Análisis:EL ÚLTIMO RECURSO

El Supremo no lo ve claro

Anulada la absolución de tres 'mossos' que golpearon a un detenido

Pitágoras decía que sobre todas las cosas pueden hacerse dos afirmaciones totalmente contrarias, y parece que tenía razón. Una de las anécdotas más celebradas en ese sentido contaba la historia de un tipo que había acudido con su esposa a una reunión de antiguos alumnos. En un rincón se encontraba una mujer completamente ebria.

-¿La conoces? -preguntó la esposa.

-Es mi ex novia. Me contaron que se dio a la bebida cuando nos separamos y que nunca volvió a estar sobria.

-¡Cielos! ¡Quién diría que alguien pueda celebrar algo durante tanto tiempo!

Algo parecido ocurre c...

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Pitágoras decía que sobre todas las cosas pueden hacerse dos afirmaciones totalmente contrarias, y parece que tenía razón. Una de las anécdotas más celebradas en ese sentido contaba la historia de un tipo que había acudido con su esposa a una reunión de antiguos alumnos. En un rincón se encontraba una mujer completamente ebria.

-¿La conoces? -preguntó la esposa.

-Es mi ex novia. Me contaron que se dio a la bebida cuando nos separamos y que nunca volvió a estar sobria.

-¡Cielos! ¡Quién diría que alguien pueda celebrar algo durante tanto tiempo!

Algo parecido ocurre con el vídeo en el que tres mossos d'esquadra propinan golpes y patadas a un detenido en la comisaría de Les Corts, en Barcelona, sin que este haga nada por defenderse. El arrestado acabó con lesiones en la cara y el tórax que tardaron en curar 15 días, pero antes, muerto de miedo, se hizo sus necesidades encima. Unos ven torturas y otros legítima defensa.

El caso es que en 2007, debido a varias denuncias de brutalidad policial, el departamento de Interior de la Generalitat catalana instaló cámaras en determinadas dependencias policiales, como el cuarto de registro y cacheo de la comisaría de Les Corts, sin el conocimiento de los agentes. El resultado fue que las cámaras registraron varias agresiones a detenidos; esta, ocurrida el 31 de marzo de 2007, fue la primera que llegó a los tribunales. Los agentes fueron acusados de torturas, delito contra la integridad moral y falsedad documental. Les pedían cinco años y nueve meses de prisión.

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Sin embargo, la Audiencia de Barcelona les absolvió de las torturas y los otros delitos y les condenó a una multa de 600 euros por una falta de lesiones. El tribunal consideró que no hubo malos tratos sino "técnicas de reducción que comportaron algunos golpes propinados con los pies y que cesaron de inmediato una vez estuvo [el detenido] reducido en el suelo".

La sentencia llegaba a decir que si únicamente se hubiera tenido en cuenta el vídeo, "cualquier hombre medio, sin duda habría ejercitado su voto de culpabilidad ante lo que, a priori, pudiera tratarse de una brutal paliza policial". Pero para la Audiencia había otras pruebas a valorar que demostraban que hubo legítima defensa por parte de los agentes, aunque en el vídeo no se aprecia que el detenido intentase agredir a ninguno de los mossos.

El fiscal y la Asociación de Cristianos para la Abolición de la Tortura recurrieron la decisión, alegando error de hecho en la valoración de la prueba a la vista de que el vídeo es lo suficientemente elocuente como para fundamentar una condena.

Ahora el Supremo parece seguir los consejos del famoso jugador de béisbol Yogui Berra, que decía: "Uno puede observar muchas cosas con solo mirar". En una sentencia de la que ha sido ponente el magistrado Andrés Martínez Arrieta ha estimado el recurso y ha anulado la decisión de la Audiencia de Barcelona porque no lo ve claro.

El tribunal catalán infería que algo tuvo que hacer el detenido para que todos los agentes se le echaran encima a la vez. Es decir, la legítima defensa se articula sobre la base de una agresión ilegítima del detenido que no ha sido probada ni se aprecia en el vídeo, y que los magistrados incluyeron en los fundamentos jurídicos de la sentencia como una deducción lógica. Y el Supremo afirma que esa circunstancia supone una arbitrariedad, que obliga a anular la sentencia.

El alto tribunal considera además que la explicación de lo ocurrido que hace la Audiencia "contradice la lógica de la realidad documentada", en referencia al vídeo que documenta las lesiones sufridas por el detenido. Una realidad que la propia sentencia de Barcelona ya ponía de manifiesto al expresar que "del visionado del vídeo la agresión por los funcionarios policiales parece evidente".

El Supremo, por tanto, obliga a la Audiencia de Barcelona a redactar una nueva sentencia que ofrezca una "convicción racional sobre lo [que declare] probado".

Habrá que esperar a conocer esos nuevos argumentos. Porque, aunque todo el mundo sabe que los mosquitos mueren entre aplausos, a ver si al final se descubre que los molinos no son en realidad molinos, sino gigantes, tal y como los veía Don Quijote.

Fotograma del vídeo grabado en la comisaría de Les Corts.

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