La justicia europea avala el programa de compra de activos de Draghi

El tribunal rechaza que el BCE se haya excedido de su mandato con la adquisición de bonos

Imagen de la entrada de la Corte de Luxemburgo.JULIEN WARNAND (EFE)

El Tribunal de Justicia de la UE ha zanjado la cruzada de varios políticos vinculados a la derecha alemana contra el programa de compra de activos (PPA, por sus siglas en inglés) del Banco Central Europeo (BCE). El presidente del Eurobanco, Mario Draghi, sale victorioso de esa batalla después de que la Corte de Luxemburgo haya dictado que la adquisición de activos, que culmina este mes, "no excede el mandato del BCE". Los jueces de la UE consideran, al contrario, que ...

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El Tribunal de Justicia de la UE ha zanjado la cruzada de varios políticos vinculados a la derecha alemana contra el programa de compra de activos (PPA, por sus siglas en inglés) del Banco Central Europeo (BCE). El presidente del Eurobanco, Mario Draghi, sale victorioso de esa batalla después de que la Corte de Luxemburgo haya dictado que la adquisición de activos, que culmina este mes, "no excede el mandato del BCE". Los jueces de la UE consideran, al contrario, que el programa forma parte de la política monetaria, que "es competencia exclusiva de la Unión respecto a los estados miembros cuya moneda es el euro" y concluye que respeta el "principio de proporcionalidad". Una portavoz del BCE ha afirmado que la institución "toma nota" de la sentencia que confirma que el programa de compras del sector público es "una medida de política monetaria que no viola las disposiciones de la legislación de la UE".

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La compra de bonos soberanos ha sido una de las herramientas a través de las que Draghi ha inyectado en el mercado más de 2,5 billones de euros. Tras irse prorrogando, el BCE pondrá punto y final a esas adquisiciones a finales de este mes. Antes de que ello ocurra, el Tribunal de la UE ha resuelto una cuestión prejudicial planteada por el Tribunal Constitucional alemán, al que recurrieron un grupo de "particulares", entre ellos el economista y fundador del partido ultraderechista Alternativa para Alemania (AfD) Bernd Lucke y el exdiputado de la CSU Peter Gauweiler. Estos argumentaban que el BCE se había excedido en su mandato al infringir el reparto de competencia entre la Unión y los países miembros y que el Parlamento federal se había quedado con los brazos cruzados ante esa posible vulneración. La corte de Kalsruhe planteó a Luxemburgo si el BCE estaba excediendo su mandato.

El BCE, recuerda el tribunal, tiene como objetivo la estabilidad de precios (a medio plazo, con una inflación cercana al 2%). La Corte recuerda que la crisis dejó a la economía al borde de la deflación, por lo que el BCE adoptó en 2015 un programa de adquisición de bonos soberanos en los mercados soberanos para volver a tasas de inflación próximas al 2%.

Efectos positivos del programa

Al respecto, el Tribunal estma que esas adquisiciones masivas facilitaron el acceso a la financiación necesaria para la expansión de la actividad económica, de modo que bajaron los tipos de interés reales y la banca comercial pudo conceder más créditos. Y ello, añade, apuntaló el consumo de los hogares y la inversión. Por ello, excluir la posibilidad de que el BCE pueda adoptar esas medidas podría "obstaculizar seriamente" la misión para la que está llamado.

La justicia europea tampoco considera que el BCE haya concedido ninguna suerte de crédito a los estados con su programa, puesto que no equivale a comprar bonos en el mercado primario ni "neutraliza" los incentivos de los estados a aplicar una política presupuestaria sana, como denunciaban los particulares alemanes. Los efectos del programa, añade el juez, para aplicar una política presupuestaria sana se ven limitados por la limitación del volumen mensual de las compras de valores públicas. Además, el Eurobanco se impuso unos criterios estrictos sobre la calidad de la deuda pública para poder adquirir bonos en los mercados secundarios, de forma que quedaron excluidos los bonos de algunos países.

La decisión del juez coincide con la del Abogado General de la UE, que había considerado que el BCE no había incurrido ni en una "desviación de poder" ni había "rebasado" los límites de sus facultades. La sentencia, además, es otro varapalo al Constitución alemán, que en 2015 ya se encontró con que la justicia europea consideró que las medidas extraordinarias del BCE para dar aire a la economía europea eran compatibles con el derecho comunitario.

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