Columna

Los nuevos derechos como europeos

En la contratación seriada son insuficientes los principios legales de libertad e igualdad

La mayor parte de los contratos que realizan los ciudadanos con empresas, bancos o aseguradoras no son negociados. Forman parte de la llamada contratación seriada. En lenguaje castizo se dice “son lentejas, o las tomas o las dejas”. Estos contratos afectan a las decisiones más importantes de la vida, como la compra o alquiler de una vivienda, o fijan las condiciones de contratación de un seguro, un teléfono, un viaje, una operación médica o una cuenta de ahorro. Su característica es la situación de inferioridad de los usuarios por falta de información. En realidad son contratos de adhesión y n...

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La mayor parte de los contratos que realizan los ciudadanos con empresas, bancos o aseguradoras no son negociados. Forman parte de la llamada contratación seriada. En lenguaje castizo se dice “son lentejas, o las tomas o las dejas”. Estos contratos afectan a las decisiones más importantes de la vida, como la compra o alquiler de una vivienda, o fijan las condiciones de contratación de un seguro, un teléfono, un viaje, una operación médica o una cuenta de ahorro. Su característica es la situación de inferioridad de los usuarios por falta de información. En realidad son contratos de adhesión y no el resultado de una negociación.

Esta desigualdad fue abordada por primera vez por una directiva europea en 1993 para proteger a los consumidores, para corregir su situación de inferioridad en estos contratos y asegurar el buen funcionamiento del mercado interior. Durante los últimos 25 años el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha desarrollado esta protección y ha ido muchos más lejos que la propia directiva. En esta materia España ha dado muchísimo trabajo al TJUE para que resolviera la infinidad de litigios que inundan los juzgados ante la profusión de abusos en esta contratación.

Este desajuste entre la realidad económica y los derechos de los ciudadanos ha sido abordado a fondo por Francisco Javier Orduña, catedrático de derecho civil y magistrado del Tribunal Supremo, como ponente o en sus votos particulares en varias sentencias que han sido tomadas como referencia por el TJUE. El magistrado dictó una conferencia la semana pasada en Barcelona en el Segundo Congreso de Consumo, organizado por los Colegios de Abogados de Barcelona y Madrid, cuya actuación conjunta resulta muy constructiva para el avance de los derechos ciudadanos.

Con un lenguaje cristalino, Orduña se amparó en las ideas de Zygmunt Bauman, para expresar el “proceso de transformación social” en que estamos inmersos que supone un “cambio de paradigma” de los derechos y valores sociales. Orduña explicó que en la contratación seriada “son insuficientes los principios legales como la libertad y la igualdad de Revolución Francesa”. En su opinión, hacen falta nuevos principios como el de la transparencia, del que sido un gran impulsor, que garantizan que el consumidor ha recibido la información necesaria para comprender todas las consecuencias económicas del contrato.

El juez, que fue premiado por la Asociación Española de Derecho de Consumo, unos días después de haberlo sido por los juristas de Málaga, mira más lejos. Recordó que el modo de contratación debe tener una función social, como la propiedad, y que la norma europea no sólo defiende a los consumidores, también persigue una economía más competitiva. Esto significa que en el mundo global Europa quiere construir un sistema mejor para los ciudadanos que sea referencia internacional.

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