La Corte de Apelación de Estocolmo anula el segundo laudo millonario de renovables contra España

La decisión ha tenido en cuenta la sentencia del Tribunal de la UE que invalida las sentencias entre países miembros

El ministro de Energía, Turismo y Agenda Digital, Álvaro NadalToni Galán (EFE)

Un día después del tercer revés por un laudo arbitral internacional por los recortes de las ayudas a las renovables, el Ministerio de Energía ha recibido una buena noticia: el tribunal de Apelación de Estocolmo (Svea Court of Appeal) le ha comunicado que "se suspende indefinidamente" el laudo de Novenergia que había dictado la Cámara de Comercio de la misma ciudad, según ha comunicado el ministerio que dirige Álvaro Nadal. ...

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Un día después del tercer revés por un laudo arbitral internacional por los recortes de las ayudas a las renovables, el Ministerio de Energía ha recibido una buena noticia: el tribunal de Apelación de Estocolmo (Svea Court of Appeal) le ha comunicado que "se suspende indefinidamente" el laudo de Novenergia que había dictado la Cámara de Comercio de la misma ciudad, según ha comunicado el ministerio que dirige Álvaro Nadal. La decisión obligaba a pagar 53 millones de euros a los inversores, con domicilio en Luxemburgo.

La anulación se basa en la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del pasado marzo que invalida que se puedan dirimir conflictos entre empresas y Estados en el marco de los tratados bilaterales entre socios comunitarios. En este caso, se cumple la prohibición porque la empresa tiene su domicilio en Luxemburgo. El laudo de la Cámara de Comercio de Estocolmo había dado la razón al fondo al considerar que el recorte que supuso el Real Decreto 9/2013, la reforma del sector eléctrico aprobada por el Gobierno del PP, supuso un "cambio brusco y de sistema" con respecto a las modificaciones anteriores que habían supuesto ya los recortes de finales de 2010 hecho por el Gobierno del PSOE.

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Novenergia había solicitado 60 millones y la Cámara lo redujo a 53 con unos intereses del 1,5% desde la fecha de presentación de la demanda hasta que se abone la cantidad. La Cámara de Comercio de Estocolmo había subrayado que en el caso de la demanda de un inversor internacional "no se habla solo de Derecho Comunitario, sino de Derecho Internacional Público", por lo que es vinculante y no una competencia exclusiva de la Comisión Europea.

Novenergia cuenta con una cartera en España de siete proyectos fotovoltaicos, todos ellos construidos entre 2007 y 2008 y ubicados en las regiones de Castilla-La Mancha, Extremadura, Murcia y Cataluña, con una capacidad total de 24 megavatios (MW).

Además de este laudo en contra, anteriormente el Reino de España había recibido otro dictado por el Ciadi, corte del Banco Mundial, a favor del fondo Eiser por un total de 128 millones (frente a más de 300 que reclamaba). El otro laudo en contra, comunicado el miércoles, ha sido a favor del fondo Masdar, perteneciente a la empresa Mubadala, del emirato de Abu Dabi, por un total de 64,5 millones (frente a 165 solicitados). Este fondo presentó la demanda a través de una filial de Holanda, motivo por el cual podría estar involucrado en la sentencia, pero el Ciadi ha determinado que no infringe la ley.

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