La ley de interinos para atajar la temporalidad en el empleo público entrará en vigor este jueves
La norma reserva concursos, sin oposiciones, para puestos de trabajo en la Administración que hayan estado ocupados de forma temporal durante al menos cinco años
La ley para la reducción de la temporalidad en el empleo público entrará en vigor este jueves, un día después de que haya sido publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) este miércoles. La norma, que recibió luz verde definitiva en el Senado hace una semana, reservará concursos y no oposiciones para puestos de trabajo en la Administración que hayan estado ocupados de forma temporal durante al menos cinco años.
El objetivo es ...
La ley para la reducción de la temporalidad en el empleo público entrará en vigor este jueves, un día después de que haya sido publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) este miércoles. La norma, que recibió luz verde definitiva en el Senado hace una semana, reservará concursos y no oposiciones para puestos de trabajo en la Administración que hayan estado ocupados de forma temporal durante al menos cinco años.
El objetivo es reducir la temporalidad del conjunto de las Administraciones por debajo del 8%, una ratio que a día de hoy sí cumple la Administración General del Estado, pero no otros ámbitos territoriales. Se trata de un compromiso que adquirió el Gobierno con la Unión Europea a través de las reformas contenidas en el Plan de Recuperación y supone también cumplir con las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y del Tribunal Supremo sobre la materia.
Las Administraciones Públicas deberán ofertar antes del 1 de junio de 2022 las plazas de trabajadores temporales que están actualmente ocupadas. Los procesos selectivos deberán finalizar antes del 31 de diciembre de 2024 y será un proceso de concurso-oposición el que dará acceso a estas plazas.
Con carácter general, la fase de concurso ponderará un 40% y la experiencia será el elemento determinante en la valoración, mientras que la ley fija que los ejercicios de la fase de oposición podrán considerarse no eliminatorios. Asimismo, las diferentes Administraciones podrán adaptar el temario y el tipo de pruebas para la estabilización del empleo, según consideren más apropiado para cada ámbito.
Acceso sin oposición
Uno de los puntos clave de la nueva norma es que las plazas que hubieran estado ocupadas con carácter temporal de manera ininterrumpida desde antes del 1 de enero de 2016 se convocarán por el sistema de concurso de manera excepcional. Esto significa que los puestos estructurales que lleven al menos cinco años ocupados de forma interina, así como los ocupados por personas interinas que lleven más de cinco años empleadas en la Administración, se convocarán a través de este proceso extraordinario para su estabilización, que no requiere de oposición.
El personal interino que no supere este proceso selectivo tendrá derecho a una indemnización de 20 días por año trabajado hasta un máximo de 12 meses. Estas personas también se incorporarán a una bolsa de empleo específica. La aplicación de la norma alcanzará a todos los niveles de la Administración, a todas las sociedades mercantiles públicas, a las entidades públicas empresariales, a las fundaciones y los consorcios del sector público, por lo que el proceso de regularización se efectuará en todos esos ámbitos, sin perjuicio de que pueda adecuarse a su normativa específica. Del mismo modo, tanto el personal funcionario como el laboral, siempre que cumpla las condiciones requeridas, se beneficiará de la estabilización que recoge la ley.