Las empresas que apliquen ERTE tendrán que mantener plantilla seis meses después de retomar la actividad
Las sociedades que se acojan a las medidas de ajuste laboral no podrán distribuir dividendos en este ejercicio fiscal y no podrán estar radicadas en paraísos fiscales
El pacto entre el Gobierno y los agentes sociales para mantener los ERTE hasta el 30 de junio mantiene las exoneraciones de cotizaciones para las empresas que se acojan a estos ajustes de costes laborales, pero serán más bajas. Además, también aclara algunos puntos que hasta ahora, según apuntaba este viernes la responsable de relaciones laborales de CEOE, Rosa Santos, planteaban dudas jurídicas.
Entre las respue...
El pacto entre el Gobierno y los agentes sociales para mantener los ERTE hasta el 30 de junio mantiene las exoneraciones de cotizaciones para las empresas que se acojan a estos ajustes de costes laborales, pero serán más bajas. Además, también aclara algunos puntos que hasta ahora, según apuntaba este viernes la responsable de relaciones laborales de CEOE, Rosa Santos, planteaban dudas jurídicas.
Entre las respuestas está, por ejemplo, el mantenimiento de la condición de no reducir plantilla —excepto despidos disciplinarios y finalizaciones de contratos temporales— durante seis meses so pena de pagar a la Seguridad Social lo no cotizado en el ERTE. Pero sí deja claro que la empresa solo tendrá que pagar lo no cotizado y no, además, la prestación extraordinaria que percibe el trabajador. También señala que el contador empezará a correr desde que la empresa retoma su actividad, es decir, desde que comienza a recuperar trabajadores del ERTE, no desde que vuelve toda la plantilla. Además incorpora una excepción para “aquellas empresas en las que concurra un riesgo de concurso de acreedores”.
El pacto recoge otros dos puntos en los que la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, había puesto empeño. El primero es que las empresas que apliquen los ERTE por fuerza mayor y, por tanto, tengan las exenciones de cuotas, no podrán repartir dividendos en este ejercicio fiscal. El segundo es que a esta medida de ajuste laboral extraordinaria no podrán acogerse sociedades que tengan su domicilio social en paraísos fiscales.
En el texto, las ventajas son menores para las empresas este mes y se reducen algo más en junio. Por ejemplo, entre marzo y abril las firmas con menos de 50 trabajadores que han recurrido a un ERTE por fuerza mayor, vinculada al estado de alarma, tienen una reducción de cuotas en los trabajadores afectados del 100% y las de más de 50 empleados del 75%. Ahora esos umbrales de exención bajan al 60% en mayo y al 45% en junio para las sociedades más pequeñas y al 45% y al 30% para el resto.
El acuerdo permite, siguiendo el criterio ya marcado por la Dirección General de Trabajo desde el lunes, que las empresas rescaten a sus empleados de los ERTE según los vayan necesitando en el retorno a la actividad. También en este caso hay exoneración de cotizaciones, incluyo mayores para incentivar la vuelta de trabajadores: el 85% en mayo y el 70% en junio las empresas más pequeñas, y el 60% y el 45%, el resto.
Todas estas medidas y condiciones están vigentes hasta el 30 de junio. A partir de esa fecha, el pacto, que se convertirá en decreto-ley el próximo martes, abre la puerta a que el Consejo de Ministros mantenga las ventajas después de consultarlo con una comisión compuesta por el Gobierno (representado por el Ministerio de Trabajo y el de Seguridad Social), los sindicatos y los empresarios.
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