves de la reforma del mercado eléctrico europeo: ¿qué busca? ¿Conseguirá sus objetivos?
La presidencia española saca adelante un cambio normativo que pareció imposible durante meses. Las concesiones a la nuclear francesa, fundamentales
Tras publicarse ríos de tinta sobre la reforma del mercado eléctrico europeo, las negociaciones entre los Veintisiete estuvieron cerca de descarrilar varias veces en los últimos siete meses. Sobre la bocina, sin embargo, la presidencia española del Consejo de la UE ha logrado este martes su propósito de sacar adelante el cambio normativo antes de que termine el año. De no haber salido de la cita de Luxemburgo con el pacto b...
Tras publicarse ríos de tinta sobre la reforma del mercado eléctrico europeo, las negociaciones entre los Veintisiete estuvieron cerca de descarrilar varias veces en los últimos siete meses. Sobre la bocina, sin embargo, la presidencia española del Consejo de la UE ha logrado este martes su propósito de sacar adelante el cambio normativo antes de que termine el año. De no haber salido de la cita de Luxemburgo con el pacto bajo el brazo, la pelota habría quedado en el tejado de Bélgica, que relevará a España en la presidencia rotatoria a partir del 1 de enero. Para sacarlo adelante, los países que han pasado página de la energía nuclear (con Alemania al frente) han tenido que ceder frente a la férrea postura de Francia, gran adalid de la atómica y el país del entorno europeo que más está impulsando esta fuente de energía.
El texto cuenta con el visto bueno de los Veintisiete, con la única excepción —ya habitual— de la Hungría de Viktor Orbán. Sin embargo, este no es el fin del proceso: ahora las instituciones legislativas de la UE, el Consejo (es decir, los Estados) y el Parlamento Europeo tendrán que negociar entre ellos los textos legales definitivos. En julio, la Eurocámara ya acordó una posición propia, que pasaba por facilitar la intervención pública del mercado en los periodos de crisis energética (como en parte de 2021 y todo 2022), pero que era mucho menos próxima a las posiciones pronucleares de lo que ha acabado siendo el texto del Consejo, y apostaba por dificultar los cortes de suministro a los clientes más vulnerables.
¿En qué consiste?
La nueva regulación —de la que se conocen los principales titulares, pero no toda la letra pequeña— persigue tres objetivos: “Una mayor estabilidad de precios; una mayor protección del sistema, con las comercializadoras más cubiertas; y una mayor flexibilidad de la demanda, que idealmente se desplace a las horas más baratas, en las que más renovables hay en el sistema, y que lleve a los grandes consumidores a reducir su demanda en las horas más caras a cambio de una compensación”, explica Natalia Collado, experta en mercados regulados del Centro de Políticas Económicas de EsadeEcPol.
El primer punto, el de la estabilidad de precios, es, en realidad, el germen del cambio normativo: lo que llevó a los Veintisiete a tratar de consensuar cambios por la vía de urgencia, para evitar nuevos episodios como el vivido en buena parte del año pasado. Entonces, la escalada del gas provocó un súbito encarecimiento de la luz a lo largo y ancho del continente y forzó a los gobiernos a regar de ayudas a los consumidores y a aprobar cambios urgentes, como la excepción ibérica.
¿Cómo trata de estabilizar el precio de la luz?
La herramienta clave para tratar de reducir la volatilidad al mínimo es el aumento de los contratos por diferencia: los llamados CFD, por sus siglas en inglés, acuerdos entre un productor de electricidad y una autoridad estatal para acordar un precio garantizado. El objetivo es que estos alcancen a un porcentaje mayor de la energía que se vierte en el sistema. Para ello, se quiere “eliminar los obstáculos injustificados y los cargos o procedimientos desproporcionados o discriminatorios”, según explica el Consejo de la UE. “Las medidas pueden incluir, entre otras cosas, sistemas de garantía respaldados por el Estado [una forma de subvención], garantías privadas e instrumentos o estructuras que agrupen la demanda de contratos de compraventa de energía”. Además, estos CFD serán “el modelo de uso obligatorio para los contratos a largo plazo con participación de financiación pública”.
¿Qué son los mecanismos de capacidad y por qué son importantes?
El propio Consejo de la UE los define como “medidas de apoyo” de los Estados a las centrales eléctricas “con el fin de garantizar la seguridad del suministro de electricidad a medio y largo plazo”. Esta reforma suprime su carácter temporal y simplifica los procesos de aprobación. Y deja en papel mojado hasta finales de 2028 los umbrales máximos de emisiones de cada central para que puedan acogerse al apoyo público. Un aldabonazo claro, aunque temporal, para el carbón.
¿Lo notarán los hogares?
A corto plazo, no. “Mi impresión es que, a corto plazo, no nos vamos a dar tanta cuenta como consumidores”, aquilata Collado. A medio y largo plazo, sí: “Fomentará aún más la inversión en renovables, y eso hará que los precios sean más bajos. La contratación a largo plazo y los contratos por diferencias reducirán el riesgo de inversión y garantiza unos retornos a los desarrolladores”, completa.
La clave para entender cómo la generalización de los CFD debería permitir una mayor estabilidad de precios está en que el volumen de energía contratada de antemano (a largo plazo y a un precio fijado ex ante) aumentará, reduciendo el espacio que queda para el despacho diario de energía, en el que los precios fluctúan mucho más. El esquema es similar al de las subastas que se celebran en España desde hace años, por ejemplo, y que en sus últimas convocatorias ha pinchado en hueso. “Proporcionará previsibilidad y seguridad”, confía el órgano que reúne a los gobiernos europeos. Las instalaciones de generación en curso contarán con un periodo de tres años para adherirse al nuevo mecanismo “a fin de mantener la seguridad jurídica”.
El nuevo reglamento, además, obliga a todos los países a establecer la libre elección de comercializadora y que estas ofrezcan tarifas dinámicas de la luz (más baratas, en las horas en las que más generan las renovables). También que los consumidores vulnerables tengan acceso a un proveedor de último recurso para “garantizar la continuidad del suministro”. En España, sin embargo, todo eso ya es una realidad, por lo que la incidencia del cambio será nula.
Nueva definición de crisis
En el nuevo reglamento, por último, refuerza el papel del Consejo a la hora de declarar una crisis de precios a escala comunitaria y cambia las condiciones exigidas para ello: a partir de ahora, podrá declararse cuando “se espere que los precios medios de la electricidad al por mayor sean muy elevados durante al menos seis meses, y cuando se espere que los fuertes aumentos de los precios de la electricidad al por menor se mantengan durante al menos tres meses”. Una definición muy abierta, subjetiva, con la que tratan de evitar la lentitud de los primeros compases de la crisis del año pasado. También el Parlamento, en su posición, persigue facilitar la declaración de crisis energética. Para ello, el texto de la Eurocámara fija una serie de condiciones observables —bastante menos exigentes que las planteadas por la Comisión— y si se cumplen se activa automáticamente la declaración.
¿Por qué sale Francia victoriosa?
En corto, porque las centrales nucleares —que en lo que va de 2023 han aportado casi las tres cuartas partes de la electricidad generada por la segunda mayor economía de los Veintisiete— podrán recurrir a los CFD, que cuentan con el soporte público. Lo harán, eso sí, bajo supervisión del departamento de Competencia de la Comisión Europea —que analizará cada contrato en clave de ayudas de Estado— y solo en los reactores nuevos o en los que se ha invertido para alargar su vida útil y para aumentar su capacidad de generación. Un criterio muy similar al seguido en la famosa y polémica taxonomía verde europea, que colgó la vitola de verde a la nuclear y a las centrales de ciclo combinado (gas) de nueva hornada.
“Lo que Francia ha obtenido hoy (...) es una victoria para la energía nuclear, porque el acuerdo garantiza una neutralidad tecnológica total con respecto a todas las energías bajas en carbono, la nuclear y las renovables”, deslizó el martes por la noche la ministra francesa para la Transición Energética, Agnès Pannier-Runacher. “Acojo con satisfacción un acuerdo que protege a los consumidores, sienta las bases para una inversión masiva en energías renovables y garantiza la preservación del activo que constituye nuestra energía nuclear. Hace un año, todos en Bruselas consideraban imposible el acuerdo. El trabajo realizado por Francia con la alianza nuclear europea, la Comisión Europea, Alemania y las sucesivas presidencias, ha dado sus frutos”.
La lectura política de Collado es, también, de “concesión” a Francia del resto de Estados miembros. “Y también a Polonia [el país de los Veintisiete que más sigue dependiendo del carbón], porque se quitan los límites de emisiones de CO₂ para que las plantas se puedan acoger a los mecanismos de capacidad hasta 2028″, refrenda Collado. “España ha tenido que ser neutral por estar en la presidencia. Si no, el acuerdo hubiera sido más peleado, con un contrapeso mayor para los países que se oponen a la nuclear y al carbón”.
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