Fedea pone en duda los efectos de la jubilación activa si no se incentiva su aplicación

Rebajar los requisitos y mejorar las bonificaciones para que trabajadores y empresas opten por su implementación pasa por ser la solución según un estudio del ‘think tank’

Varios pensionistas se manifiestan por las calles de Bilbao el pasado 15 de marzo.Luis Tejido (EFE)

El aumento de la longevidad y su impacto en las cuentas públicas tiene su máximo exponente en el pago de las pensiones. Es por ello que la relación entre cotizantes y pensionistas experimenta desde hace años una tensión progresiva que tiende a poner en riesgo la supervivencia del modelo, uno de los pilares del Estado de Bienestar. Para tratar de que los dos extremos de la cuerda rompan ...

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El aumento de la longevidad y su impacto en las cuentas públicas tiene su máximo exponente en el pago de las pensiones. Es por ello que la relación entre cotizantes y pensionistas experimenta desde hace años una tensión progresiva que tiende a poner en riesgo la supervivencia del modelo, uno de los pilares del Estado de Bienestar. Para tratar de que los dos extremos de la cuerda rompan su inercia, se han diseñado distintas fórmulas que pretenden aumentar el periodo en el que un trabajador prorrogue en el tiempo su aportación a la Seguridad Social. La jubilación activa es uno de esos modelos, centrado en que un empleado en edad legal de jubilación (de 65 años y 10 meses) pueda compatibilizar el cobro de una parte de su pensión con su salario. Un beneficio que le llevaría a estirar su edad real de jubilación. Sin embargo, desde Fedea aseguran que “no es probable que la jubilación activa alcance un grado de extensión muy importante en su forma actual”, y que para que esto suceda es necesario “un cambio normativo que mejore la aceptación del programa”.

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Las bondades y debilidades del actual modelo, creado en 2013, centran el último estudio del think tank, elaborado por dos de sus miembros, Alfonso R. Sánchez y Sergi Jiménez. En un documento de 47 folios, ambos autores desgranan la deriva hacia la que se dirige la Seguridad Social en materia de pensiones, debido a las diferencias de volumen que existen entre beneficiarios y contribuyentes. Según su valoración, aunque la jubilación activa “en un mundo ideal” reforzaría inicialmente a ambas partes, “mejorando la oferta de trabajo y la situación financiera del sistema de pensiones”, en el “mundo real” el beneficio “no sería inmediato [...], ya que depende de las decisiones de jubilación y cobro de pensión de los trabajadores y del respaldo de las mismas por las empresas contratantes”. Y añaden: “Los objetivos del programa podrían verse frustrados si, por ejemplo, los trabajadores respondiesen adelantando la edad de cobro sin retrasar apreciablemente su jubilación”.

El acceso a la jubilación activa tiene, al mismo tiempo, sus restricciones para evitar que pudiera darse el problema anteriormente descrito. No todos los trabajadores pueden acceder a ella: solo aquellos que hayan cumplido la edad legal de jubilación y que posean un historial completo de cotización (esto es, haber cotizado los 37 años necesarios para que la pensión sea por el 100% de la base reguladora). De ser así, al llegar a su edad de jubilación pueden seguir trabajando y recibir, junto con su salario, un 50% de la pensión. Cuando llega la jubilación definitiva, se percibe la cantidad estipulada inicialmente, sin añadir más dinero por el periodo trabajado de más, en el que, además, se debe aportar una cotización especial del 8% (fondo de solidaridad).

En opinión de los expertos de Fedea, el impacto cuantitativo de la implementación de esta fórmula no resultaría destacado, “aunque tiene efectos distintos dependiendo de las características de los individuos, en la mayoría de los casos no se crean incentivos financieros favorables a su uso”, señalan. Diferenciando a los trabajadores por el nivel de salario percibido, proyectan un comportamiento desigual que sería la fuente de esa incapacidad de generar un beneficio suficiente. “Los trabajadores con salarios bajos tenderán a jubilarse más tarde, reduciendo los costes financieros del sistema de pensiones. Los trabajadores con salarios elevados (que activan la pensión máxima a la jubilación) tenderán a adelantar el cobro y resultar algo más caros para el sistema. Para la mayoría de trabajadores, situados en un rango de ingresos intermedio, la jubilación activa no crea incentivos compatibles con el retraso de la jubilación, de modo que la participación esperable en el programa es modesta”, describen.

Para reformular la herramienta y que pueda resultar más atractiva, proponen una serie de cambios normativos, como reducir las condiciones de exclusión y la actualización de la pensión con la jubilación definitiva. Sin embargo, este remedio generaría un nuevo daño, ya que “ambas medidas implicarán un mayor coste para la Seguridad Social”, apuntan.

Poco interés de las empresas

La circunstancia de que las empresas no hayan promovido el empleo de esta fórmula híbrida entre sus asalariados y que, por contra, sí que haya tenido relativa aceptación entre el colectivo de trabajadores autónomos también demuestra, en opinión de los autores del estudio, que el impacto de la jubilación activa “será modesto”. “La evidencia empírica de trabajadores autónomos utilizando el programa con una intensidad muy superior a las de sus homólogos asalariados apunta a un desinterés de las empresas por mantener activos a sus trabajadores mayores”, describen. Ese cambio de comportamiento solo se produciría con la modificación de algunos de sus parámetros. “Parece claro que cualquier extensión de la normativa de la jubilación activa debe incluir el desarrollo de incentivos específicos para las empresas empleadoras”, confían.

A modo de conclusión final, desde Fedea convienen en diseñar un plan que en un primer lugar tenga claro cuál es su objetivo principal: si el aumento de la oferta de trabajo o la contención de costes. Independientemente de dónde se sitúe el foco, las recomendaciones del think tank son compartidas: “Eliminar las restricciones de exclusión salvo el acceso a la Edad Legal; permitir la extensión a edades anteriores a la Edad Legal; homogeneizar las cotizaciones de los jubilados activos con las del resto de los trabajadores, permitir cobros superiores al 50% para trabajadores de salarios bajos y actualizar la pensión al final del periodo de compatibilización”.

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