La Audiencia Nacional confirma la multa al antiguo consejo de Abengoa por no presentar las cuentas anuales
El tribunal mantiene la sanción al entonces presidente, Gonzalo Urquijo, y seis consejeros por no remitir el informe financiero de 2019 en plazo
La Audiencia Nacional confirma la multa de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) por no presentar las cuentas de 2019 al antiguo consejo de Abengoa, incluido el que fuera su presidente entre 2016 y 2020, Gonzalo Urquijo. El tribunal ha emitido sentencias desestimatorias a las que ha tenido acceso EL PAÍS contra el presidente y los seis consejeros (el exministro del PP Josep Piqué, Manuel Castro, José Luis del Valle, José Wahnon, Ramón Sot...
La Audiencia Nacional confirma la multa de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) por no presentar las cuentas de 2019 al antiguo consejo de Abengoa, incluido el que fuera su presidente entre 2016 y 2020, Gonzalo Urquijo. El tribunal ha emitido sentencias desestimatorias a las que ha tenido acceso EL PAÍS contra el presidente y los seis consejeros (el exministro del PP Josep Piqué, Manuel Castro, José Luis del Valle, José Wahnon, Ramón Sotomayor y Pilar Cavero). Entre las tres últimas, fechadas el 25 de noviembre, está la que se refiere a Urquijo: “Desestimamos el recurso contencioso-administrativo contra la resolución del consejo de la CNMV del 27 de mayo de 2021 por ser conforme a derecho”, recoge el fallo. Contra esta sentencia cabe recurso de casación.
Los hechos se remontan al año 2020, cuando el consejo de la empresa tecnológica sevillana no presentó las cuentas anuales del ejercicio anterior. “La CNMV califica el incumplimiento de esa obligación de transparencia e integridad del mercado como infracción muy grave”, recuerda la sentencia. Y añade: “Tipifica como tal el incumplimiento de la obligación de remisión de la información regulada en los artículos 118 a 122, cuando exista un interés de ocultación o negligencia grave, atendiendo a la relevancia de la comunicación no realizada y a la demora en que se hubiese incurrido”.
La CNMV sancionó por no remitir en plazo el informe financiero anual individual y consolidado de 2019 a los miembros del consejo con una multa de 20.000 euros cada uno. Fuentes de la dirección actual del grupo andaluz explican que el consejo tenía un seguro que será el que haga frente a esta sanción y no ellos a título individual. De hecho, la póliza se ha incrementado en un millón y medio por tener incidencias. La CNMV abrió también un expediente sancionador contra la sociedad con una propuesta de multa de 100.000 euros. Este fue uno de los traspiés más sonados de Abengoa en su carrera hacia la quiebra.
En los últimos años, la sociedad ha procurado que el Estado (ya fuese el Gobierno de España o el andaluz) lanzase una nueva red de salvación. Sin embargo, los últimos intentos han caído en saco roto y la empresa está en concurso de acreedores. Abengoa trató de justificar el retraso en la formulación de las cuentas precisamente para proteger su futuro: “La inviabilidad, difícilmente reversible, hubiera resultado de formular cuentas de 2019 en un escenario de escaso avance y total incertidumbre en relación con el Plan de Viabilidad Actualizado y bajo el principio contable de empresa en liquidación, lo que hubiera determinado con alta probabilidad la exclusión de Abengoa y su grupo como beneficiarios de apoyos públicos ICO o FASEE al ser en ese escenario calificada como empresa en crisis a 31 de diciembre de 2019″. Es decir, no habría podido acceder a ayudas extraordinarias como el fondo de rescate de la SEPI, algo que intentó, aunque finalmente no lo consiguió.
El antiguo consejo de la firma tecnológica también trató de poner en cuestión la proporcionalidad de la multa. Una petición que el tribunal no ha tenido en cuenta: la sentencia explica que “difícilmente se puede considerar que se ha vulnerado el principio de proporcionalidad dado que se le ha impuesto una sanción de multa de 20.000 euros cuando la sanción máxima a imponer era de 400.000 euros y el Tribunal Supremo ha establecido que no cabe apreciar vulneración del principio de proporcionalidad cuando la sanción se imponga en el grado mínimo”.
Además, entiende la sala de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, “la parte lo que realmente solicita no es que se gradúe la sanción en su límite inferior del grado mínimo, ya que eso ya lo ha hecho la CNMV. Lo que pide es que se rebaje la sanción en uno o dos grados y se le imponga las sanciones previstas para las infracciones leves o subsidiariamente graves en proporción mínima”.
Este consejo de Abengoa, que terminó dimitiendo, ya venía de otros sobresaltos. Por ejemplo, cuando la Fiscalía de Sevilla observó indicios suficientes de delito en su gestión desarrollada en el diseño de la primera reestructuración de la tecnológica sevillana en 2016. Ya por entonces el consejo estaba presidido por Urquijo y del que también formaba parte el exministro en el Gobierno de José María Aznar, Josep Piqué.