La Audiencia Nacional avala a AENA frente a los controladores

La sentencia considera "dramática la situación existente"

"No había otro remedio que la intervención del legislador" para cambiar las condiciones de trabajo de los controladores aéreos dada la "dramática situación existente" porque el convenio colectivo firmado en 1999 dio lugar a "un estado de excepción permanente". La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional avala así la actuación del Gobierno contra los controladores aéreos de AENA en una dura sentencia de 60 páginas, en la que desestima la demanda de conflicto colectivo y rechaza presentar cuestión de inconstitucionalidad sobre el decreto ley (luego tramitado como ley) que modificó las condicio...

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"No había otro remedio que la intervención del legislador" para cambiar las condiciones de trabajo de los controladores aéreos dada la "dramática situación existente" porque el convenio colectivo firmado en 1999 dio lugar a "un estado de excepción permanente". La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional avala así la actuación del Gobierno contra los controladores aéreos de AENA en una dura sentencia de 60 páginas, en la que desestima la demanda de conflicto colectivo y rechaza presentar cuestión de inconstitucionalidad sobre el decreto ley (luego tramitado como ley) que modificó las condiciones laborales.

La sentencia, de la que ha sido ponente Ricardo Bodas, afirma que la negociación colectiva (incluida en el derecho fundamental a la libertad sindical) ha demostrado un "fracaso evidente" ya que debe "contribuir necesariamente a la competitividad" de las empresas y en el caso de AENA ha provocado que sea uno de los proveedores de servicio de control "más ineficientes".

En todo caso, la sentencia aduce que la jurisprudencia avala que "la Administración no está vinculada a los convenios suscritos que contradigan la ley", aunque aquellos sean anteriores.

Restringir derechos

El texto reconoce que se han restringido "derechos reconocidos" a los controladores, pero la intervención del legislador fue "proporcionada" puesto que el "sacrificio" impuesto ha sido el mínimo para garantizar la seguridad y continuidad del servicio. Esos principios estaban en cuestión por el "convenio atípico" de 1999.

La sentencia aduce que al fijar una jornada de trabajo "insuficiente" (1.200 horas anuales) la negociación colectiva se realizó "en fraude de ley" ya que al tiempo se negociaron prolongaciones de jornada de centenares de horas extraordinarias por controlador que vulneraron el Estatuto de los Trabajadores (que las limita a 80 anuales).

También considera nulas de pleno derecho las retribuciones vinculadas, ya que no pasaron por la Comisión Interministerial de Retribuciones.

Sobre la eventual inconstitucionalidad de la ley, la sentencia apenas argumenta pero sí sobre la falta de legitimación del sindicato USCA para pedir que se eleve la cuestión sobre el decreto ley porque no se pidió en la ampliación de la demanda, algo que los representantes de los controladores niegan, y que será una de las bases para el recurso que estudian interponer ante el Tribunal Supremo.

Controladores aéreos en la torre de control del aeropuerto de Barajas (Madrid).MANUEL ESCALERA

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